EL CIUDADANO. ^'-^-^-^ N. l.— BUENOS AYRES FEBRERO 23 DE 1826. La imprudsnce etl'erreur De la chute tíci Rois funeste p¡ecurseuf . . La impvudencia y error De la caída del trono Funesto precursor. Cuando ios pueblos que hoy d¡a constituyen la onion y en particular Buenos Aires gozaban de una tranqui- lidad dichosa, como fruto de su experiencia, parece que "k fatalidad está empeñada en burlar aquellas esperanzas que un sistema de moderación y justicia había iñfandído en nuestra sociedad naciente. Cuestioives del mayor interés se suscitan como de intento para agitar todos los ánimos; las pasiones mas enconosas se hacen poner en movimiento ; se atacan instituciones respetables á que estaba fielmente consignada nuestra seguridad interior; y o como si en el tiempo de guerra, todo hubiese de ser com- bates, nías se disputa en la ciudad que se pelea en el campo. A donde nos debe conducir la insensatez de no conocer los momentos, y de edificar destruyendo ? < Quién podrá decir loque será «na obra levantada sin plan, y entregada á la arbitrariedad y al capricho ? Los editores del presente papel se proponen conjurar los justos temores, que produce en los amantes del bien público el estado actual de ías cosas; se comprometen á entrar en todas las graves cuestiones, que encierra el pen- C 2 ] Sarniento de dar una capital al Estado, y de reducir á ía nada la benemérita Provincia, que hasta hoy dia ha sido conocida con el nombre de Buenos Aires. Eiíos piensan dar su opinión, con la buena fé que es debida al grande interés del Eátado en puntos de esta naturaleza; y al mismo tiempo que reciban con una tolerancia suma el modo de pensar ag-eno, nada omitirán que conduzca para explicarse con firmeza; persuadidos como se encuentran, que la Patria común exige que se proclame la verdad, y se le salve de su ruina. Hay instantes en la historia de las naciones, que deberian ser siglos. En ellos se vá á pronunciar sobre la suerte de infinitas generaciones, y acaso aun de la especie humana. El tiempo apura; la irreflexión lo hace aun mas orto; el momento va á dejar de existir; y la resolución está tomada sin remedio. Quien pudiera prolongarlos hasta hacer que correspondiesen á todas aquellas dimen- siones que demanda un juicioso discernimiento, j Eh aquí pues el estado en que nos hallamos. Se habia creído generalmente, y en nuestro juicio con acierto, que los cuidados de la guerra con el Emperador del Brasil eran bastantes para dar un amplio ejercicio á las facultades de los hombres que dirigen nuestra adminis- tración; pero vemos por experiencia, que su extensión se ha dirigido con un mayor grado de industria acia las for- mas sobre que estribaba el Estado al principio de su poder: Eil;)s se ponen desde luego á reconocer los cimientos; y por el examen de un dia se pronuncian precipitadamente í,obre que es preciso destruirlos. Ya se oye el eco de un golpe tremendo que dice. [ 3 ] PROYECTO DE LEY. Art. P, La Ciudad de Buenos Aires es la Capital del Estado. Ar^ 2'. La Capital con todo el territorio compren^ dido entre el puerto de las Conchas y el de la Ensenada, y entre el Rio de la Plata y el de las Conchas hasta el puente llamado de Márquez, y desde éste, tirando la línea paralela al Rio de la Plata, hasta dar con el de Santiago, queda bajo la inmediata y exclusiva dirección de h Legis- latura Nacional y del Presidente de la República. Art. 3", Todos los establecimientos de la Capital serán nacionales. Art. 4^ Lo son igualmente todas las acciones, no menos que todos los deberes y empeños contraidos por la Provincia de Buenos Aires. Art, 5". En el resto del territorio perteneciente á la Provincia de Buenos Aires, se organizará por ley especial una provincia. Art 6'. ¿ío dicho territorio queda también bajo la direcion de las autoridades nacionales. =Aguero. Tal es el proyecto que el nuevo Gobierno Nacional ha pasado al Congreso. Se nos asegura que la comisión de este cuerpo, á quien fué transmitido, no ha dado ningún dictamen por escrito, no obstante haberse conformado con él; como si la lápjda que debe encerrar las cenizas de Ja provincia hubiese de quedar en blanco Mas este golpe extraordinario ha sido preparado por Qtro de ün.i g a.i trascendencia, que merece no menos [ 4 3 que él un distinguido examen; a saber, el despojo de la auloridad militar, que se irrogó al Gobernador y Ca- pitán General de la provincia^ quebrantando todas las atenciones y formas; y en el instante mismo de la insta- lación del Ministerio Nacional. Este asunto ha ido en reclamación á la Honorable Sala de Representantes de la Provincia^ y ella tiene ante sí para expedirse el dicta- men de dos comisiones de su seno, que aconsejan el siguiente — PROYECTO DE DECRETO. Presentado por las comisiones de asuntos consti- tucionales y de milicia. ''Se declara, que la ley de 2 de Enero del corriente año^ en que se autorizó al Gobierno de la provincia ^, para poner en ejecución las que había dictado y dictase el Congreso General Constituyente, con el objeto de ^.proveer á la defensa y seguridad del territorio de la „ nación, es exclusivamente relativa á la guerra contra „ el emperador del Brasil ; cuya ejecución fué, y es la voluntad déla Provincia se haga con sujeción á las „ leyes generales que han regido al ejército ; sin derogar, „ ni inferir la menor innovación a la ley fundamental de „ 13 de Noviembre de 1824, bajo cuya única base entró „ y quiere permanecer la Provincia en la asociación ; y „ con cuya única instrucción remitió sus diputados al „ Congreso.''r=Firmado.=Gre/¿í. = Velez.= Palacios.^ Ala gon.=Plco . = Viamont. —Escalada.^ García— Tobal. Después de estos dos documentos primordiales los edi- tores se hallan provistos de todos cuantos tienen referencia C 5 ] 4 la materia, y que deben ponerla en su verdadero pnnto de vista. Ellos ofrecen publicarlos sucesivamente en su lugar, y sin tomar ningún descanso hasta que esta gran cuestión se termine. Aun después de su conclusión^ con- tinuarán abogando por la razon^ según es que se les pre- senta^ y se harán siempre una honra singular de haber celosamente defendido la dignidad de su Provincia y sus iiaas caras instituciones^ sea cual fuese el éxito que pre- pare á esta gloriosa lucha la ambición y el abuso de autoridad. Entretanto, no tienen reparo alguno en anunciar, que la medida que tiende á erigir la Provincia de Buenos Aires en capital de todo el Estado, les parece injusta, mal concebida é impolítica. En el otro extremo del proyecto piensan, que la demostración que se hace de la misma Provincia y su extinción, es subversiva de la unión des- tructora del pacto nacional, y la mas contraria á las ga- rantías sociales que nos ligan. Hasta ahora solo se han explicado en el asunto ei periódico que se titula Nacional, y que es bien conocido; el Mensajero en que escribe una pluma muy ligada á la administración; y un observador, que puede muy bien suponerse, que no es otra cosa, que un eco de los que mueven los primeros. Es verdad que se ha invitado en general á discutir por medio de la prensa los altos y gra. ves intereses, que se hallan comprendidos en la disputa; pero como el Nacional que hizo esta invitación, se pro- nunció (como era de pronosticar) en favor del proyecto de capitalización, y supresión de la provincia, era imper- íinenle, que los otros opinadores, en pro también del C 6 3 mismo punto, hubiesen salido á la palestra. Lo que im- portaba era visiblemente quien sostubiese el lado opuesto, pues solo de este modo es que puede haber discusión; y esto es precisamente lo que hacemos. Aunque hasta hoy escribimos en contra del modo de pensar de dichos tres escritores, tenemos el consuelo primero, que acaso ellos pueden reducirse á uno solo; y en fin que la defensa que vamos á emprender de nuestra respetable provincia y sus sabias instituciones, tienen en su apoyo la opinión uni- forme de todos los habitantes de este suelo. Como la discusión de este importantísimo asunto esta abierta en el Congreso, como en la Leg-is'atura de la provincia, nuestros números se sucederím unos á otros sin mas demora que la absolutamente precisa para el tra- bajo de la imprenta. Consideramos como un punto pre- liminar la resolución del reclamo hecho por el señor Go- bernador respecto del mando militar en su distrito, y en efecto ésta dificultad puede transarse sin los prolongados debates que la desmembración de Buenos Ayres debe producir en el Congreso. Mirando pues con preferen- cia acia este punto, lo seguiremos en todos sus aspec- tos. Es inmenso el interés que envuelve. La Legis-» latura de la provincia debe en este momento deliberar sobre él. Hoy podría fijarse en la Sala aquella inscrip- ción admirable que un patriota ingles puso como señal de acc'on.— La Provincia de Buenos Ayres espera QUE todo hombre HARA SU DEBER. IMPRENTA DEL ESTADO. EL CIUDABANO. N. 2 BUENOS AYRES FEBRERO 28 DE 1826. L' imprudcnce ot 1' errc;ur De la chute des Rois funeste precurseur. La ¡fnprudenciá y error De la caida di'I trono Funesto precursor. Publicamos la si^ruiente declaración de la provincia de Cárdoba sobre la forma de gobierno, que ninguno dé nues- tros periódicos lia dado hasta ahora á luz, no obstante que el Nacional publicó aisladaiiiente el decreto de la Honorable Sala de aquella provincia,' ciasiíicándolo confusamente áe ori- ginal^ estoes, sin atreverse á designar si la originalidad consistia en decidir por la constitución federal, ó en negarse á reco- nocer una capital del Estado en una manera permanente, y tal cual hoy desgraciadamente se propone, y quiere /orzaren Buenos Ayres. La atención que debe prestarse á una pro- vincia tan respetable como la de Córdoba; los principios lu- minosos qiie su declaración contiene; y en fin el peso que tendrá en la resolución que ocupa al Congreso Consíitu? yente, ademas que fija ya el voto de los diputados dé Cór- doba, nos determina á presentar este documento importante en toda su extensión. Cuando los hombres constituidos en situaciones delicadas tienen semejante auxilio, para reglar sus opiniones, y dar cumplimiento á sus deberes, no pueden dejarse perder en el sendero del error, jsíno por una apostacia manifiesta de sus mas sagrados deberes y una proterva obsti- nación que provoca y reclama su resistencia de los pueblos. DECLARACION DE LA. PROVINCIA DE CORDOBA SOBRE j , LA FORMA DE GOBIERNO DECRETADA PO a EL CON G RESO NACIONAL. SALA DE SESIONES CORDOBA ENERO 14 DE 182G. Ojicio del Prealdente, al Gobierno. Exorno. Spííor. — -La H. Sala de Representantes de eofa Provincia «n sesión de esta fecha ha cumplido con la orden d**! Soberano Con- greso Nacional del 21 de Juuio último, proDuocíiadose por Xa forma í 8 3 de Gobierno, que cree convenir mejor á la República Argentina en nuestras circunstancias, sino la que ha creído de su deber, poniéndose de acuerdo con la voluntad general de sus comitentes. Los Representantes de la Provincia lian tenido cuatro diferentes sesiones, en las que después de haber oido una comisior» destinada abrir dictamen sobre este particular, han discutido, reflexionado, y me- ditado este delicado asunto con el mayor pulso. Se han poseído bien de la facultad, que conceden algunos publi- cistas á los Represéntenles del pueblo, de separarse á la vez de la vo- luntad general, y seguir su razón, sus conocimientos, y sus luces; pero tan distantes se han hallado de hacer uso de esta facultad, que por el contrario, tiene el presidente el placer de anunciar al Exmo. S. P. E. dé la Provincia haher visto á alguno de los señores Rf presentantes que ha hecho el heroico sacrificio de conformarse con la voluntad general, des- prendiéndose de su dictamen particular. El mismo Congreso habia dirimido las dudas que poilian suscitafsie CQ el ánimo de sus Repres^^ntantes á este respecto, cuando exige que los puí^blos por medio de sus Representantes digan cual es la forma de gobierno, que mas les acomoda, ó que crean que los aproxima mas á la felicidad, porque anhelan después de 16 años de continuos trabajos, y sacrificios. Partiendo pues de estos principios es, que la H. Sala se ha confor- mado con el informe y proyecto de la mayoría de la comisión, qué ha dictaminado en favor del gobierno federal, no habiendo habido para su sanción mas disconformidad que la de un solo sufragio. Los señores Representantes de esta provincia, no han podido des- conocer las ventajas de este sistema, como lo ha presentado la comi- sión, ni la consonancia de él con otros acuerdos que á este respecto tiene ya hechos la provincia entre otros, ninguno es mas remarcable, que a acta celebrada por la asamblea general de esta provincia en 18 de Marzo de 1820. Ella dá la idea mas ajustada, de que el pronunria- miento hecho por la H. Sala en esta vez, es la uniforme voliilitad de Ja provincia siempre expresada de un modo inequívoco. Desea pues el presidente de esta Honorable corporación, en cuaclo está de su parte, hacer aparecer ante las provincias de la unión la jus- ticia de tal pronunciamiento por esta forma de gobierno; á cuyo efecto ruega á V. E. se imprima el informe y proyecto concebido en cuatro artículos sancionados por ella, que pone en manos de V. E. de'biendo unirse á esto Ja ya referida acta ^le 18 de Marzo de 1820. El presidente al cumplir con este deber ofrece al Exmo. Gober- nador dt- la Provincia su mas distinguida consideración. — Exmo. Señor. — Jua7í Pablo Bulnes^ presidente — José Roque Savid^ vocal secretario.- — ExDio. S. P. E. de ia Froviucif!» .; . . ; , Informe de ¡a Comhwn sobre la forma de Gobierno. Honorable Sala.- — La comisión especial, tomaudo en consídei'tfcíéa la ley del CoDgreíM) Nacional de 21 de Junio del año 26 relativa á que ks provincia* se propuneieD sobre la forma de gobierno, que creaq mas conveniente al ínteres nacional, para arreglar de este modo la? bases, sobre que debe formarse la constitución general,, observa que para que los Representantes de, utt puefelo puedan expedirse en asun^of de esta naturaleza, es preciso que no sean mas, que el órgano de sus representados; de manera que el sentinjiento de sus mandatarios, no el propio, sea el que se transmita, para adquirir esa fuerza de la op.oioq pública. Las tustitocro4íes de un pueblo ¡solo ser^n estables, cuando se anivelen al sentimiento general. Es:eiíllQnces qup no puede haber revoluciones propiamente dichas, sino movitnientos,j trastornos momen- táneos, retomando al fin su nivel y quicio natural- Y como la volun- tad de la opinión nacional, ya expresada, se ha pronunciado del modo mas decidido y solemne por el gobierno republicano representativo, no podemos sujetar á cuestión este senlimiento universal de erigirse eu República. Asi es que nuestras observaciones solo deben ensayarse áobre el sistema republicano federal en contrapqsicion del republicano central ó consolidado. La comisión cree preliminar traer á consideración las ventajas e inconvenientes de nno y otro sistema, designando al gobierno federad^ por la unión i^ alianza pólitica de a> ganos pueblos, ó estados que conce- den parte de su soberanía á m Gobierno Generalr reservando en sí lo demás de ella o mas claro : la uiúon y alianza política de algunos pueblos que depositan en un gobierno todos los obj. tos, que tengan tendencia con el ínteres comunal á todos reservándose el derecho de su economía y arreglo interior. El consolidado ó central es en el que se pone el iodo de la soberanía de un gobiero. m para lo exterior del territorio^ como para lo interior de las provincias. De estas dqs clases de sistema, solo han ensayado las provincias del consolidado ó de unidad. La dis- crepancia de acción á consecuencia de ser cada una provincia arbitra y soberana, para disponer en las vías generales, lo que creía conve- niente, jio formando en consecuencia nación, ni habiendo dependencia, y sujeción á un gobierno central, no ha dejado h;íOer el ensayo de ia federación.. La reacción que naturalmente produjo la acción tirante del primero, aflojó demasiado ios víncqlos del segundo; y pueblos acéfalos, no federados, fu el resultado de esta reacciou. El objeto de toda asociación es, proporcionará sqs miembros el mayor gra io de felicidad; y á esta debe tender el e.stí.b!ecimiéntp del Gobierno; las medidas á este respecto deben ser continuadas y diarias; á esta concide- racioo todo es subalterno. Ellas producen inmediatamente las ventajas, ó retrazos de los países; y por lo mismo son el punto, en que debe fijarse la atención de los que tratan de dar institupianes. L ismedidas de defensas, conquistas, ejéicitos, escuadras, alianzas &c. &o, son secun- darías, p^es que son de infrecuente qcurrencia, y no hay que sacrificar ventajas de instantaueo usp á. objetos que so'arevieueii á|largoó intervalos. El sistema pues, que mejor consulte la felicidad diarla, y pro-^peridad C 10 -] interior, ni mismo tlpmpo que la sf-guridad territorial, y el crédito, y respctaMIidad (i. la nación, sin arriesgar ni ui, o, ni utru, btrá e) que más llí-iie el «'f)tableciui¡(-iito del cobií-rim. tííj i| . ' , . " . - ■ J^a priiut^ra veDtajj,', qnp dice gnza el si-tenia d.e iiulidüd e« la fuerza, celer/íl ja, i^ vitalMad (le mcioh; \a cmu--'\pii cree de|)er.