41 4" ■'fc. 4" '$» 4* 4* "í" 4" 4' -J* 4* 4" -i" AÍ» A.' «í* *• BANDO. T jLíos Sres. del Excmo. Cabildo , Jus^icia y Regimiento de esta. Capital D.Juan JosédeLezica y. D. Martin Gregorio Yaniz, Al- caldes Ordinarios de i? y 2? Voto, Regidores D. Manuel Ma«- siila Alguacil Mayor , D> Mamiel José de Ocampo , D. Juan de Llano j D. Jayme Nadal y Guarda , D. Andrés Domínguez , eí Dr. D. Tomás Manuel de Anchorena, D, Santiago Gutierre^;, y el Síndico Procurador General Dr. D. Julián de Leyva, Por quanto en Acta celebrada hoy día 25 de Mayo por eí Excmo. Cabildo se ha determimado lo siguiente .'=Ea la Muy No- ble y Muy Leal Ciudad de la Santísima Trinidad Puerro de San- ta María de Buenos Ayres 25 de Mayo de 18 1 o. = Los Seño- res del Escm^o. Cabildo , Justicia y Regimiento , á saber : D. Juasi José de Lezica y D. Murcin Gregorio Yaniz , Alcaldes Ordina- rios de I? y 2? Voto, Regidor D. Manuel MansiUa Alguacil Mayor , D.Manuel José de Ocampo , D. Juan de Llano ,0. Jay- me Nadal y Guarda, D. Andrés Domínguez , Dr. D. Ternas Manuel de Anchorena , D. Santiago Gutiérrez , y el Dr. D. Ju- lián de Ley va Síndico Procurador General , se enteraron de uaa representación que han hecho á este Excmo. Cabildo un consi- derable número de vecinos, los Comandantes y varios Oilciales de los Cuerpos voluntarios de esta Capital, por sí y á nombre del Pueblo, en que indicando haber llegado á encender que la voluntad de éste resiste la Junta y Vocales que este Excmo, Ayuntamiento se sirvió erigir y publicar á conseqiiencia de las facultades que se le confirieron en el Gábildo abierto de 22 del corriente; y porque puede habiendo reasumido la autoridad y facultades que confió, y mediante -la renuncia que ha hecho , eí Sr. Presidente nombrado y demás Vocales, revocar y dar por de ningún valor la Junta erigida y anunciada en el Bando de ayer 24 del corriente la reToca y anula , y quiere que este Excmo. Cabildo proceda á hacer nueva elección de los Vocales que bayaa de constituir la Jauta de Gobieruo , y han de sei ATIVA TA DO. rtídumbre clones ge- ha podido á que nos iza, y ase- 1^0 activo, os medios i)servancia sosten de 1 nuestro sucesores os? Esos )0sad en 1) que en ! y éntre- la tierna nuestra Irnos ter- ■ dlalidad, i la con- nodo es- f\ Porta- ré" Saave- Miguel de an Lar- MorenOy T CON SUPERIOR PERMISO í y se fixaron los exempiares iju^ ppngo por diligencia y de ello doy íé.—Basavilbaso. CON SUPERIOR PERMISO: Buenos- Ayr es ^ mía Real Imprenta de Niños Ex^ésifés. los S.MÍorei D. Cornelio de Saavedra , Piesiaeiite de dicha Junta y Comandante general de armas, el Dr. Ü. Juan José Castelli, el Dr. D. Manuel Belgrano , D. Miguel Azcuenaga, Dr. D. Ma- nuel Alverti, D. Domingo Mateu, y D. Juan Larrea , y Secre- tarios de ella los Doctores D. Juan José Passo , y D. Manani» Moreno ; cuya elección se deberá manifestar al Pueblo por me- dio de otro Bando público : entendiéndose ella baxo^ la espresa y precisa condición de que instalada la Junta se ha de publicar en el término de 15 dias una expedición de ^«o hombres para auxiliar las provincias interiores del Reyno, la qual haya de. marchar á la mayor brevedad ; costeándose esta con los sueldos del Excmo. Sr, D. Baltasar Hidalgo de Cisneros , Tribunales de la Real Audiencia Pretorial y de Cuentas, de la Renta de Tabacos, con lo demás que la Junta tenga por conveniente cer- cenar : en inteligencia, que los individuos rentados no han de que- dar absolutamente incongruos : porque esta es la manifiesta vo- luntad del pueblo. Y los SS. habiendo salido al Balcón de estas ^ Casas Capitulares , y oido que el Pueblo ratificó por aclamación Q el contexto de dicho pedimento ó representación , después de ^ haberse leido por mí en altas é inteligibles, voces, acordaron, que \^ debian mandar , y mandaban se erigiese una nueva Junta de go- bierne compuesta de los SS. expresados en la repr¿senracion de que se ha hecho referencia , y en los mismos términos , que de ella aparece mientras se erige la Junta general del Vireynato. Lo IL que los SS. que forman la precedente corporación comparezcaa sin pérdida de momentos en esta Sala Capitular á prestar el ju- Kamento de usar bien y fielmente sus cargos , conservar la inte- gridad de esta parte de los dominios de América á nuestro Ama- do Sdberano el Sr. D. Fernando VIL , y sus legítimos sucesores, y observar puntualmente las LL del Reyno. Lo III; que luego que los referidos SS. presten el juramento , sean reconocidos por áepositai^ios ^de la Autoridad Superior del Vireynato por todas ks corporaciones de esta Capital y su vecindario, respetando y obedeciendo todas sus disposiciones hasta la congregación de la Junta General del Vireynato baxo las penas que imponen las - LL. á los contraventores. Lo IV: que la Junta ha de nombrar quien deba ocupar qualquiera vacante por renuncia , muerte, aw- sencia, enfermedad , ó reraocioB. Lo V : que aunque se halla pie- nisin^mente satisfecho de la honrosa conducta y buen procedi- miento de los SS. n^en^ionados , sin embargo para satisfacción del Pueblo se reserva también estar muy á la mira de sus operaciones, V caso no esperado que falcasen á sus deberes , proceder á la de - ¿osicioa con causa bastante y justificada , reasumiendo el Excmo Cabildo para este solo caso la Autoridad que le ha conferido el Pueblo Lo VI : que la nueva Junta ha de celar sobre el orden, la tranquilidad pública, y seguridad individual de todos los veci- nos , haciéndosele como desde luego se le hace responsable de la contrario. Lo Vil : que los referidos SS. que componen la Junta Provisoria queden excluidos de exsrcer el poder judiciano el Qual se refundirá en la Real Audiencia , á quien se pasaran todas las causas contenciosas que no sean de Gobierno. Lo Vill : que esta misma Junta ha de publicar todos Wdias primeros del me^, un estado en que se dé razón de la administración de Keal Ha- cienda. Lo IX : que Ho pueda imponer contribuciones ni gravá- menes al Pueblo o á sus vecinos, sin previa consulta y coniorm^^ dad de este Excmo. Cabildo- Lo X. que los referidos SS. despa- chen sin pérdida de tiempo ordenes circulares a los Xetes de lo interior , y demás á quienes corresponde, encargándoles muy es- trechamente y baxo de responsabilidad , hagan que los respecti^ vos Cabildos de cada uno convoquen por medio de esquelas ia parte principal y mas sana del vecindario , para que formado uu. congreso de solos los que en aquella forma hubiesen sido llama» dos elijan sus lepresentantes, y estos hayan de reunirse a la ma^ yor brevedad en esta, Capital; para establecer la forma de go- bierno que se considere mas conveniente. Lo XI. que elegido asi. el representante de cada Qiud^d ó Villa tantP los electores co- mo los Individuos Capitulares le otorguen poder en^publica íor- ma que deberá manifestar quando conqurran a esta Capital , a íiii de que se verifique su constancia jurando en dicho poder no reconocer otro Soberano que al Sr. Don Fernando VIL y sus legítimos sucesores según el ord'en establecido por las 1-eyes,, y estar subordinado al Gobierno que legítimamente les re- presente. Cuyos capítulos mandan se guarden y cumplan precisa y puntualmente , reservando á la prudencia y dis- creción de la misma Junta el que tome las medidas mas- adequadas, para que tenga, debido efecto , 1© determina-^ ATIVA TA DO. rtidumbre clones ge- ha podido á que nos iza, y a«;e- {^o activo, os medios )servancia sosten de i nuestro sucesores os? Esos )0sad en b que en j y entre- (la tierna nuestra 'mos ter- ■ dialidad, i la con- nodo es- al Forta- \de Same- digiiel de ' Moreno^ CON SUPERIOR PERMISO.- y se fixaron los exempiares <^ut v.*,- ^. _ ^ ppngo por diligencia y de ello doy íé.—Basavilhaso, CON SUPERIOR PERMISO: Buenos- Ayr es-, m la Real Imprenta de Niños JSxfesirés, 1 /l*^ ¿Z%^ ? *^'f do en el artículo X , como también el que designe ei tratamiento , honores y distinciones del cuerpo y sus indivi- duos; y que para que llegue á noticia de todos se publique esta Acta por Bando inmediatamente , fixándose en los lugares acostumbrados, y lo firmaron de que doy fe Juan José Lezica.= Martin Gregorio Yaniz.=Manuel MansilIa.=Manuel José Ocam- po.= Juan de Llano.= Jayme Nadal y Guarda.= Andrés Do- m¡nguez.=Dr. Tomás Mauuel Anchorena.=Santiago Gutierrez.= Dr. Julián de Ley va.=:Licenciado D. Justo José Nuñez, Escri- bano Público y de Cabildo.=Por tanto y para que llegue á noti- cia de todos se publica por medio de este Bando, en virtud de lo determinado en la referida Acta, ordenando también se pongar;i luminarias en la noche de este dia. Buenos-Ayres y Mayo 25 de i8io.= Juan José Lezica.= Martin Yaniz.= Manuel Mansi- lla.=Manuel José de Ocampo.= Juan de Llano.= Jayme Nadal y Guarda.= Andrés Dominguez.= Dr. Tomas Manuel Anchore- na, = Santiago Gutierrez.= Dr. Julián de LeyYa.=:D. Juan José de Rocha , Escribano Publico y del Real Proto Medicato. ■VI s <1 ,' CON SUPERIOR PERMISO: BUENOS-AYRES; En la Reoi Imprenta de Minos Exjpósítgs. *