>e üj^v en . sle punto, como en el foco do todas las coiibideracioiif s de este sibtVma. ElU no advierte, porque causa corresponda e>,ta atribu- ción con preferencia al gobierno coiijiolidado. t> forzi.so suponer qué t'into este, como el federado obraron de conforinidad con Ins leyes, y en viríud de ellas; de consiguiente el «jecutivo de uno yotío níida podría, si no fues« iiutonzado por el poder legi>.íatiyo* Y como las atribuciones del le^-it-lativo son igijales en ambos sis- temas, y deben serlo, porcuanto las provincias pariicuhires habrán odido ai todo f.deradü de la plenitud de facultades iMcesciriay a la total, y perfecta administración nacional, no es fácil colegir, conip el ejecutivo del gobierno de unidad tenga mas fuerza, y vitali >iad dp acción, ciñéndüse á la ley (como se supotie) que el ejecutivo federado^ que tendrá las miímas atribuciones, al transmitirle todas las facuUade? necesarias para la completa ejecución de ellas. Es pues claro, que solo el ejecutivo del Gobierno consolidado no hubiese de estar sujetp al Congreso iNatiniial, ni á las leyes, solo en ese caso podrá despieanr mas fuerza, y celerida de acción, que el del federado, q^e soIo^íí rigiese entre los límites de su autoridad, y con perfecta subordinación al Con^reso Constituyente y sus leyes. P4as como no debemos hablaf de ht^cho bino de derecho, es preciso sentar que tqdo ejt^-utivo na iiene titas Juerza y vituiiad de acción, que la que le conceden las leyes. Y, como Jas leyis m uno y otro caso deben concederles á am- bos iguales atribuciones, y facuUudes, la fuerza deberá asi inismo ser paralela. El Presidente de los Estados Unidos no es nu nos soberano de la ejecución de las leyes, que el de Colombia, é Inj^laterra, no obsr tante de ser aquel federado, y estos consolidado y monárqt|ico. Pt»ro- como lodos tres ejecutivos han recibido la plenitud de facultades nacio- nales, todos desplegan constitucionalmente igual soberanía ejecutiva. La íit;¿//¿í/í/f/ pues, b falta (le acción solo debe considerarse en el sistema federativo, cuando el Ejecutivo JNacional fuese confiado á mu- chos, en cuyo caso la diferencia de opiniones debe quitarle la acti- cidad, no obstante que esté büsíaníemente autorizado para los negó- vios nacionales. Ptj'o estos inconvenientes desa[)arecerári cuando la eje- cución esté confiada á un individuo, porque entonces so resolución soja es la que ííja la marcha de las operaciones ejetutivas, -De todos modos, si hornos de exponer lá sepiridad personal,' la de lub propiedades, ^ libertades de los pueblos á la voluntad de un afortunado guerrero, ó minorar untante \ü fuerza del gobierno, y eso para los casos de gueira que no es él estado natural de los países, parece que niogur^ verdadero an)ante de la libertad puede dudar por un iustanlé, cual de las dos alteruutiva^ merece la prefcreuGia. C H 3 En uno y otro sistema, es preciso suponer ma fuerza coactiva^ que obligue á cumplir las disposiciones generales, j coiiteníía las provincias en la línea de sus deberes constitucionales. Nos detendremos breve- niente sobre esta medida necesaria. En uu Gobierno federado es líias fácil la observancia de las rpso= luciones del Gobierno General, porque conio en cada Estado se ha de suponer un interés directo en el cumplimiento de las leyes constitucio- nales, por cuanto «?s una de las garantías que deben ofrecpr los Gobiernos particulares, lo hay asi mismo, en que acceda á ellas el pueblo refractario. Por otra parte; como la fuerza eoactívq debe ser bastante, para compeler algunas de las partas componentes (mas no tpdas colectivas,) eil encargado del Ejecutivo Nacional podrá desplegar aquella con oportu^ mdad, para reducir á su deber al pueblo disidente, sin quedar en apti- tud 4e doniinar la masa general. Mas sí el ejecutivo de uua República consolidada contase con una fuerza prepotente, ¿ no hay el mayor peÜ;. gro de usurpas¡ones,-y despotismos, cuando á mas se supone en este caso, que Iqs gobefoadores de las respectivas proyinpias siendo nombradoís por él estarán siempie rendidos á su influjo? ¿No puede anumerarse entre las mayores ventajas del gobierno federal el que las milicias res- pectívas de cada estado, ó provincia, opongan un dique á la usurpación, j de poiismo ? Nosotros osamos asegurar que es moralmente imposible, que el Ejecutivo Nacional por medio, de esa (nena preponente respecto de cada provincia distributiva, pero no de todas colectivamente conside- pada usurpe Ips derecboSj y libertades de los pueblos; y que esa seguridad no hay sjstema que la concille mejor, que el federativo. Cuando en el otio caso, á saber, en el gobierno central, á mas de U fuerza coactiva^ que • el congreso pondría á su disposición, pontabacon gefes en todas las pro- vincias, y con fjjerzas mas p rpetios, enteramente sujetas á su voluntad. ¿ Cual de los dos gobiernos locales sería mas probable, que traicionase la libertad política del pueblo á favor del gefe nacional? ¿El nombra- lio por este sugetoá su voluntad é influencia, ó el oírp elegido libremente por el pueblo de entre ellos mismos? y poseyendo IqS mismos sentimien- tos, é 'uteres que los del pais, que vá á traicipnar ? Todos convienen en que el sistema federativo es el mas á proposito para mejofarlaeconoriiia híterior, y esta ventaja iohace preferible^á los íle- piassistem8«que son imponderables los beneficios, que á pesar de no h^ber estado nacipnalizados, y de haber permanecido sin uo centro de unión han reportado las provujcias de la contracción á sí mismas. En estas cir- . puaslapcias es, que se ha ensayado en los pueblos el sistenia representa- tivo. Las lucfs se han extendido inmensamente; las prensas se han generalizado á favor de una protección mayor, que antes no se reconocía, - Varias provincias se las han proporcionado en tiempo de su anpmalia; las , fuerzas se han aumentado; las libertades se han afianzado; los sistemas l áf retvtas han hecho en varias provii>cÍ!?s abances considerables. Eu un no hay un ramo, en que no se h^tya ido adelaate. Este espediente di ja libre al Congresoy G^>bierno General, para atender á Iqs graves é impor- tantes negocios nacionales, descargándole del enorme peso de una C 12 ] multitud de detalles, y de la penosa tarea de conciliar intereses, atempe- rar mn.ucio-idades, reconciliar ptqunños choques, que solo contará satisfactoriamente, el que reconoce su origen. Si quif-rc ser activo, se condena a un trabjjo sin término; es indispensable, que obre, y se vé pre- cisado a obrar contra pnqueñis diferencias que iregularizan su marcha por los muchos movimientos, con que debe coiiducirhi á objetos casi imper- ceptibles.: en fin m;»ndaudo hombres, tií-ne que descender á operaciones singulares, en lugar que.eo el si.tema federado solo manda provincias ó estados ^ Los celos, é intereses locales, es uno de los males, que puede adolecer la ^deracion. Y si biíjo un gobierno consolidado pudiesen precaverse, se habría hecho un grande abanze en pró de este sistema. Pero la espe- rienc.a nos ensena que teniendo el os su origen en la distancia territorial en todos los Gobiernos consolidados, existen siempre esos diversos interesas, eáos celos, y ésas distinciones: y cuando la naturaleza, y cons- titutivo del hombre mue.tra, que siempre han de existir ufas, es un mal tiecesam de toda sociedad y de todo gobierno, que esclu.ivo de sistema tederal. ^ Finalmente el Gobierno federativo tiende á igualar los países y a nivelar todas la» partes componentes. Kl consolidado, ó de unidad al contrario, por engrandecer un solo pueblo, retrayendo á su seno sus efusivas ventaj .s : parece que los i>éres morales, y políticos están subor- dmados a las mismas leyes que los físicos : á saber, la de ser atraídos ios menores por lo, mayores. La experiencia nos ha demostrado, que la tendencia del poder é^, á dilatar y dar espansion á su autoridad atrayendo con la fuerza centrípeta á los demás, como las leyes de la gravitación por la misma ácia la masa central; de manera que por «na consecuencia naturalmente adherida, é inseparable de estos ele- mentos puede considerarse esta cuestión bajo este punto de vista : ; si conviene á la prosperidad general el engrandecimiento singular de nn soio pueblo, alejando de los otros esas fuentes de donde emanan los progresos, ó si es mas f.ivorable á los intereses comutves, mantenerlí^s en el centro de ca'ía uno, dejándole esa vía de mejorar su existencia en raigón de sus respectivas aptitudes ? Parece una ocupación super- flua entrar en el examen de este attículo, porque sieiído su resolucian de una verdad manifiesta por sí misma, no es suceptible de mayor exclarecimiento. Cuando se trata de consolidar y adelantar la pras- peridad de un pais, es prociso economizar «is recursos, y no despre- ciar el menor. Ellos son la sea> ¡la de todas sus ventajas, y cada^ uno contribuye ¿on sus frutos parciaies, á formar el fondo de felicidad general á que se aspira. Si és pues un principio averiguado, que la administración política es un ori-eo fecundo de beneficios, respecta de aquel pueblo, en donde se halla fijado su centro, nadie podrá dudar, que el ínteres de cada provincia las pone en la obligación de recon- centrar en sí mismas lá dirección de sus i>i>goCios domésticos : á mas, ■o es de desear que toda la fuerza moral de la población sea el C 13 1 instrumento ciego de una sola ciudad. La capital (cualquiera que sea) al Hümarse á centro de toda administración, se llena de hombres de todas partes, rt fugiados á ella por no tener recursos; audaces, des- contentos, é inmorales, y á los que su situación hace por otra parte temerarios, Es pues esencial para la masa general cribar en todas las partes de la nación \xw^ opinión jmta y fuerte^ é independiente Ae. la capital, sin serle opMfsífr, y que de acuerdo con los verdaderos sen- t¡mient añasco Ignacio Bustos.— Dr. Fr. Felipe Serrano,~^Es copia..— José Roque ,Savid. irocal secretario. Con fecha 14 de Enero se sancionó el proyecto de decreto anterior ;por la IL S. Córdoba y Enero 16 de 1826. Cúmplase en todas sus partes el decreto, que precede, pi>sesfe ql Supremo ¡Poder Ejecutivo Nacional delegado, qu- lo eleve al , coiiooi- 'VárMo del Soberano CoiigreSo, é imprimase — Bustos, t w J Ada á que hace referencia el oficio del Presidente de la H. S. de RR. Pespups que el voto general de las provincias de Sud América rompió los vínculos qu- la unían á la corona de España, reasumiendo en SI los derechos de que el autor de la naturaleza dotó ai hombre, solo nos faltaba en el uso de ellos una constituciou liberal, que los gfirantiese de toda invasión extraña é interior; que establecida sobre las bases de igualdad entre provincias, y ciudadanos reposasen tranquilos los ui.os y los otros en el goce de la vida, libertad, y propiedades que hacen la suma de sus derechos; mas por una desgracia de las regulares á nuestro estado convulso, él permaneció sin ella, y expuesto á todo desorden, hasta ia publicación de la que dió el Soberano Conjíreso de la nación en el año anterior al presente. Se esperaba como el iris de paz que enlazando á las provincias con los vínculos de una estrecha igualdad y fraternidad, reuniese todos sus esfuerzos contra los restos de la tiranía española; que haciendo cesar la guerra civil en que estaban empeñadas, asolando inú- tilmeníe nuestros felices suelos, llevasen estragos al enemigo común, y que finalmente estableciendo un orden regular en nuestra piiblica admi- nistración presentase á las naciones que nos observan un estado bien organizado, y una nación digna de su aprecio y respeto; pero nuestros diputados enlazando estos principios con los de las antiguas metrópolis, y confundiendo unos, y otros, no atinaron con el sistema de nuestra ver- dadera Hbertüd, y conveniencia pública. Asi es que no bien fue publi- cada aquella constitución, cuando ya sintió sobre sí el peso del desa- grado general ; los pueblos celozos de sus derechos ; y los ciudadanos ilustrados levantaron el gj/ío, y las armas hasta derribarla á costa de sangre y todo género de sacrificios. La Provincia de Córdoba, sobre quien gravitó mas el peso de esta última guerra civil oía en un filosóíico retiro el clamor do las vecinas, combinaba los suyos con las circunstan- cias, en que se hallaba para no esponerlos á una sofocación, que la envol- viese en su última ruina. Sus votos aunque mudos al parecer fueron uniformes en todos sus habitantes. Ellos penetraron las filas del ejército de Buenos Ayres ó insinuándose con laelornencia del paisanage ai-bene- mérito ciudadano ^ Gefe, coronel mayor D. Juan Bautista Bus^tos, le ins- piraron el arrojo de arrostrar los peligros que contenia la expresión de su digna patria. La firm<'za de esta columna sostubo la declaración de in- dependencia hecha por el Muy Ilustre Cabildo de esta ciudad ; y nos los representantes de la provincia usando de la plenitud de nuestros po- deres la aprobamos y sancionamos declarando en la forma mas solemne : (lue como tal provincia libre y soberana no conoce dependencia ni debe subordinación á otra ; que mira como uno de sus principales deberes la fraternidad, y unión con todas y las mas estrechas relaciones de amistad con ellas; entre tanto, reunidas todas, en Congreso general se ajusta loa 1ratados.de una verdadera federación en paz, y en guerra á que aspira de conformidad con las demás. Que concurrirá con todos sus esfuerzos, y cnanto penda de sus recursos á la guerra del enemigo de la liber- tad común, aun cuando no se haya organizado la federación de pro» ■ ñn pi^rjuicw de lo que titmoí» ■mando militar de lu Froxincia^ i .c.(i- Mi/p fei-íHUJl fiarái(5!U'E3TIÍ>N" UEL DÍA, iran'caíitidaÜ poder Nosotios ""/^ .^^^j,., J ^«.^.auimos. iVj. ,oi>fian'Za «Jue reposa PJ.^^ ^^^^^^^ ' Ui que cer.viei.e á u.. numero .insUtucione, tienen «hdad que l q ^^.^^^ , Y si no. ahro^arsciuta. ■ 'i^mmO. d^ poder, msotro. J.^; r ^^j,, ^ ^«.^uauimos. iVJ.s ' proyecto de capitaUxacion, ,^ ¿..^.U q^-^ ^""^ coiífian'Za «Jue reposa en ^'^^ P^^^^ '^^^^^ ' 1^,^ , ,e,.viene á un nun.ero .insUtucione, tienen n.a. ^ ^. 1, República l Y si no de individuos, s^?"" ^ cada uao^la mano sob.e el ■ ¿eun iugénuos los del proyec d, ^ ^1 las personas que oc uy... ' coraxonVju^SÜei, y sientan ^^^^^^^f de^a proviÍ>oia, y Vos qu. com- el gobierna de la nación compusie on d d^^ 1 aqu. llos, nu LuVura «onen el de esta l»'^''^^'»" '''17" ^^^^^ lo apoyan.? ¿ Qué Lio resistido el proyecto por ^f^^X^^-. J^"^'-' ^ razones díc^n estos en BU-bono Un ¿ ^"^^^^^ ^^^.^j es: re- ■ ni podrán salir janeas. J^'f-' '^" :^^^ ten. r en su favor „.,.i.Sdo, y que sb-ndo --^'^'-^tuí te íía para 'un g^bl.rn? -uar- • '. la sanción del CongreSó. , Uue D nacionalizar es el.-va^r • quico, ó para allanar el ^^-""^.X^l vlüan^-ia de los que tier.ea las instituciones, y que el '-^■^^'^^^l'^^^^^^^ amar u,u. pat.ia que ha interés mas í"«^;d.ato en su onsrr.aao.^ ^.^^^^ - 'J- "^,:,„Hes ,..ist.-,ios <)"- •"H» encierra ( ojala no fueran tantos y , j v _ :n,..i., iíH. [^,16 '5npí^''''"rP'í - á loslutoresps y voluntad dolos pueblos. Los diputados traspalaron el límite de sus deberes ; quedaron aban. onados d.y^us comitentes, y este uism^tiiento trajo s« ruina, que - arrastrp tras si, l^s^ sucesos :del añp 2Ó. En n,ed¡o de estos d^ár- denes las luces h.bia;. ganado terreno, BuenorAyre^ Is^íer^ralí- dad deseaba y sah, a Ib que es seguridad individual, iWrolab^ las propiedades, y hbertad de la pron.a. No era entraño que con esta predisposición general, se bendijera la adtninistracion que se puso en coDsoi.anca con los senlinúf^ntos del público. Esto es cuanto ha hubidq €D el particular, y lo único que meceré recordarle ; porque fuera, de eso, se han cometido bastantes desaciertos^ qüí^ .«s Jineno i^ordar para que no imponga el señor orador con sus declamaciones. Tenga presente que se destruyeron los éI>ínef,tos para esta .misma guerra que se syppnia arrojada al fondo del Occéano. Consiguiente á este absurdo se disgustaron a los mismos de que hoy se tiene que echar mano, y se creó unp deuda de cinco millones, que rto ha tenido mas. resultados que hacerse on re- parto gratuito, -y: hastffntí'-desiguaj, d^.Jps foi^d^s piÁbi'icos .; disi)ütüf el ospifitu'de'offiotagéy y aumentan los vt^ntistas.; pues' es noíBíio,"^ ha sido necesario que los ófi^ciftles vohienm á sus empleps,' mieKírhs*^^^^^ < isfj-utan las pensiones que dán unos viiletes vendidos en aquel primer «.asorden, ppr una cuarta parte de sü valor. A mas de esto, se abrieron Jas puertas a un lujo asi/itico y destructor; se dispertó la codicia á un Hito grado de- reñnamiento ; se apagarpi^ IPíp Sientiraientos patriótico^, no .... JP"5.»derando a Iró ciudadanos por sus sef vvc'ios Rasados : en una palabra, , hMineramos caíñinado de e^rór en error, &i afortunadamente la imprenta lio hubiera sido mi obstáculo y un germen de ilustración. Pero aun este don precioso ha incomodado, y se le ha querido poner trabas. Una . propuesta de censura fue introducida enil^Sala, y sostenida con vigor. Véase pues, qué debemos esperar de las personas, si no se les pone en .. el sendérp de la justicia por sáfíias instrufccipties., - Pi - uría mala causa, se defiende ísienspae i?]al, porque na .püeke* ser sostenida con buenas razones!. Se dice que la guerra recia ma imperiQ. sámente esta medida, como si para pelear con un enemigo exterior estuviese en cotitradiccion nuestra existencia provincml. ¿ ¿ué se quiere ' ^ hombres y dinerp. ; Np ha puesto la provincia de Buenos- Ayr^s á dispoíiOíon del Congreso tropas, rniliicia y el producto de sus rentaV?. . ^ ¿ Son' necesarias para la guerra el tribunal de, comjercio,' la casá de expósitos, el hospital de mugereS. y la di.solucion de la.junta ?. . . . Convcngamps qpe lo que se quiere es mandar, y en especialidad mandar esta provincia ; porque - las demás dichosamente están füera , de trrb para poder ser incomodadas. • . ; . / ' ' T , Ellas conocen 'su sitmn^on política/; /l^ ^i-Staucia que jas' se^^p^ el gobierno y aíencíoíi particular que requiere el clima, prÓdüíciPnes y costumbres de cada una, y tienen muy presentes los males causados por el gobierno de unidad. Todas ellas acaban de reiterar su voto, protestas relativas á ; la conservacion^ de sus, instituciones ; y no J,^.^^" ,*''stánti?s de ííotóiderar el presente suceso comp una revolución , hecha en el santuarip d^ las leyes, y uu :al>Lertp deseo de subordinarlas cjegamente al poder. Consideran j?ste caso como un funesto ejemplo bata las mnoíies, y 'como una tire cha que Se lia áiííerto al crédito de ;ia nadoí) y a' la onsnúi eí;tabíHdad dp^ Congreso f y que <8M,-ste,, tíe des^ácer^éu relasHaiacib'ii y^uede ser én adelante muy dudosa. iSada , dii^mós W^toecto á lo ¡i.mbtól quc^ es Ver á los mismos diputados qm dictaron la ley fu.ulamental, y que se pusieron .n todos los casos, Vistos ahora reproducir sofismas y descouocer la realidad de sus com- . ^^^-^'^ilTottsérvó. qtíé' nb hemes 'tocado.hastp.tíquír^l punto S^^^re, la jlegali- d^^Wla niedídal ÑoéotrDS:iw=li«iiíoS.«QÍ|SÍdar#^b ^omouua^ley propues- ta al eon>íresoí y í|ü¿. coivarreglo s^ una U^y y, un^ ley funda m^ai de^^ mismo Congreso, no podrá tener lugar smodespues de haber obtenida san.io.ver.lkua de Representantes de la Prov.nc.a. Suponer lo contrano urfal temeridad y uíia d^Wia sin i^ua per parte de los que o tZnUre^, .:.M«fe ^íJa^pdp.lp.M^!^os son públ.cos y los discursos dé ^guu.s^ip*.Mps^^4esUírc,U^n, eon una fa ta de P^^or y l ega at ^ tjmo de ¿ardíistaree ,eíi.,abie.i;ta contrae! icc^ion con sos r^\smoSJñnu^^b^ ^Hebet ¿^^incia teme un atentado hado triste . .¿^basta^o»^ de precipita á los ho^ibres la ambición y el furor de mandar ? .Lejos d*^4r L^arc^ gradual c^ue es propia de los t.empos ; lejos de ^tS^^tSomííque .coSseja la guerra -^l^jos d^^Vo^ver I^Ma.^ |^o?coui;Ssos;¿asodo?; ^ejos de recorrér U Wstorfa de. la.ambtc^n y 1¿¿ U KS?oa ejemplos ^e sus incursiones . . . . ün« tu^a: de' m^r^feS-M levanta, y co?Se,Vdo en pos de los empleos, ceden realmente, a Ic^^CfJ- irkos y fóVma los elementos de la división y- de^la anarq^^.^D.^a- íenos, pues, quien ocasiona ésta, y quienes son los demagogo . ¿ Ips que SSÍdd e^a^rado nombre de patria, y poniendo en jueg<> las pas,on^ y el interés personal, son W primeros^en P-^-^.rse a, la. ra ^ 4cer la^gtision al pueblo ; ó:los^que la resisten j se d^üendep _ Un abisino se abre en que se úncüran muchos. . . .si . . . .y tanto_ as cri- minal es quien lo conoce, si por su culpa son victimas ,Aquí no hay medio ¡ ó el proyecto se retira y ^^""^^"^^í^;^^^^,^ J"! .aienta^por ¿«dio de^^uccesivas transac.ones con los P^^^los, con^rme .1 teno^de b ley fundamental,, ó la provmca si no i^cono ^ -propuesta se . pone .ly-Mert^ pontradiccíon con el Congreso y 1 Fiecu- ro NaC onal Pésense los males en el último caso. En el pria.ero olo endrán que sentir los que aspiran á .randas destinos y una corte que anorrespon^ á nuestro sistema político, ni á nuestra.neces.dade . Iv^ífs^^ reducirse á su verdadero centro dé .ctmn, y a la simplicidad ''Ébíe laCavitama General qne corresponde al Sr. Gobernador ' %:h í^rpvinciaen su distrito, s.^^i^j^^i^ ' Hemos dicho qne .s un punto preliminar á la graa cuestipn que W dia agita á Buefios Ayres, el reclanao hecho por el Señor Gober- ador espJao d.l mando ¿UUar que le fue encargado en toda su juns- C 18 ] ílitiúoci; T f^n ñsta p trtí' po ln-ni os desde ¡(it'í^r» fiJiM- como un prlocipro qú^-esí-tí riV>:ihmiqit (le , mandur mme^ialíunenfe ' todas tas fiierza*' de ' fá pt>¡í>Mdri.-m>'.-k/ti poM.n- sery niy.r,cíiraílalni nlierada sino por (¿que^ci a'(ñir¿dú'( 'qifó'tla había créalo. Kstfí principia estriba sobre la gruiré' circirist.rtu-i.i di' haberse soletnuetnente <-stipiiIiido la permanencia dé' lus ttistiüicioiif";, y por lo tanta d- todas aquellas funciones que la prííviiic-ia por MI entapo legislativo liabia co/zyíriJo á su Gobernador, Sio vio1';if 'líís institnciooes que dieponRH qii<í)2»'?iisla qn gt>fe militar dp sa^ fY^culiMf iitnniirámiíMUrt, '(^nR' t-sté IiHcho.caTiía de toda la fuerza, armador (jt»e l-í provincia ■ mi^rnii'Sríaatí'niía pur% „«fa c.a,ac.tfÍFÍ militar, dentro de esta jurisdicción , no depende de otro podei-j p^r rnys . Rruode,i nías el'-vddo, y nvA^, nM'ona!. este sea, Mas se dice que por una ley del Congreso de 2 de Enero todas lAs ' tropas Vrtéranas de las. provincia'-^ fueron declaradas n(Ki.on'nlés, ftiand*adas poner á disposición del l*, , Ejecutivo Nacional. íVc/qi debí»- hio-í ébiv rtníchci gusto conceder que, t-u ootv.ecuencia ^e 'eVtli ley íaÁ íliíhas' tropas veteranas fueron consignadas á la dirección á'e la autoridad genera!; pero distinta - y. muy especialinente como, la misma ley |o .ex presa j para las af encones ch la guerra con el emperador del B^ra^Ü 1.a voz piiecisa con que la ley Se explica es, que estará á. dií,pQiiaQ^^^¿ KjecnfU'o Nacional para aquel señalado objeto. . -, • ¿Y" qué quiere decir todo esto? Nada mas sino que. cuando la auto^ lidad ejecutiva nacional neoesit»- lás dichas tropas veteranas para h\s .ytencioues de la ¡rnerra, es decir, p!ir;r expedicionar, ó formar algun .*'jército qqe cubra ¡dguií destino peculiar dnr;inte el tiempo de la guerrií ■-las pueda pedir las provincias, y estás deban facilitabas como ya b -han hei:hQ,,con el contingente mandado á la líuea del Uruguav,- Mien- 'trasit?sta,f^(>r/H, puesta á disposición déla nación, exista en el ter- litorio de la provincia, nq debe ser inmediatam<-nte mandada sino por el capitán general de aqui l EE ESTADQ. EL CIUDADANO, N. 5.- — BUENOS AYRES. MARZO 10 DE 1826. L'imprudence et l'erreiir De la chulé des Rois funeste precurseur* La imprudencia y error De lacaida di'] trono Funesto |;recursor. CUESTION DÉL DÍA, Aunque nos habiamos propuesto el publicar nuestras ideas sobre ísta' importante materia, antes que el asunto hubiese sitio resuf^lto en el Congreso, damos sin embargo á luz este artículo como un tributo necesario á la libertad de opinión, y por efecto del privi'egio de cen- sura que compete á todo ciudadano. Lo que era cuestión cuando empe» zamos á escribir, está determinado por la ley, pero por una Jey que en nuestro concepto es erro'nea,-^Si al que se llama Nacional le '^a- de ser lícito despilfarrarse en elogios de la medida, al Ciudadano •♦íio puede serle prohibido el que se explique Con modestia en un sentido opuesto. Si el punto fuese simplemente el erigir una capital de! Estado,- y que ésta fues'e Buenos Ayres, no habria tanto qne discurrir sobre las conexiones que él tiene, y las muchas dificultades que abrasa. La capital de un Estado libre, ó que al menos pretende serlo no goza prerogativa algunade las del sistema feudal, que en un sentido haga mejor su condición que la del resto de las demás ciudades. Ella es solo ía residencia del Gobierno General, de las autor.idades primeras de la Nación, de los tribunales superiores y el foco del poder común. Pero cuando la erección de esta capital envuelve la desmembración de un territorio, la extinción de unu Provincia antigua que eotró á componer Congreso, la supresión de su cuerpo legislativo, y el silencio de 'todos los dsrscivos políticos qtie este graa miembro de la unión se había [ 44 ] reservado al formarla, la cosa entonces viene á presentarse coo un aspecto de la mas grande trascendencia; el orden social se resiente; y la vista naturalmente se conduce á lo que somos y debemos Ser. Para entrr.r en materia debemos remover la ilusión que ha querido causarse en este asunto con la voz nacionalizar. íL¡y palabras que se producen ó se inventan con el designio de comunicar muchas ideas y á veces una doctrina entera. La célebre madama de Stai-1 nos asegura que toda la Francia se hallaba en una distracción completa á la res- íauracion de los Borbones, por no poderse conciliar Jos sucesos de tantos años con lo que iba á pasar por ella; pero el agudo Tayllerand produjo con su imaginación fecunda un arbitrio que apagó todas las iniquidades, y excusó á todos el trabajo de comparar y discurrir — el talismán fue la voz legitimidad^ que recibida sin examen le valió al nuevo régimen por la mejor apología y mas de 500,000 hombres. Ei común se complace mucho de estas voces, porque ellas alhagan la indo- lencia del pensamiento, y hacen aparecer instruido á cualquiera, ; Que .significa el nacionalizar? Sin duda que no puede ser otra cosa sino hacer que sea de la Nación lo que antes no le correspondía, ó hacer que la Nación se extienda hasta donde antes no alcanzaba. En la ino- deraclon de las Repúblicas está proscripto el espíritu de conquista, y este medio de nacionalizar tan practicado por los reyes, no es cono- cido en los gobiernos que se fundan en la justicia : su dominio no puede agrandarse sino por títulos legítimos. ¿Mas acaso la Provincia de Buenos Ayres estaba fuera del imperio de la Nación ? ¿ Lo estaba tampoco la ciudad que se quiere hacer capital ? ¿ A qué pues usar de una voz que solo vendría bien cuando se pensasí» agregar por la guerra ó por un tratado alguna Provincia del Brasil, ó las tierras de nuestros vecinos los indios ? Desechando por consiguiente esta expresión falaz analicemos sin mas demora el proyecto que nos ocupa, siguiendo cuanto se ha dicho acerca de él en las discusiones del Congreso. Es preciso que el Eatado tenga una capital. — Esta aserción á fuerza de sfr una verdad no merece ser atendida. Como por capital se en- tiende el lugar de la residencia del .Gobierno, y como todos saben que las autoridades nacionales son séres corpóreos que requieren edifi- cios donde existir, debe haber en la superficie del Estado algún espa- cio material que se aplique para este objeto. Mas en ese sentido es también palpable hasta lo sumo que siempre ha habido y hay sin nece- sidad del proyecto una capital del Estado, pues el Congreso y el Eje- cutivo Genera! han residido en algún punto de la Union. — -Si el pro- yecto no hace mas que esto, él es complíftameníe inútil. Pero ha de s*^r la residencia estable, y conviene que ella se fije en Buenos Aires ? j Es esta la oportunidad de pensar en una capital permanente ? Que no conviene establecer la capital en Buenos Aires lo está diciendo líí nntorile^a y la posición de esta ciudad. La naturaleza; [ 45 ]- porque el poder y e\ influjo de Buenos Ayres es por sí demasiado extenso, para que sea prudente aumentarlo con el que debe adquirir en el nuevo rango que se le quiere dar. Su posición; porque colocada á la entrada de todos estos pueblos, está mas expuesta que nadie á los ataques de toda potencia extrangera.Por la primera razón fue que después de nuestra independencia se levantaron los altares destinados á la ambición. Aqui los hombres fascinados con las ventajas de una mejor fortuna se hicieron insolentes. El lujo de una ciudad marítima corrompió el espíritu público, é hizo callar el ínteres de la Patria. Se olvidaba ó ' se contaba en nada á los pueblos, si no es para decretar exacciones, ó mirarlos cou un soberano desprecio porque no contribuían bastante. A fuerza de concentrar en Buenos Ayres toda la acción y la voluntad de los pueblos, se llegó á creer que el pais todo se hallaba en su recinto. En él era donde se gobernaba, y fuera donde se obedecía, ó al menos se debía obedecer. Nacieron de esto las prevenciones y los zelob; y las Provincias, que por este fatal sistema, que se üamá capitalismo, habían perdido la importancia que corresponded los mieW ' bros de una Nación, se llenaron de resentidos. Por otra parte, consultándola independencia del Congreso, y !a atención que sus miembros deben prestar á los negocios del Estado, seria acertado mudar la capital cuando ^e hallase esfeblecida de ante- mano en una ciudad populosa, y preferir un lugar mucho mas humilde^ donde ni el influjo de las riquezas, ni la etiqueta, y el bullicio, afec- tasen las deliberaciones de la autoridad legislativa. Desgraciadamente entre nosotros se trata de hacer lo contrario. La posición de Buenos Ayres la hace el punto menos á próposito entre todos los de la Uuion para formar la capital. A este respecto la , situación geográfica de una ciudad es deriMvn; porque asi . como no es asunto de poca consecuencia á un Estado la forma que tengan sus fron^ teras, asi también importa mutho que el asiento de su autoridad inte- rior esté colocado hacia el centro. Msis la ciudad de Buenos Ayres, situada á la extremidad litoral de las F'fovincias, no puede comunicar , acción á los confines del Estado ni circuhir con rapidez las disposj. ^ Clones del Gobicnso. El recurso á la adníinistracion general y tiíbu-, nales superiores será en extremo dispendioso para la m;iyor parte del pueblo; y esto solo debilitando el espíritu nacional, liará nacer el descontento, con todos los inconvenientes que parten de la falla de economía en el Gobierno. ¿ Qaien no conoce qu. la capital no debe estar en la fíonttra, y quien no sube que Buenos Aires es cabalmente; la frontera de las Frovincias con todas las Naciones de Europa? Es cierto que los Estados se forman y robustecen en la paz; pero también lo es que se destruyen con la guerra; y por ello deben estar dispm^stos de modo que puedan resistir esta ci isis de las Naciones. La historia de nuestro mismo pais nos enseña que la primera autoridad se há visto obligada u . [ 46 ] banríonar i Buenos Ayres liuvendo prpcipífadampiUe ai iotpríor: asi BUCeJió t-n la guerra con los i.,gles^s A afio 1806. ¿ Y entonces queconfu^ sio.i j (jup i^ninninia i)0 sufrió e„ toda» |as Proyincinas e.ta autorlUad fugitiva? Que dtPaiiiMjto uo' [levaba por todas pcttes presencia ? Lo peor de todo couMStiaen que t,a!landose en Oueno. Ayres una aran porción de recurí,os (contra lo q ue dtfta la prudencia) el pds era perdido sin reme- dio, bi la plaza de Munl.video, que eia el deposito de la,, municiones de guerra en tiempo del gobierna español, no hubiese ocurrido á esta falta. . Y ahora se nos, quiere decir que debe estar la Capital en Buenos Ayres, porgue a,,ui están todos ios recur ws, siendo asi que estos estar, mal colocados? Supongamos que la presente guerra fuese algo más activa por parte del Emperador del Braü; • podrían estar tranquilos los diputados del Congreso en el recinto de iusala? Y aun no hablando de una invasión por tierra, que dispersaría al interior los magistrados nacionales, de- jando pordecoutado á las espaldas el parque, almacenes y todos los ele- méntos de guerra, hoy dia ? uo bastarla una bombardera paraque los aboga, dos del proyecto no se ausentasen de su asiento; temiendo descendiese por la linterna alguna cosa bien pesada que Ies cortase la palabra? {Continuai^a.) Sigue el ariiculo sobre la capilania general que comprende al señor Gobeniadur de ¿a Provincia en su distrito. Las tropas veteranas que la Provincia habia formado, y mantenido tanto tiemj)o, estaban designadas precisamente á dos objetes, y esto con anterioridad á la expresada ley de Enero; á saber, la defensa de la luición y defensa de la Provincia: que quiere decir en otros términos que ellas estaban destinadas, en fuerza de la naturaleza de las cosas y de su mi^ma institución, á todos los deberes que exige la inmunidad del teriitorio, la seguridad del ciudadano, la í^uarda de las propie- dades, y la ejecución de las leyes. El primer objeto está comprendido en el segundo, porque es claro que la Provincia siempre que se defiende de algún enemigo exterior, defiende también al Estado; y en cualquier ataqüe de afuera, si ella saiva su territorio del insulto de un invasor y repele con escarmiento á un opresor audaz; ella ha salvado en reali' dad á todo el pais y sostenido el derecho y la causa de la Nación. En efecto los enemigos y agresores de la Provincia no pueden ser otros qüe los enemigos iiacionales; y el enemigo nacional lo es por necesidad de la Provincia. Se deduce por consiguiente que en casos comunes de guerra, y cual la fuctza arusada huya de obrar únicamente en guarni- ción, no liay necesidad de que el mando en ^efe se delegue á otro general que el natural de la Provincia; y antes bien el orden y la razón exigen que el Estado repose sobre el gefe territorial para este deli- cado encargo. Esta autoridad militar se presenta para este caso con C 47 ] todo el peculiar carácter y las precisas aptitudes que requiere este muusterjo, convencimientos del terreno; posesión de todos bus recurso- relacones establecidas; costumbre de ser respetada; af. cciones que le aseguran ascendiente; ven una palabra un estímulo peculiar para dis.» tingmrse en su puesto. Y si todo esto es evidente no deberá también decuse que seria lo mas pernicioso el relevar de sus funciones al geaerul de la 1 rovmcia, aun cuando esto pudiese hacerse tn virtud de la' nueva ley que se alega, y „o estubiese eu inan¡fií.'Kta oposición con el sistema y ^'l ordm militar que rige ¿Qué yá á bacer ese general nacional ea el caso sobre que discurrimos, sino á mandar desde su casa? ¿Y sí ha de obrar sin salir del territorio peculiar, deque sirve el general de Ja Provmcia? ? i t) Hesulta de esto que alguno de los dos es ¡nuli!; ó mas bien resulta que lo es precisamente el gefe especial que se nombre. Pero esto malo porque es en la República, donde la economia mas precisa debe reglar todos los puestos, Ip es mucho mas si se repara eu e) trastorno, y mucho mas la brecha que debe producir en el respeto y consideración' que se merécela auto.idad de la Provincia, y lo que debe perturbar la marcha de sus iu^tituciones. Decida en esto la razón, pues en ella estriban las leyes. Si se sabe con anterioridad que un punto del Estado, sea cual fuese su importancia, está suficientemente cubierto, será acato' prudente o justo hacer en él innovación, sin otra mira que probar que la autoridad obra en él ? Si se trata de hacer una elección, aun con- cedido que para esto haya poder legítimo en la autoridad nacional, que mejor prenda del acierto que la que ya le subministra el voto nada sospechoso de una Provincia del E»tado ? Respóndase de buena fé ¿quién se hallará mas indicado para mandar fiquelías fuerzas que el gefe mismo del distrito ? Si no es asi, él sin duda no es reputado digno del carácter de que disfruta. _ Pero en circunstancias aun de mayor actividad que las que dejamos expuestas y sean las de una reunión de tropas de varias rrovmc.as que se estacionan en un particular distrito, mas debiendo. Obraren las fronteras ó en el territorio enemigo se presenta moüvo alguno para que ellas no estén sujetas al Capitán General del distrito, mucho menos para quitar ú este aquella acción que naturalmente designa el régimen político actual y aun las ordenanzas vigen- tes, l^or supuesto que nos referimos aquí á las Provincias que se ftallan bien organizadas, en cuyo caso se halla sin duda B..er,os Ayre,«. -La ley que declara nacionales todas las tropas veteranas h.s encontró mandadas estas por los respectivos Gobernadores, y en ley no pudo quitar a estos gefes las atribuiiores que tenían en fnerza del pacto de Jos pueblos, contenido en una ley furujanuntal por la cuul d.ben ser r. gidos interiormente por ^u,s p-cpias inslif ru ir.,, s. Si « ¡los pues (y ellos solos) no han suprimido el mando mi!, lar r.unediaío anexo á SUS Gobernadores, él suple y es preciso st>a respetado. Nada tienen [ 48 J las dichas tropas sino el dicho de nacionales^ y nada quipre decir «sto sino que ellas fstán bajo aquella subordinación general que le compete á la Níicion, y en su nombre al gefe supremo del Estado. Kl sin duda rs el generalísimo, üe otro modo hubiera sido innecesario el que el Congreso declarase distintamente y en consorcio de aquella ley el que las tropas veteranas se pusiesen á disposición del Ejecutivo Nacional para el objeto de la guerra. Al indicar la materia que nos ocupa, expresamos muy desde luego que en el despojo qu? en nuestro concepto se habia hecho de la auto- ridad militar al señor Gobernador y Capitán General de esta Provincia, se hablan quebrantado todas las atenciones y formal circunstancia que debe no pasarse en silencio. Está probado por los documentos que el público tiene á la vista que el nombramiento del nuevo general no sé comunicó al dicho señor Gobernador, ni se ocurrió á él como era regular, para que lo diese á reconocer. Pongámonos ahora en un caso. Suponga- mos que en la Provincia de Salta, por ejemplo, el señor Gobernador de ella oyese que un militar se ha dado á reconocer por general de las tropas veteranas de aquel distrito; y que sin siquiera decirle una palabra, habia empezado á expedir órdenes. ¿ Qué diria aquel Gobernador, que deberla decir, y hacer ? Pues esto es lo que ha pasado en Buenos Ayres; y es imposible por lo tanto el ver sin extrañeza que á la auto- ridad territorial solo haya llegado por vías extraordinarias la noticia de habarse instalado un general sobre las tropas de su jurÍNdiccion, como podia haber llegado á noticia de un poder extrangero ó enemigo. Pasemos ahora á las milicias. " ''^ " el asunto. — (Continuará.) Mas debemos por aíiora dejar aquí CAPITALIZACION DE BUENOS AIRES. El 3 ha terminado la discucinn del proyecto que declaraba capital á la ciudad de Buenos Aires y la hace nacional. La terminación de la discu- sión jn tificó el resultado que todos conocían de antemano: y estamos fir- memente persuadidos, que los diputados que acaloradamente se opusieron en la discusión al proyecto, lo hicieron en el convencimiento, de que cuaU qniera que fuese el valor de los fundamentos que adn..j. sen la termina- cion, seria la n>isma, y que obraron, solo por llenar como patriotas y (lU- dadanos, el deber que les imponían las obligaciones d.^ su alto encargo. En nuestro concepto, ellos han conseguido con su conducta una gloria que pasando intacta por cuanto puede inventar la caSuumia y el servilismo, les hará obtener la enterna gratitud de suá conciudadanos, y el respeto de todos los amigos déla libertad. Estos son los sentimientos que nosotros les consagramos hoy; poniendo á continuación la lista de sus nombres cotejada con los^ . C 49 ] que votaron de contrarío. Ella dará á conocer cual era el lado de mnyor número de votos, pero el tiempo manifestará^ cuajes tenian la mayor fuerza moral, la preevision y b justica. En seguida ana- diremos bquellos dicursos que hemos podido obtener para que honrando nuestras paginas sirvan de testimonio indestructible de supatriotismo, y jus- tificativo de los elogios que debidamente les tribuíamos, dejando á cargo de otros escritores el publicar los que se hicieron de contrario, ofreciendo Jas paginas de nuestro número próximo á los SS. cuyas produciones no contienen este, las que les suplicamos dirijan á la imprenta. En favor del proyecto Contra el proyecto -Blanco. Sres. — Zavaleta. Somellera. Castro. Pinto. Lozano. Gómez. Argüelio. Vera. Funes. Castellanos. Frías. Velez. Balcarce. Vedoya. Carriego. Bulnes. Paso. Acosté. López. González. Cávia. Yazquez. Gorriti. Mancilla. Mena. Delgado. Moreno. Laprida. i Casíex. González. Garmendia. Elguero, Lezica. Maldonado. ViUanueva. Gallardo. Martínez. Andrade, El Sr. Paso.Esíüdiosatneníe diferí pedir la pahibra hasta e! presente, por» que el proyecto deley en cuestión hizo en mi espíritu una impresión tan » estraña que, ocupado primero en su meditación, y descouf'audo de mi propia opinión, quise antes meditarlo detenidamente y oir lo que se digese en la discuciou. He oído mucho de alarmas, de recelos; de no poderse marchar si el proyecto no se admite, y otras cosasde tal naturaleza que yó deseara que se separaran eoíeramente de la discusloD, porque ellas sc?íi,esí>e- C 50 ] 6 cíes preventivas qufi pueden' influir á adoptar un término que reparadas no se ailoptaria. Señor, éste asunto es de gravedad, y tiene sus princi- pios y raices en el df recho público y privado en cuyo aspecto me parece que no se h i considerado bien hasta ahora, tan lejos de estar agotada la materia, S:> trata de establecer la capital del Estado en la Ciudad de Buenos Airef, de segregar á la Provincia de Buenos Aires el territorio de esta capital ó ciudad, que se dice ha de ser la capital de sus estabh- cimientos y délas tres partes que comprende en su demarcación para qae todo quede nacionalizado, y que la Provincia de Bannos Aires se organice fuera de la línea de esta demarcación, gobernándose entre tanto que eso se verifica por el P. E. N. y büjo !a dirección del Congreso, Yo be entendido que c! nacionalizar todo fsto lo que quiere decir es, que lo que era antes de la Provincia de Buenos Aires, se adjudica y apropia hoy á las Provincias todas de la Uesíou, y que ya queda escluido Buenos Aires fuera del derecho propio y e^cíusiyo de esto, entrando, solo á la parte pi ó indiviso, que le corresponde en la comunidad; ási lo he entendido y creo que es el sentidido propio. Examinemos, pues si una Provincia en el Estado, en que se halla no constituida sino para costiíu» irse, puede ser trozada y partida del modo que lo es la Provincia de Bue- nos Aires, y si puede ser destruida de todos los derechos, acciones, fon- dos, territorio y cuanto hay varioso eu la demarcación, y esto si el Con- geso puede hacerlo. Veamos porque derecho. Soy de opinión que la Provincia en el presente estado no puede ser desmembrada y destituida del modo que se propone. La Provincia en el estado en que se halla en el día para formarse, lia celebrado un pacto, un compromiso con todas, que, dándole un sentido mas amplio, es de concurrir con todas ellas á for- mar un Estado, que en realidad lo que quería decir es que las habría de llamar á que se hiciesen participes de su fortuna. Pero realmente hoy no hay mas que uri pacto y un compromiso de la Provincia de l^uenos Aires á formar un Estado con las demás por todas las reglas y principios que S8 forman en el derecho privado y público los pactos, los contratos y los compromisos. Veamos si puede hacerse esto por el Congreso, Por omnipotencia que suponga ea el Congreso, de que después trataré si me acordare, bien podrá poderlo todo, pero jamas podrá hacer aquello que destruya el pacto y el compromiso; y el pacto y el compromiso se destruirá, si la cosa so destrnye, ó si se hace enteramente de peor condi- c:jr>. Si 1;¡ cosa se destruye es porque falta el sugeto. ¿Yno podrá suceder que al íomprómetido al concurrir, si se le puede dar un golpe quele prive de su existencia pudiera rubsistir respecto de él el compromiso? Tampoco p;i<'de hacerse deteriorando Fu condición; y la condición de la Provincia de Buenos Aires se detenorará en su naturaleza, en su carácter y en su eseiicia'. En primer lugar la Provincia de Buenos Aires, segregada de la r^ue se lé quita, me parece que tiene 24 diputados si no me engaño 12, por 'Itt cómjpaüíi y Íi2 per la capital, se queda por la mitad; de su represeQU» I C 51 ] clon, entra por la mitad de sufragios ¡i este compromiso á donde le lleya* l)an sus intereses, y al tiempo de entrar se ie quitan la mitad. Las delj- Iteraciones ó resoluciones no tendrán por la energía de sus representantes sino la mitad de su valor cuando llevaba la fuerza para que le tuviere do« h\e; mas la ley en la hipótesis de que se apruebe ie obligará á lo mismo, y la ley no se habrá hecho por ellos sino por la mitad de su valor. Me parece que en esta parte se varía la naturaleza ó condición del compromiso . esto ^S' gu engaño pues que vá á . estar mejer. La cirfdad de, .Bufnosf. Aires pttrque yo quiero pasaf por todo, y-.lo. I de roas ctíwpreíjdidft- eQ¡ ílfl de- marcación que' Sfí señala, convendré en que ■ta á. «star ijiejoji.?, .^egiíra- meftft? esta Cft¡)ital va á ser mas y tomará con el tiempo unrfB^«i!9flde- cimiento extraordinario. ¿ Pero y la Provincia de Buenos Aires fuera de esta demarcación, en que atado queda? Ni ciudad en que poner su centro, casi e^toy por decir que-ni lugar; eu que formarse. irá á I;ujan? ¿ En ftn Jóflde la fJondreraos ? Todo lorque aqui hay se le qu'ita, ¿ y ésto se puede en buen sentido 'níi aun soñar? Señor este es un lugar en que se debe hablar con propiedad, no defraudemos á las voces su sentido, nr á los hombres su sentido común:: Cualquiera que o¡g.a que la Provincia de Buenos Aires, quitándole todo esto gana, se admirará- es urta verdad- evidente que pierde-j y pierdé. mucho, ¿ Y caal les el diputado qiie puede' forntar el juicio qa^e-una Provincia no ha requerido como condición sin ecuación que no se le ponga en este caso ? decir, en el caso de perderse cuasi.- Por eso digo que aunque las facultades del Congreso, sean si se quiere casi omnipotentes, pero no para destruir. La condición con que se entró en ebcoraprosniso, y cuando digo con- dición lo digo todo. Me reanumo, porque se le quita la- mitad de la representacton casi toda su fortuna, y porque se la deja en responsabil'idííd que ya no puede ella sufrir. Yo convengo en que el pais debe organizarse, y conviene mucho facilitar medios á todos los de la nnion, para que formemos una Na- ción, y esta .se anime. Convenido en todo esto solo resisto el que se haga á expensas dél sacrificio de una, la nieqos digna de ser así tratada. Pero íi se pudiera la cosa hacer por otro medio, 'no sería preferible? ¿ Qae es lo que se busca, organizamos ? Se- ñor, y no se puede obtener esto fijando si se quiere la capital ea • BueooS' Aires,, aunque para fiú sería mejor se pudiera fijar e^v otra, píirte í.!para;evjtar celos, pero sea de eílo Jo que i'UP.;ie ,eso se podría couciUar : cob'^íVkVW:; q^** P'^'' ahpA\ry ^V'^^.^^^^''^''* su punto, ^n;) se p(^cí»itweer todo esto por un -sistema de. gobierno federal ó de unidai que?«Ti»4a designación de. !a base aunque no formásemos la constitución .creo que no habriamos ocupado mas ti^^mpoqqe el que gastamos en la disercion de este proyíicto.,; Para organizar, ks, líf-.o,v>uCvÍas e,s . necesa^^^^ mas que venga ¡nn genio, dei cielo, abandonarse i .un jui.-Q, á. una direc- ción, á ün plati y.á jjír.sisíema, y por eso yo no he iasi.s- idp en que se^ :la:base el artículo que dice, que./leben regirse por sus propias institu- .Cciones. Aunque el P. E. N. dé" reglas, deje s-u diíeccitín y " i aplicación .«••ias Juntas Provinciales y á Jos Gobernadoras, déla. Fic iuüi.is, no .ESpíPEO ver el.mgmei^to eu que; -ellas sean org.anizadas ; . no . v^íjue jo C 56 ] yo lo estimo esencial á los pueblos es después que se hayaa constituido. Pero para organizarlos, para constituirlos, un genio, un hombre, que es una fortuna, uo lo digo por adular, estoy muy lejos de eso, es una feli- cidad, digo, que haya sido puesto este encargo en la persona que está, porque me consta de su disposición, desús talentos y de sus virtudes, y le aprecio mucho. Pero si un hombre de estos no puede decir esta- blezca V. hai el crédito público por esto y esto, de las rentas disponga V. con discreción, y en todo esto no manda de un modo que se haga obedecer, en ese caso, ¿ que esperanza tenemos ? ¿ No será la obra lenta de decenas de años, cuando hay un interés tan grande en hacerlo cuanto antes ? Por eso digo yo que me parecía que era preciso que corriese por la dirección del Poder Nacional, que es el que ha formado el plan de ponerlo en ejecución, sin fijarme en el agravio, trabas y difi- cultades que se deja al de la Provincia, La prueba está en que coa dificultad puede venir un asunto mas urgente que el de la guerra del Brasil. CORDOBA. Se nos ha favorecido con el documento siguiente — En uno de nuestros números anteriores presentamos el proyecto de la referencia que ha sido adoptado por la comisión permanente de la Honorable Junta de aquella Provincia. A consecuencia de su adopción Je dirigió el Poder Ejecutivo el siguiente oficio. Honorable Corporación de Representantes. ,,El servicio del Poder Ejecutivo de la Provincia, no es tanto para ejecutar las leyes que emanen del poder Legislativo, cuanto para representar al mismo Poder de que emanan estas, las que crea no convenir á su felicidad, ó á su posición actual : de esta calidad cree el Poder Ejecutivo la que V. H. le ha pasado por medio de la nota del señor Presidente número 66 relativa á no reoónoeer por ahora de ningún modo el Poder Ejecutivo Nacional permanerite creado por el Soberano Congreso en 6 del presente, entre tanto sie «reúne la sala en suficiente número de vocales, con el objeto de que siendo un asunto constitucional vedado á la comisión por el artículo 8 de los límites de sus facultades pueda ella determinar en el partiuclar. El Poder Ejf'Cutivo de la Provincia cree de su deber hacer pre- sente á la Honorable Corporación que de la determinación precitada pueden originarse muchos males, y retrazos en el actual estado de la República. Precisado quizá el Poder Ejecutivo Nacional á tomar medidas del momento, según lo exijan las circunstancias de la actual gUería cotrtWnicárá órdenes á este Gobierno, que no pudiéndoles dar C 57 ] el cumplimiento que demanden, á virtud de la determinación citada' de la Honorable Corporación quedarán sin efecto, y originarán males que podrían de otro modo precaverse. El Congreso, el Ejecutivo Nacional y ios pueblos todos de la República, echarían una mirada de indignación sobre un pueblo, que era la causa primordial de. estos males por no haber en tiempo y forma precavídolo con su re^oluqioíUi El Gobierno, pues, cumpliendo con uno de sus primeros deberes no puede dejar de hacer prebente á los señores de la comisión per» manentej que el reconocimiento de un poder central provisorio, no es constitucionaj, que siéndolo solamente, en la' calidad de su actüíil creación, este reconocimiento deberá muy bien dejarse á la reyisacioq de ta sala plena por el defecto de |)oder entender la permanente <^n asuntos constitucionales, y según el artículo 8 de los límites de sus facultades, dice le está inhibiendo; mas el recooocimiento de un poder nacional provisorio, tal como la sala misma lo había reconocido en el provincial, de Buenos-Ayres,: no cree el Gobierno pueda ser un asunto constitucional, y de consiguiente extrangero del conocimiento de la comisión : las facultades, los límites de este poder, tal. Cual estaba creado, y reconocido, reconocerlos en este y bajo de este aspecto, admitirlo provisoriamente hasta la inspección de la sala plena, no cree este gobierno ser un punto constitucional ; cree sí que puede ser la salu- dable áncora que pueda precavemos de mil males que prevee el go« bierno deban seguirse de dejar á Córdoba encerrado en un pequeñio paréntesis, sin pertenecer sino ,á un acefaüsmo, que no podrá reportarle ventajas particulares como es visto traerá males á la comunidad. - i El gobierno al preresentar á la H. C. permanente los perjuicios que trae al público la deliberación tomada, espera que se digne re» mirar segunda vtz este asunto y expedirse como merece la urgencia deí presente negocio." — Bustos. Por el mismo correo sabemos que después de considerado nueva- mente el asunto, la comisión no ha hecho lugar á la reclamación del ejecutivo, ordenándoles que esté á io acordado. SANTIAGO. Hemos obtenido por medio de un individuo que escribe de Santiago eí siguiente oficio dirigido al Gobierno de esta Provincia. Santiago del Estero Febrero 22 de 1826. El Sefior Gobernador de la Provincia de Buenos Ayres que ha con- cluido el encargo del P..E. N. debe tener la satisfacion de haber arribado á este término después de coriesg^onder fielmente á los designios de la [C ]] Safl^íaíd'í^- Wa etd^fter-de^ tnahíf-starl»- »a mas ^sta ^rratUud a nombre de ^a■Pro^^.nf^. q^e orHiaevi^or. los irnporSairte. s.r victos eli,ea,<.^ %^PWPelta Iv¿áa*^te«left^lB*>d««.y.as.:* infrá«x:,i.nto oW 3l^W^ na'¿tóí'4'>éíifet^doyoMtÍ4^tó8'S«s, apretóos y ;si«gulares cons.d^rarM^u>s. .T,q or.l.i.'uoa fli Mh iViürt«e/ Romero, oíi .onu.uoM ; <^.M, i ■ Secretario, : l«tí5dr 5-'G»beto^dc^''dé: la ^ iWíQcia de Baenos AyreÉv^no. iun» í.o. *^ poi'Jfiíi?-*! £l ¿ oaitsiíb ' . >. - ^ sjínntiomq s! i;»Í)íi — — ' 7^?>í)q nti 'ib oln ' AL NACÍONAL. il.'ffiÜí.^a<^ sp han opupsto al 'proyecto fie capUaÍÍ7.ad¿nyi-nó soñvjp*- tíde-ííé /.^.iprcv á 4 v Fi^íorma dé los -fr^ñles y .xMnc..n.d.l..C8b,ldoj «.>»r{?a,laist-JEUoS so.< patriotas qu^ ja^^s hap of^cuía-isu 'aL infante D. Francisco de Paula, ni al principe Luca, m a mngun otro per-^ona^e de este jaez.-Los, que ee oponen, hoy son los que- se l,Ufl.ro« de las yias pacífioas, de la célebre convención pre .m.ua,> del «'levado ii^oyeclo' de lo6.'20 toillones para Isa .Espnpa, de embajada al. arasíl,' y dé otros mWchós proyector, de esta.cIaB?.. bod 4o. qne dijeron siempre que U libertad de la Provincia Oriental solo se hab:a de cousognir á bayonetazos; í^on lí.s q«e qaisieron que .e armase contra .1 cjórcito español que ocupaba el Pe.ú, y los que vul.cul.zaron la idea dé que el carfo de U guerra se h.tóa Cumulo ^e» eL hondo de^ OcceaDb,. Son lOB^que apoyaroFV la mpdida del g.:an eongre^dj 1 a ñama. Son en fui, ciudadanos que conservan su noü,bre si.V mancha, .í,«e uo han alterado jamas su patriotismo y amorá la libertaa amerlcai,«? que jamas han adulado al poder, y han manifestado aun en med,o. de sus , desgracias que el patriotismo es el seiUimv^ntq u.u o de- su-corazíva. - Comparad ISadonall ; Comparen las Provi n.M- que han formado la Uuion Argentina y compare el mundo-ent.ro l Ellos s.ran llamados á juzgar cuando el tiempe haya descubierto cual era el lado de la ver» dad, y la salud pública. 1 -i-i-i^'wyi • IMPRENTA DEL ESTADO. EL CIUDADANO. isi.o 6.— BUt^NQS AYKfc:S, MARZO j<), Dij: iB2G. LHmprudence et Vtrreur De la chute des Rois funeste precurseur. La imprudencia y error De la caída del trono Funesto precursor. REMITIDO. Una súplica á los editores del Diálogo, en favor de un ramo de industria. Se suplica á los señores editores del Diálogo entre el Jesuí- ta V el Quakero, que tengan la bondad de suspender el genero- so reparto '^raíis que han estado haciendo de el, y que se con- formen con la práctica de vender los impresos, como todos los venden. Por muy desahogados que se hallen susTondos des- pues de la nacionalización para hacer estas erogacioiies en fa- vor del proyecto y proyectistas de la tal capitalización sobre las ruina=í de la provincia de Buenos Ayres, no es el mejor mo- do de esplotar la opinión .píxblica á este respecto el que con- curran mucbos á recibirlo ^de valde, porque en esta pobiacion (que antes se llamaba Buedíos Ayres) la reproducción de la es- pecie es prodigiosa, y haf miles de muchachos que se entretie- nen en recibir de los tontos cuanto les dan, siendo gratis; y estarán recibiendo hyümtx j eminentemente, mientras les den del mismo modo. Pero hoy se añade otro daño particular que se ha hecho, acaso sin advertirlo, con la repartición gratuita de e'^te diálo^^o: y es, que ee ha puesto también en movimiento el espíritu de empresa y especulación, que tan eminentemente se ha desplegado en todo ramo : y los boticarios pulperos, y especieros, que necesitan papel ordinario ó inútil para envol- ver sus especerías, han entrado en el proyecto de acopiar por distintas manos las diferentes édiciones de este papel ; y heñios sido informíkdos coa harto sentimiento n^jestro de que van lOr 60 calando ú las boticas y lonjas sobredichas las dos edícFonés easi íntegras del primer numero, y algunos del segundo, sin- tiéndose ya la falta de venta ea mi almacén del papel de estra- za que acostumbraba espender. Asi señores este ensayo tan inútil á los objetos que se han propuesto sus editores, vrene á ser perjudicial eminentemenU á los intereses de mi negociante inocente, y de una clase productiva, en el artículo de papel de estraza.. — — Jo ancora so pittorü CUESTION DEL DIA. Sigue el asunto del número anterior. Supongamos ahora que el pais se encuentra amenazado de una fuerte invasión de afuera, lo que en verdad es muy fac- tible que suceda, ó al menos puede suceder, mientras el carro de la guerra que un orador nos dijo haberse undido al hondo del Occeano, donde descansa el de N^ptuno, se halle aun en la capacidad de rodar por las llanuras de sus aguas. Suponga- mos que esta invasión es tal, por el número y la calidad de las tropas, que en un juicio prudente exceda á los medios que ten- ga el pais de una resistencia directa. La política y el arte de la guerra ensenan que en semejantes circunstancias se trate de- salvar al estado por una guerra de recursos. En lugar de ma.- sas armadas, y de ciudades guarnecidas que combatan al ene- migo, debe oponérsele desiertos que fatiguen á sus soldados ; yr mientras se le obliga á luchar con las distancias y la escasez de subsistencias, los defensores de la patria lo acosarían en detal, y al fin conseguirían destruirlo. Sabemos que solo de este modo pudieron algunas naciones modernas mantenerse en su independencia contra ataques muy formidables : testigos de esto son la Rusia, la España, y hasta Santo Domingo. Toda- vía, y aun fuera de estos grandes ejemplos, la historia misma de nuestra revolución nos convence de que la guerra de recur- sos puede salir de la esfera de teoría, y convertirse en caso práctico ; y para prueba citaremos que ella ha sido la gran me- dida meditada por uno de nuestros generales (I) y tomada ea* consideración, ó mas bien resuelta positivamente por el gobier- (1) El General Alvean 61 no en el curso de algunos años, cuando una gruesa expedicioií ije la península amenazaba nuestras costas. Asi era que sé pensaba entonces, ¡ Pero cuantas dificultades ! No hablemos de arrasar nuestra capital, 6 de quemarla, como en Rusia y Santo Domingo: ni aun se sabia como transportar las familias, ó siquiera las nauniciones y armamentos á las distancias nece- sarias, para ponerlas á cubierto de las manos del invasor, y ser- vir en esa guerra de recursos, que era la única que se podía emprender con esperanza de suceso. Ahora pues, á esta ex- tremidad puede sin duda conducirnos sino es hoy, al menos en los tiempos futuros, el furor de alguna potencia estrangera: mas como una capital no se establece para «n dia, entonces deberá aparecer en evidencia que ella ha sido muy mal fundada á la puerta de todos estos pueblos ; que con su caida arrastrará precisamente la pérdida de las demás provincias ; y eh fin, que por esos mismos recursos de que goza, y que están mal colocados en su seno, habrá causado á la independencia de to- dos la herid-á mas desesperada y profunda. Aquí llamamos la atención de todos aquellos, que han querido con tanta ligereza hacer pasar por una invención ex- quisita el pensamiento de establecer en Buenos Ayres la capi- tal de esta nación. Nosotros rogamos ál cielo que no nos pre- pare el tormento de ver pagada en nuestros dias la imprevi- sión con que esto se hace. Los abogados del proyecto, que- remos decir aquellos pocos que se han expresado con razones •en su favor, han sido singularmente desgraciados en sus discur- sos. Uno de ellos (ya que se ha hablado de la Rusia) quisó destruir la fuerza histórica en contrario que dá el ejemplo dé Moscow,. diciendo que aquel imperio habiá salvado porque tenia dos capitales, citando que Sí. Petersburg quedó libre ; y como si en las capitales se hallase solo el piinCipio vital de un pueblo, atribuir á esta circunstancia la libertad de Rusia. Hablando por este principio seria necesario inferir que no basta tina capital al intento que se pretende, sino que seria lo jnejor el establecer dos ó tres. ¿ Mas esto no envuelve un ab- surdo ? El hecho es que la Rusia no se salvó porque tenia d-o &¿c no ha encontrado mejores medios de combatirla opinión del Gilí dada no en contra de la capitalización, que decir que soa barbaridades cuanto dkce, ; Que hablar tau elegante ! 63 mos mucha confianza que todos los honnbres que piensan con- testarán del misino modo* En el régimen colonial; las formas de la organización ten- dían á comenzar unas posesiones lejanas, lo xual era preciso hacer aun á costa de sus progresos. La política del estado estaba constantemente dirigida á mantener firme el dominio. Era aquella una constitución bizarra en que se veia á una vez el poder y la debilidad. El poder era necesario á la metrópo- li para mandar : la debilidad era precisa en las colonias, para dar una garantía de que querían obedecer. En los pueblos que se fundaban no se perdía jamas de vista asegurar su depen- dencia f y para ello se establecían de modo que fuesen de un fácil acceso a las fuerzas de sus señores ; y en caso de una. rebelión se les pudiese cómodamente sujetar. A este fin nada mas ventajoso que tener las grandes ciu- dades en las costas, al mismo tiempo que el corazón del país no contuviese fuerza alguna ; y be aquí porque se designa-, bd en general para sitia en los gobiernos en América las posi- ciones literales á no ser que algunas causas especiales lo es- torbasen, ó ya se hubiese encontrado la capital en otro puntc^ á la época de la conquista. He aquí las causas políticas que obraron en la autoridad española, para haber hecho á Bue- nos Aires capital de este virreynato. Mas ahora que los inte- reses y la política han variado, ¿ podrá encontrarse conveniente el seguir esas mismas huellas ? ¿ No seria una coincidencia es- traña el que viniésemos á hallar que en este punto nada nos quedaba que hacer sin imitar servilmente la conducta de nues- tros amos? ¿ Y no vemos que en esta capital antigua han falta- do aquellas relaciones que la unían á otros países del misma duefio que habitaba al otro l^do de la mar ? Acaso se nos querrá decir que esta política es supuesta : que los españoles se fijaban naturalmente en las costas que des- cubrían ; y que el aumento de estos pueblos debia nacer de las ventajas del comercio, por cuyo medio después de adquirir im- portancia se elevaban á capitales. A esta observación respon- demos que las capitales se hacían, como sucedió entre nosotros, el depósito de todo el poder y recursos de las Provincias sobre que debía presidir, por lo tanto estamos hablando de una capí- talen concreto, y tal cual la entienden los abogados del pro- yecto : bajo cuyo punto de vista pensamos haber demostrado en las pruebas y los ejemplos aducidos, que su localidad -á la mar compromete á todo el territorio. Ni se diga que era lo mis- mo aun antes de la revolución, pues entonces el estado se com- 64 ponía de una otra porción principal que existia al otro lado de Jos mares, y la defensa de este puerto ennpezaba á hacerse en Europa por los respectos, escuadras, y recursos del soberano que re^ía en ambos hemisferios. : De todo esto debemos deducir que el pensamiento de es- tablecer ahora en Buenos Aires la capital de estas Provincias/ no promete ventaja alguna, y antes bien es perjudicial y alar-, mante. (1) Y qué! ¿Habremos de renunciar, ó son en realidad ilusorios, los estupendos bienes que el proyecto promete á Bue- nos Aires, y con él á todas las provincias? ¿ Donde están- eso6 beneficios f La erección de una gigante é inmensa capital, nos dicen llenos de entusiasmo, acumulará en este pueblo todo el poder de los demás : aquí se anidarán las riquezas y las fortunas : aquí se formará un influjo verdaderamente irresistible, y estará la dirección suprema de la opinión y los negocios. ¿ Y esto es conveniente 1 Antes bien, no se echa de ver que la libertad del pais serla arruinada de este modo. Buenos Aires gana cm el ganan las Provincias, nos dicen : pero el Estado pierde^ j por lo tanto todos pierden. Una enorme cabeza colocada en un cuerpo débil, no solamente lo afearía por la falta de pro- porciones, sino que cortaría los dias del monstruo en cuyos hombros existiese. Se gtrata por medio de una ley de dar di- rección á las riquezas y al poder ; y es sabido que un principia de economía política condena que el legislador se tome sobre 9í este empeño. Los pueblos crecen y prosperan, no báciendov leyes positivas que determinen de su industria, sino removiendo- trabas ; y en este punto el saber mas sano consiste en no hacer nada que perturbe el curso natural de las cosas. Dése á los pueblos libertad, es decir, no se les pertarbe en s» marcha con; leyes violentas y empíricas, y se les verá progresar, lo mismo que á los individuos, tan rápidamente como es posible que pro- gresen. En la revolución francesa hubo el vicio de que todo se bacia en Paris : las Provincias eran meros espectadores de lo que pasaba en aquel teatro ; y cuando mas imitaban el ejemplo que se les daba ; de cuya triste dictadura vino á nacer q,ue laa pasiones, y ámhicion que se abrigan en una grande capital cor- rompieron la nueva empresa, y la hicieron desgraciadamente abortar. Paris erecia cercado de cadalsos y ruinas ; y al me- nos en la revolución, como lo nota un escritor de aquellos tiem- (1) Ambos puntos fueron probados con gran fuerza por el Sr. Vi- j^íily Diputado por la Provincia Oriental en el Congreso. ' m pos I' nada perdía de su hermosura ; por él contrario h rapiña ejercida en varias provincias habia aumentado y adornado los establecirtiientos públicos ; y enriqueciendo á muchos indivi- duos les habia dado los recursos de dar ensanche á su capital favorita, abriendo nuevas calles, y formando plazas soberbias" Pero d proyecto es base de organización, * Creemos que no se dice sériamente que una medida dirigida á poner en una ciu- dad ya formada, la capital de las provmcias, sea un medio, y no como quiera, una base para organizar la nación, si por ca- pital solo se entiende el lugar de la residencia de las autorida- des primaras, y no tenga otra trascendencia que la de declarar- la tal. Mas Señores, con esta medida se mudaja faz del Esta- do : se desmembra y\e dispone de otro modo una provincia antigua : sus instituciones se estinguen : la misma provincia de- ja de existir como miembroi«» encargar al Sr. Gobernar «orde esta provincia la ejecución de la ley dada por el congreso ge- íieral constituyente en cuatro del presente Marzo, y de que se pasó copia al Sr. Presidente de la Sala de Representantes. Él Sr. Pre- sidente consideró que era debida esta confianza al gefe que ha pre- sidido & la benemérita provincia de Buenos Aires. Mas el Sr. Ge- bernador no ha tenido á bien llenar las justas miras del gobierno na- TJional, y temando «na tesol\icÍ9?a contraria al caráctef de la rarsina -72 ley, avisa haberla pasado á la consideración de la representación de ]<) provincia. Este procedimiento ha obligado al Exmo. Sr. Presi- dente á tomar sobre sí la mas pronta ejecución de la referida ley, dictando al efecto las resoluciones convenientes. El Sr. Presidente ha ordenado al que subscribe que con los do- cumentos que acompaña instruya de todo al Sr. Presidente de la Sa- la, para que al poner en el conocimiento de los SS. representantes el contenido de la comunicación que le dirigió con fecha de hoy, lo haga igualmente con el de la presente, al solo objeto de que los SS. Representantes adviertan las particulares consideraciones que ha creído deber prestar á esta digna provincia, distinguiendo con una confianza honrosa á su gobernador, en el momento que cesa el ejer- cicio de sus funciones, á consecuencia de una ley dictada en bien ge- neral del Estado, y en el particular de la misma provincia. El que subscribe, «^c. Julián S. de Agüero. El Gobierno de la provincia S su legislatara. El gobierno de la provincia pasa á la consideración de sus hd- norables Represeatantes copias autorizadas de la ley sancionad» por el congreso constituyente en 4 del corriente, y de la nota cod que el dia de hoy le ha sido comunicada por el ministerio de gó- bierno de la Répública, esperando la resolución. E! Gobierno sa- luda á la legislatura de la provincia con el respeto y consideracioa que acostumbra. — Marzo 7 de 1826. Juan Gregorio de las Herat, Manuel José García, Otro del Gobierno de ía provincia á su legislatura. Después de recibidos los documentos que el gobierno y capitán general que subscribe, comunico hoy á la Honorable Sala, se han recibido la nota y decreto que en copia se acompañan, juntamente con la anterior que el gobierno ha creido conveniente^ dar. El que , aulíscribe ha juzgado de su deber,, instruir de todo á la H. S. salu- dáttdola con el acostumbrada respeto. Juan. Gregorio de las Heras. Manuel José García. OBSERVACION. Sobre lo que mmístran loé antecedentes rlocumentos no nos detendremos mucho, á pesar de las graves cuestiones que ellos en- vuelven ; su examen seria ya tal vez estemporáneo, y esas cuestio- nes, aunque no en toda su estension, han sido tocadas en los demás artículos de este periódico, y principalmente en los discursos pro- nunciados en la discusión del proyecto de capitalización que esta- mos publicando. Ahora solo observamos — 1. Que por la virtud de un decreto terminante es que se ha arrancado al gobierno provin- cial el ejercicio de sus funciones — 2. Q,ue el gobierno provincial se ha negado á dar ejecución á la ley que se le comunicó, pasándo- la como era de su deber á la sanción de la legislatura de provincia de quien le veníala autoridad, declarando que solo cesaba en el ejer- cicio—^. Q,ue con esta conducta el gobierno de la provincia se ha puesto en concordancia con las que han tenido los representantes,^ negándose ambas autoridades en cumplimiento de sus deberes á la ejecución de la ley de 4 del presente. SALA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA. Marzo 8 d« 1826. Hoy ha terminado la sala de representantes de la provincia. j¡] Terminado !!! No ... La memoria de las sabias leyes que dictó, áu marcha noble y libre, y la energía con que sostuvo hasta el úl- timo momento los derechos de Buenos Aires, la harán siempre vivir en nuestros corazones. Ella .... Mas pasemos al acontecimiento deldia. La salase reunió, fué leida una nota del presidente de la Repú- blica y otra del gobernador de la provincia. En la primera s« pre- venía al presidente de la Sala, diese las gracias á los. representantes, y después de señalar varias formalidades con que ?debia cerrarse la acta se mandaba á la Sala se disolviese .... Varios Señores toma- ron la palabra y manifestaron que el carácter de la sala era delibe- rar, no obedecer ciegamente, clacificando la medida que se quería hacer, ejecutar de violencia ; añadiendo que según la disposición que le manifestaba parecía estarse dispuesto á contenerla con una compañía de granaderos. Se indicaron también diferentes proyec- tos de contestación á la comunicación del presidente de la Repú- blica, vertidas con^mas ó menos viveza pero todas en el sentido de una disolución solo de hecho, y no pudiendo arribarse á un término de avenimiento, varios Señores se levantaron declarando que con- flideraban disuelta la Sala puramente de hecho, y á esto visto que no habia número siguieron los demás. Así la Sala no ha prestado 74 ¿a sanción á un acto ilegal. Tal lo consideramos porque la exis- tencia de la Sala estaba garantida por la ley fundamental de la sala misma de 13 de Noviembre de 1824 ; por su confirmación de 22 de Febrero de este aüo y por la ley del congreso de 23 de Enero de 1825. Después de este paso ya no nos es dado sino sentir y callar respecto de íl, tributando nuestros mas distiguidos sentimientos de gratitud á los Señores representantes que han cumpIido^ con su de- ber, y sabida llenar su puesto. CONTRAMARCHA DE PRINCIPIOS. Los ciudadanos pacíficos, y amantes del bien público han sido sorprendidos altamente con la subersion de principios que lian notado en alguna parte del congreso según el orden de sus últimas deliberaciones. Es preciso no alucinarse y no creer que la masa general se seduce con la repetición de salud públi- ca y con invocar al sagrado nombre de Patria. Lo que hay de real es que la parte sana del pueblo se baila por lo común dis- traída con el peso de los negocios y con la atención de un gran número de atenciones particulares, no está siempre prevenida ni sobre sí para sentir los ataques de una política refinada. Mas ¿que sucede cuando llega el desengaño y la mayoría no es cojivencida de la utilidad de las medidas que adoptan los inno- vadores ? Sucede que ta razón va readquiriendo su dominio ; la sorpresa es disipada, y el sentimiento unánime del poder de la ©pinion es suficiente para liacer ilusorios todos los esfuerzos de un partido. ¡ Terrible fatalidad la nuestra en que el escar- miento es preciso que sea siempre en cabeza propia sin que nos basten las lecciones de los tienrfcpos pasados T ¿ Y si no, cual es la cansa de que nuestros políticos no traigan á la memoria los resultados de la asamblea prim^era y congresos posteriores, al seguir una marcha tan idéntica á la de aquellos tiempos ? Dicen que las circunstancias no son las mismas y que la ilustra- ción.......; Ah ! sí; la ilustración. La ilustración corre siempre tras de la verdad y ella es enemiga de que á esta se la esconda bajo el misterio de las voces. ¿ Se cree por ventura que haj hombre sensato que no haya sentido toda la fuerza de la contradicción cuando para acordar el nombramiento de Presidente de la República se adujo que era preciso descargar Gobernador de la provincia del peso de los negocios naciona- les para podepse contraer como era debido al adelantamiento 75 particular de su provincia ; y luego después, á renglón segui- do se propuso la reunión de ambos ministerios en el nacional porque se suponia que no podria march9r sino teniendo bajo su dirección al pueblo de Buenos Aires ? Es preciso que el error se confiese y que se hagan públicos los desaciertos á que nos encamina una precipitación ciega, y el deseo de adquirir una preponderancia á costa de sacrificios nacionales. Es sensible á la verdad ver dirigida esta marcha por perso- nas que gozaban de aura popular y que parezcan capaces y dis- puestas á hacer la felicidad de sus compatriotas. El camino las estaba preparado y acaso ellas hubieran, aunque mas tarde J violentemente tenido la gloria de presidirlos altos destinos de la República. Los hombres sensatos y de un influjo positivo en la sociedad ; aquellos que no se venden á los empleos, que no lisongéan vanamente los caprichos del poder, y qae cuando se ofrece saben decir verdades amargas ; esta clase de indivi- duos siente ver efectuado un cambio á costa de los principios ; y siente mayormente que una vanidad ciega ó loca presuncioa del saber, haya hollado tan audazmente las opiniones de tantas personas respetables por su conducta y sus conocimientos. No- sotros respetamos las opiniones de los SS. de la oposición : pero sin pretender agraviar á nadie, y volviendo y volviendo la vista al Congreso,pedimos que se cotejen ambas listas del pray el con- tJa. En esta última se ven insertos en particular los nombres de los oradores López, Castro, Gorriti, Morery?, Zavaleta^ Funes, Pazos. ¿Cual de ellos no es conocido en el territorio de !a república y no figurará con dignidad en los anales de tiuestra historia ? Según la opinión de todos estos individuos el paso que ha dado el congreso sobre su, impolítica es ilegal y negada ; dudosa que sea la legalidad de esta medida, pregun- tamos si el congreso no es ya un cuerpo muerto para la nación; el cual ni aun tiene la capacidad de hacer el bien, á lo menos obrando por principios. Nosotros quisiéramos que se volviera la vista á todas estas razones, que ellas se pesaran con aquella sangre fria que es compañera de la prudencia y del amor de! bien: ellas bastarán para convencer, sino contribuye suficientemente á ello la de- serción casi general que ha hecho la barra ; la renuncia que han hecho ciertas personas de sus empléos, la resistencia del gobierno que fué de la Provincia, en servir de conducto al Presidente de la República para el reconocimiento de la ley de capitalización ; la indignación qae manifestaron los diputados 76 de la provincia y el modo brusco como abandonaron sus pues- tos por no querer reconocer las órdenes que pasó á la junta de gobierno nacional, la cual no fué obedecida ;( 1 ) y en una pala- bra el aislamiento en que va á quedar dicho gobierno, si las de- mas provincias siguen el ejemplo de la de Córdova, y en esta se sostiene lo que ha sancionado su junta. Todo, todo anuncia un porvenir azaroso y llena el corazón de una amarga desconfianza. El cambio de dirección que se ha observado en las personas que se pusieron al frente de los principios liberales en el ano 21 y 22, valiéndose de la popula- ridad que les había dado aqiíella primera marcha, ha sido un golpe funesto para la prosperidad del pais. Ellos debían cono- cer que la confianza no era meramente personal y que ella des- cansaba en la observación de su conducta pública. Ahora bien, preguntamos los ciudadanos que habían contribuido á estable- cer aquella confianza ¿ por qué hemos sido abandonados eii; nuestra carfera ? ¿ Porqué razón se acomodan los principios al paladar de las personas que pretenden el mando? ; Porqne hemos visto interpretar una ley y una ley fundamental cou otro sentido que el que dá la convicción interior y la concien- J'"" vano buscamos solución á todos estos argumentos No encontramos que la vanidad de los hombres y su Srguilo en pretender dirigir las voluntades c.on la varita de Moisesr ^ • Continuará. (i) Solo se oye á un individuo eclesiástico que creyéndose en medio de una congregación de fieles predicaba místicamente ¿a Lta obediZT Basgt^htstóríco, para hacer juego ' con la cita de Rohespierre par el autor del Diálogo. • / ^ . . ° --iy j Mil.., nuP fp PfJ^^'^^^to llevó muy á mál esta representación (aírigíáa á que hfi „ :Í^^^^^^ y ch6 una respuesta muy agria á loUficiales que la himaban. Los oficiales msistieron en su consejo ; y por mu- tuos altercados y oposiciones, la ruptura se hi^o mas grande entre el ej rcitoy la RepabUca. Cr.m.../,'hallando que las cosas ¿taban Z .ZZ P-''"'* ""^J^*"' '^^"^^^^ una junta de oficiales, para tomar lua Zr! r^'" ^-^f ' ^^^^'"^'^ P"^^'^^«- ^^^^^^^ te- li^nrlo ' r"^°?' ^""^ "^"'^^«^ opositores. Harrison el c ini L n^f f -^' S^"^^^^ ''■^'■^'^^ de abrir fcr le replicó con fuego, que era preciso que Jesús viniese muy á \ prisa ; pues si demoraba hasta pascua llegaria ya muy tarde y en* contraria el lugar ocupado. Mientras los oficiales estaban en esta dis- cusión, el Coronel Ingoldsby informó á Cromwel que el parlamento es- taba en sesión, y habia pasado una resolución de no disolverse y que se hiciesen nuevas elecciones para subrogar á los diputados que fal. taban ; y que en aquel momento estaba tratando de este puntó. Crom'w€l montado en colera se encaminó en el acto á la sala llevan- do consigo un cuerpo de 300 hombres. A algunos de estos coloco en la puerta, á otros en la antesala, y á otros en la escalera. Y ha- biendo entrado se dirigió á Su amigo St, John diciéndole que venia con un asunto que en realidad lo acongojaba hasta el fondo mismo de su alma, y del cual habia supHcado mucho al Señor que lo librase • pero que era preciso para aumento de la honra de Dios, y el bien de la nación. Entonces se sentó por algún tiempo y se puso á escu- cuchar el debate. Se inchnó hacia Harrison, y le dijo que ya creía que el parlamento devia disolverse. Señor, le dijo Harrison, la obra es muy grande y peligrosa : os suplico que la consideréis seriamente antes de emprenderla. Dice V. bien, replicó el general, y se quedó todavía sentado un cuarto de hora. Cuando se estaba á punto de votar, le dijo otra vez á Harrison r ahora es el tiempo : es preciso que lo haga. Y poniéndose en pie de improviso, llenó al parla- mento de imprecaciones, y acusaciones las mas viles^ reprochándo- les su tiranía, ambiCiOn, opresiones, y robos sobre el público. En- tonces dando una patada en el suelo, que fué señal para que los sol- dados entrasen. « Qüe infamia (dijo ál parlamento) idos de aquí ; haced lugar a gente mas honesta, que cumpla fielmente con su pues- to. Vosotros ya no sois parlamento : os lo digo, yS no sois parla- mento. El Señor os ha dejado de su mano : él ha escogido otros instrumentos para llevar adelante su obra " Habiendo esclamado - iiir Harry Vane contra este procedimiento, le dijo con palabras des- compasadas ; O ! ! ! Sir Harry Vane, ¡ Sir Harry Vane í Dios me hbre de Sir Harry Vane. "Hechando la mano á Martin de U en- saca «V. esunconcubinario" le dijo. A otro, V. es un adultero. A un tercero, V. es un borracho y glotón. Y V. un usurero, diri- giendose a otra persona. Mandó á los soldadados que tomasen la maza del uxier. "¿Que haremos con este chiche ? Y bien, ar- rójenlo a fuera. Vosotros sois, dijo dirigiéndose á la sala, los que me habéis obligado á este paso. Nofche y dia he rogado al Señor que mas bien acabase conmigo que encargarme de este negocio. Habiendo mandado á los soldados que despojasen la sala, hizo seña- les de salir y salió el último; y ordenando echar el cerroio á la TfueTtay se fué á sus aposentos en WhitehalL {Hume Historia de Inglaterra.) 78 ^FISO, Se publicará el Miércoles próximo, con los dis- cursos que faltan de los Señores que han hablado en Ja discusión del proyecto de capital— Con un artículo sobre el retardo en la publicación del presente N.° con una contestación al nacional y otros artículos, OTRO — JÍ los Suscriptores y al Público. Las suscripciones á este periódico se recibirán * en la tienda de iMarcet donde se vende; en esta im- prenta, y por los repartidores— Los recibos serán fir- mados por EstevanHallet y Ca. ERRATAS. Pagina 73 linea 33, donde dice gue le manifestaha, léase aue se manifestaba. ^ En la misma página y línea, donde dice contenerla, léase sostenerla. • imprenta de Halkt y Ca. EL CIÜDADANO. K..> y.— BUENOS AYRES, MARZO 22, DE 'LHihprudence et Verreur De la chute des Bois funeste, pre&jrseur. La imprudencia y error Pe la caída del trono í'unesto precursor. ^OS EDITORES. Desde que se publicó el primer número del Diálogo, sus 'editores nos impusieron una deuda que hasta ahora no había- mos podido satisfacerles, y sobre la que tal vez nada habría- mos dicho, si la publicación de la segunda y tercera parte, de Bquel papel no nos hubiera hecho conocer que se nos conside- raba como á insolventes, aumentando por esto el reclamo. Al efecto^ descargarnos algo, es, que nos vemos obligado en este numero á anteponer á otros artículos de importancia, el siguien- te ocio de uno de los editores, determinados á continuar los pa- .gos, si acaso el dialoguista no se considera bastante satisfecho con el presente— CONTRA-DIALOGO. Entre Vasco-Agarras y el Gallego Turpin, PRIMERA PARTE. Vasco-Ágarr&s — Nuestra buena estrella nos ha puesto, querido compañero, en el camino, de que á veces nos ha sa- cado la enemistad de machos, ün génio tutelar nos va á ser- vir para introducirnos de fresco en cosas superiores á la clase á que nos condenan nuestros vicios. Hablando en oro, no de- bemos á la naturaleza otros dotes que la. locaacidíid, y an im- 80 pertiirbable descaro ; pero también es cierto, que aunque so- mos de origen muy humilde, tan pobres como ratón de ií^lesia, y sin ningún talento ni industria conocida ó por conocer, he- mos conseguido antes de ahora hacer alguna bulla, y no muy malos negocillos. Os digo esto, querido compañero, no para sonrojarte, pues bien sé que esto es imposible ; siíso para que teniendo presentes las causas que antes nos derribaron de la deseada elevación á que pretende nuestro orgullo, y ¡ó cruel memoria! Nos privaron de la abundancia de dinero porque palpita nuestro cuitado corazón, hoy andemos con pasos mas medidos, y sigamos un plan de operaciones que fije nue?tras esperanzas, y convierta en sol permanente el rayo de fortuna que alumbra. Turpin. — Has hablado con una unción divina, que me ba penetrado hasta el fondo : un Fenelon no os igualára. Creo por esa entrada tan solemne que vais á hablarme de algún plan sobre alguna empresa admirable que haga honor á nuestras per- sonas, y embalsame nuestros bolsillos, que en verdad están tan alerta como el buche de un gavilán. Pienso que te adivi- no Sabes mi innata propensión á ejercitar las virtudes hospitalarias. Háblame sin rodeos. Vasco, — Escucha : no has penetrado mi designio. Tíí tienes el arte de escribir imposturas y bagatelas, pero yo poseo sin disputa el don de la palabra, y de reglar el pensamiento. Es- tas dos bellas calidades (perdona mi superioridad) se han reuni- do como el capital indispensable en la antigua compañía que for- mamos, y con el cual hemos negociado y vivido sobre la pro- vincia Oriental, el Brasil, y el inocente Buenos Ayres. Al en- trar en nuestra profesión nos propusimos hablar entre nosotros la verdad, y de allí afuera el engañar á todo el mundo. Esta buena fe de comercio, ó si quieres, base de asociación^ la obser- van hasta los salteadores. Por lo tanto voy á esplicarme con franqueza. Una empresa de la naturaleza de aquella que obtuvimos por medios que tú no ignoras, con envidia de muchos, hoy se- na una pe(|uenez ; entonces nos hicimos los importantes á trueque del silencio ; y hoy es necesario roncar, pues la inac- ción embota las armas de un partido y lo reduce á un modo de ser muy precario. Me ves en zancos, y no alzas la cabezal Oyes que la orden del dia es elevarse, y quieres seguir en el fango, y vivir á costa do em la^io. y pucheia- ? . O Turpin ! ISo te acuerdes que eres gallego — olvida las ollas de Egipto ; 8^1 revíetete de intrepidez, y sigue la marcha del siglo. Fuera de que. cuando emprendimos ese negocito qne te ha salido a! pa- ladar, era tiempo de paz. y habla pocos medios de prosperar en nuestro oficio: apenas una reformita de frailes, y otras frio- leras de esta especie, que no daban sino hmsos que consumir: mas hoy, ¡ que diferente perspectiva ! Con la guerra y la salud pública en la mano podemos hacer una contrata para estancar toda la carne que necesita la ciudad, diciendo al gobierno que conviene en estas circunstancias reglar y asegurar los consu- mos, no sean que vayan á faltar como ya sucedió, y el pueblo llame á los portugueses. Ya me parece que abrimos nuestra ^ran oficina; que quehaceres tan nobles; que circulación ; que imperios ! En la puerta podríamos poner la piedra de la sociedad filarmónica (no te admira mi previsioti ?) que ha que- íiado sin ejercicio, con letras doradas que dijesen, restaurador universal por los señores empresarios fyc. cori la guerra y la sa- lud pública podemos estancar el agua del rio de la Plata bajo el protesto del bloqueo y cañoneras efiemigas, que comprome- ten las vidas de los aguateros y de las lavanderas ; y entonces ¡será una wíaravilla el ver un vaso de agua á peso, y á nuestros hombres de fortuna gastar una onza al dia en solo el renglón de agua y panales; ¿y no vale mas un vaso de agua cuando uno está sediento que un huevo de gallina ? ¿ ¥ no sabes que á muchos de nuestros mentecatos se les ha hecho tragar el de- salino de que es preciso que un huevo valga un peso para que el pais pueda arribar al colmo de su prosperidad ? Mil otras co- sas te diria para comunicarte una idea de mis recursos financis- tas ; ni necesitas saber mas que esta ha sido mi ciencia prácti- iCa, y que tengo dispuesto aunque para después de mis dias, un tratado 50¿re contrato?, que será la obra mas completa — uiia ©bra póstuma, me entiendes? Pues mira : — alguna cosa de esta especie se halla rodando en raí cabeza ; pero no esperes que yo descubra mis arcanos, m aun á tí, antes de tiempo. Solo trato de imprimirte aquella aptitud que demandan nuestros intereses comut es. Y como tú siempre has pecado de falta de luces verdaderas, pues de buena fe me has confesado alguna vez que apenas aprendiste á leer en tu patria, me permitiré e\ proponerte alguna mejora en el plan de ese Diálogo condenado con que tanto has calen- tado la cabeza á los seductores y anarquistas. Turpin — De gracia, déjame antes gozar del placer de esas empresas lisongeras. Te crees ^on influjo bastante para ar- 82 Inncar de manos del gobierno un contrato de esos sublime?, toor eiemplo, el del estanco de la carne, que casi estuvimos pa- ra lograr en otro tiempt) ? Serás capaz, ó respetabie ami- go aunque fuese la imprenta del Estado, * Vasco— No hay cosa ninguna imposible en la grata posi- ción en que me hallo; el soplo de la suerte se aumenta basta una hermosa bria ; y tCi serás mt buen piloto, que lleves la na- Te cargada. En este punto era bastante que mirases el rápido Tuelo que he dado en poco tiempo ; mas sobre todo te haré una reflexión que debe tranquilizarte hasta lo sumo, dejándote guiar á ojos cerrados. Cuando la revolución de estos pueblos había "ido mas lucrativa para mi que para miles de patriotas ; y después de haber gozado á merced de trabajo de otros, de considerables ventaías, teniendo un puesto en que todos los días estafaba al erario público de ingentes sumas que cargaba en aeuardiente. yerva, y en otras menudencias destinadas para la tropa: y después de haber escitado por estos honestos manc'os un ódio casi universal que me marcaba como al genio del latrocinio ; habiendo entrado en reflexiones, y considerando Q«c las cosan tienen su término, y que la habilidad consiste en ¿udar antes que ellas cambien ; me metí en la conspiración que llamaba á los portugueses á usurpar los hogares patrios. Este plan sábio estaba destinado, como lo sabes bien, a chance- llar todas las cuentas con la revolución, y á evitar esas residen- cias odiosas que alguna vez se levantaban á usanza del régimen anti-uo, ó al menos podian levantarse. Por supuesto que de- bia "ser de los primeros en agarrarme de esta tabla pieciosa ; con todo siempre he preferido la parte activa á la pasiva, y no solo no fui de los últimos que apostataron de la patria, sino que sacando partido de mi génio de cobachuela entre de hoz y de coz en el proyecto ; me hice el agente de la empresa ; giraba correspondencias pérfidas llamaba al tirano estrangero ; y fa- cilité su venida. Un tropiezo, ó la torpeza de un tercero, ha- bo de costarme bien caro cuando aun me hallaba en Buenos Ai-^ res - pero al fin salvé de este peligro sin otra perdida que el se- creto de mi perfidia y volé hácia Montevideo, donde esperaba recoger de la gratitud portuguesa el fruto de m. solicitud. Vo- íé Tur-mn, dando para siempre la espalda á Buenos Aires, al menos hasta que pudiese volver acompañando el ejercito por- TnZZ ¿y pude pensar en otra cosa cuando mi alevosía era tan clari ? Estos p¿ts»rdos ^ lo* pueblos no son para ser ¿05 YtíCeBt ^4 otro papeüto de diversa nomenclatura son tan escasas las espe- cíes que nos hrin dado para defender la capitalización, y la es- tmc.on de la provincia, que fué preciso recurrir á la arma deque usíwi los malvados. Poco hacia el Diálogo con tratar de Jar- qmstas y demagogos á los que han concebido dudas sobre la oportu y legalidad del provecto; y que siguiendo en la manía de creer que están en un pais libre, han proferido su opi- nion, con la franqueza que acaso demandaba el puesto que ocupaban en la sociedad ; esto lo baria cualquier sugeto de la pleve ; y todos los días presenciamos que los necios, presumi- dos, se desenredan con dicterios de cualquiera ditículíad. La obra superior consistia en tratar de que desaparezcan tan im- portunos adversarios, haciéndoles causa de estado por lo mis- ólo que se les deb.a agradecer ; y para ello el Diálogo se pone á a vanguardia de esta empresa inquisitorial,acusando á los opo- sitores (el diablo es que son tantos) de que maquinar contra la autoridad, y que traían de insurreccionar las provincias. Si el presidente cae en el lazo que se le arma con esta sutil invención, se consiguen dobles ventajas : la primera, descartarle de algu- no^ hombres qute conocen nuestra inmoralidad ; y que por su8 servicios, y uces han de ganar n.as tarde ó ma/ tempíano la confianza del que gobierna. Segunda hacernos pasar por fie- es centinelas de la administración, y persuadir que solo á núes- Xxv^ se debe el que no se violen los respetos de la magistra.^ Con ambas cosas se pone tan llano el camino como la paN mr/iV- T""" ^'^^ '-''^^^^ ^' policía se colo- que en cierto individuo seguro, que no se pare en nimiedades, Z.:^ ^'>l^''Yn.;erán espias, y testigos falsos que digan la jnismo que el Diálogo, y entonces con una causa criminal se barrerán estos tropiezos. £s verdad, que esto choca con los principios proclamados-tambien es cierto que ha de costar el hacer entrar al presidente por una medida semejante. Pero el ntalogo repetirá sus velaciones, clamará que álos anarquistas seles ponga afuera de la ley -clasificará sin remedio, y sin ninguna apelación, quienes sin estos sediciosos, y ... ó /a Un- terna, á la hnterna. O ) La arenga del Dtó%o para justificar estos excesos ya está lista. La guerra reclamará un gobierno 85 fuerte y enérgico ; y la salud pública pedirá el esterminio de los facciosos, y de los enemigos del orden. (1) El Diálogo se muestra muy diestro en poner en juego las pa- siones de los primeros personages que brillan hoy en nuestro hori- zonte político, porque habiendo escitado aquella, poco hay que te- mer del lado del buen juicio, y el hombre mas superior en luces pue- ser dirigido por los manejos rastreros de un imbécil. El sabe que los hombres grandes presentan generalmente el flanco de una estre- mada vanidad, y amor de su reputación, que los hace mas suscepti- bles que el común de ser movidos por la voz de la adulación. Por lo tanto, no quiso perder este medio de hacer su entrada al señor presidente del Estado, y de insinuarse en sus favores. Suponer como supone el num. 2 del Ciudadano que los bienes que hemos sentido no proceden de las instituciones que creó y sostuvo Rivada- via ( / que aire de familiaridad, y que á tiempo / ), y llamarles de- senvolvimiento y resultado natural de estravios, es sumamente bár- baro porque todo el mundo sabe lo contrario ! ¡ O gallego mas que divino ! ¿ Qjiien pudo inspirarte este concepto ? (Aquí Vasco le dió un estrecho abrazo á Turpin) Es verdad que ese papel á quien calumnias se hace tiras por inculcar la confianza en las instituciones, y no en las personas, y á fe que eso está muy puesto en razón. Pero el Diálogo ni conoce ni quiere saber lo que se entiende por esa palabra instituciones'. Atenerse á las personitas mientras estas tengan poder, y afuera con esas teorías que nada producen de práctico. Por lo tanto, es muy oportuno borrar con una pincelada los diez años primeros de la his- toria de la revolución ; olvidar los trabajos de los que la empeza- ron ; la libertad de imprenta; ía abolición de la inquisición ; la ma- numisión de los esclavos ; la libertad dada dos veces al Perú ; la conquista de Chile ; la toma de Montevideo • la espedicion á Lima^ la declaración de la independencia, &c. y afectar que el pais ha na- €Íclo tan solamente en la época del Sr. Presidente actual. Desde el ano 20 á esta parte han de empezar nuestros anales ; y la fiebre de aquel periodo se ha de llevar tras sí lo pasado, como al hombre le despoja de sus cabellos una violenta enfermedad. Es muy opor- tuno también llamarle génio, aunque esta espresion ha sido poco ha producida por invectiva por un orador ministerial contra Bolívar. Es oportuno basta llamarle creador. El año 20 será el caos ; y á mediados de 1821 aparecerá el universo. Se podrá decir con la Escritura : Y la tierra estaba desnuda y vacia, y las tinieblas estaban sobre la haz del abismo, y el espíritu del Señor era llevado sobre las aguas— Y dijo Dios : sea hecha la luz, y la luz se hizo — Y vio Dios (1) El mism > ieng-uag-e de los demagogos y sanscalotes de Francia capitaneados por Robespierre. 86 la luz que era buena. Y separó á la luz de las tinieblas — Y kijo : produzca la tierra yerva verde, y que haga simien.e, y árbol de fru- ta que dé fruto según su género, cúya simiente esté en él mismo sobré la tierra— Y fue hecho así (1). Ni hay m^s que hacer la aphcacioa mudando boIo una palabra. TMr/)iw.— Bella idea para que la cótiiehte él Diálogo. Mas por ese rumbo yo pienso avanzarme algo mas y fundar una especie de secta que tribute un culto positivo al creador de tantas bondades; Al íeVaiitarme de la cama me pondré todos los días de rodillas, se entiende mientras se halle en el mando, y k grandes voces, cosa que me oigan de la calle, recitaré la oración siguiente que se me ha venido á la mano : Tu inmensidad lo llena Todo, Señor, y mas, del invisiblé Insecto al elefante Del átomo al conieta rütilaritei Y cuando el inflamado Sirio mas arde en cóngojoáos füegbs, Td las llenas espigas Volando mueves y su ardor mitigas. Pero á par en las ondas Te hallo del hondo mar : los vientos llamas, Y á su zana lo entregas : O si te place, su furor sosiegas. Vascó. -^ Está muy bien i pero repara qüe ese señor sabe de- masiada para ignorar que la alabanza en boca del malo es vituperio, y así es preciso irse con cuidado. Ademas hay aqttí gentes que se acuerdan de lo mas mínimo, y cuando Se retire del manoo nos lo echarán en cara. Sobre que hay ^uien se acuerde que de naes- tra parte se dijo respecto de sH administración anterior que lo úni- co sólido que se habia hecho era en el departamento de hacienda que presidio ese ! ya no me acuerdo el nombre que le damos. Mas ahora es preciso advertir que el Diálogo ha incurrido en una contradicción grosera cuando por una parte derrama elogioe tan estravagantes en favor del gobierno actual, y por otra esparce fe manos llenas las acusaciones mas viles contra el ministro que ha concluido ; pues si este es tal como él lo quiere figurar, como es nue se le ha podido ofrecer el ministerio de relaciones esteriores. Aquí no hay medio para escapar esta alternativa : ó el mimsterio anterior no merece las horribles imputaciones que se le hacen ; O si la merece, la actual administración que lo solicita, y le oírece (1) Verso 2, 3, 4 y 11 del Génesis. B7 »h puesto tan altó tía sü seüo, es tan prostituido y tan reprensible tomo él. 1 r> ' 7 £! Otra contradicción resulta en las personas que el Diálogo fígu- '¥a complotaílas contra el orden actual de cosas, y para sublevar las ^i-oVinciaS. Gomo todo el mundo conoce que no hay ninguna reía* ¿ion entre los que se hace jugar en ese drama, la conjuracion es ridicula y la invención pobre en estremo. Todas estas son faltíS muy chocantes que es necesario corregir. Los hombres de bien íse han sonrojado cuando han visto tanta malicia vomitada contra in- dividuos de carácter que han rendido sérvelos que el Diálogo no es «apaz de valuar ; la decencia pública ha sido atropellada en el mo- ■do mas insolente, cuando americanos de crédito han sido insultados de ese modo por un aventurero que no perteneced este suelo ; sin mas íque haber tomado parte en una discusión que es suya ; y por últi- jjap la reputación del gobierno padece mucho con tal defensa y tales ' {defensores ; pues á mas que esos medios empeoran una causa ma- la, siempre se dice aquello d& cÚme ton guien andas ^c. , Sobre todo ha tenido poca prudencia en llamar águilas á los . los deberes que le impone su pais natal, quedando en ese caso desgraciado el derecho á su provincia de obrar como juague conveniente. ^1 - Cuando en este título esperamos ver ya algún resultado de las sábias medidas de la autoridad de la nacron. ó á lo me- nos alguna esplicacion sobre la escapada de los prisioneros bra- sileros, primera empresa que ha llegado á nuestra noticia con relación a esa guerra desde la elección de gobierno permanen- te, nos sale el JVactona/, con una preguntad la que dice que solo puede responder el hermano Diálogo con lo que debió de- cir en el artículo Periódicos, con anunciarnos con que va á pen- íar, (¿sisera algún otro notable?) mas como este periodista nos ínete en todas partes (¡ tal nos quiere !) será preciso que noso- tros también nos metamos en su artículo. i Preguntamos al Mensagero ? Cuando se asegure que ya mu- ño, y cuando por ahí se dice que si vuelve á aparecer será ha- bienio perdido una de sus mejores espadas, á la que se ha sosti- tuido otra que por lo que pueda tener de piloto bien podría ser- vir para dirigir una goleta. Pero ¡ pero y el mamñesfo que anuHciü ! ¿ Como no ha salido obligando al Mcional á la nece- aidad de pensar? Nosotros apenas nos acórdábamos de lá cierta, por que á la verdad eetamos, por que en materia de guerra los mejores manifiestos son el mayor número de bayo- netazos; pero juzgamos que la falta de ese papel, haya naci- do, de que e/ .^c^^agero, no fuese tan buen profeta como el •Nacional que hace algunos dias que no yerra profecía : y no debió presumirse cuando la ¡nfalíbidad solo es concedida á la Iglesia. Mas él Ciudadano podría contestarle al Nacional pues Ocupa ahora ti papel que desempeñaba el Mensagero. No, señor editor • vos mismo le habéis supuesto en otra parte un plan mucho mas es' tenso; lo que hay es c^ne e\ Ciudadano no está acostumbrado á sacar^Iucro de los^ muertos, y que si defiende en algunas cosas al ministerio que acabo, es porque todas las trompetas que lo prbclá^ maban cuando vivía, en cuyo número no ha dejado de contarse el J\acionnl se le han declarado en contra. Pero al Diálogo qne pare-^ ce está muy impuesto en los secretos del antiguo y nuevo ministerio firava determinación, y bien franca confesión el Diálogo ést^ impuesto en los secretos del nuevo ministerio ! Bravísimo' • ' Ya en adelante le daremos todo respeto cómo á sublime hecho de ía- mano sonido. Pero Sr. Nacional ? ,.Por que os habéis apurado tanto & hacer esta descubierta ? No sabéis que todos los que han 9^ tivido desde el año diez, estás poco mas ó menos instruidos en todos los secretos de los ministerios por mucho que hayan querido pcultarsie ? Al Diálogo le das un carácter de autenticidad. Muy bien, si ello creéis que puede convenir á vuestro propósito ; noso- tros ya os hemos asegumdo al respeto en que le quedamos, y en esle niismo nümero le mandamos memorias. En esta ojeada del Nacional último, solo nos hB quedado por recorrer su artículo Representación Kacional : en el artículo contramarcha de principios del número anterior algo se encon- trará que pueda aplicársele. Juan Gregorio de las Heras á sus conciudadanos de la Provincia de Buenos Mres, Compatriotas, y amigos: Llamado á la primera magistratura de la provincia, por vuestros sufragios marché desde el punto donde me hallaba, obede- ciendo vuestra voz, y mis sentimientos siempre incli- nados á todo sacrificio en bien de la patria, y mi pais natal : en posesión de tan elevadas funciones procuré contantemente el sosten de las leyes, y principios, que vuestra ilustración y esperiencia habian esta- blecido, y la conservación del honor, y crédito, con que puedo lisongearme he marcado mi carrera pú- blica. Sobre estas seguras bases, creí llegar al tér- mino que la ley fijó á mi autoridad ; en el curso de él, he sido interrumpido por sucesos que son noto- rios, y cuya historia no quiero renovar en vuestra memoria, pero espero me permitiréis haga alguna detención sobre mi conducta durante el periodo de- licado de mi mando. Reconociendo el origen de mi autoridad en la voluntad de vuestros representantes, y obediente siempre á las leyes, juzgué de mi deber presentar á su consideración todos los antecedentes, y arreglar mis determinaciones por las que su zclo 93 é ilustración me prescribiesen : con conocimiento de sus ardientes deseos, y resolución de sostener sus ins- tituciones, que tanto crédito y respetabilidad le ha- bian proporcionado, reclamé debidamente su conser- vación por todos los medios legales, tínicos que mi educación y principios me permitian í mis reclama- ciones j vuestros derechos, han sido desatendidos, y olvidados los generosos esfuerzos, y noble franqueza con que constantemente os habéis prestado, cuando el sosten y felicidad del Estado lo reclamaban. Sin ptros recursos legales cesé en el ejercicio de las fun- ciones de que fui encargado. Vuestra imparcialidad decidirá SI mi conducta pública y vuestros grandes sacrificios han merecido un desenlace semejante, Después de estojo me veo obligado á retirarme áíá Kepublica de Chile, porque asi lo reclaman mis de beres domésticos, y porque no puedo al presente prestar mis servicios sin faltar á la delicadeza que prescribe la carrera militar, y la que es necesario respetar, para obtener los favorables resultados que deben esperarse de esta. Yo me despido pues de vosotros, y al separarme de vuestra respetable socie- dad, he creído de mi deber publicar esta esposicion, para daros satisfacción solemne de los graves moti- vos que me impuUaná tan mortificante determina- ción, y presentaros los votos mas sinceros de mi re- conocimiento, y respeto por vuestra bondad y el ho- ñor con que me habéis distinguido, no menos que vuestra cooperación, en el desempeño de mis debe- res públicos; asegurándoos por ultimo que como hijo amante de esta provincia, é interesado en su mayor felicidad, nunca seré indiferente, y sí, siempre sensi- ble a todo cuanto pueda interrumpir, este feliz tér- mino, á que está destinada por su naturaleza y ri- quezas, y que en todas épocas y distancias, el goce 94 de vueótros derechos sociales, y la mayor grandeva, . y prosperidad de nuestro patrio suelo, y de todas laa Provincias Unidas seráu siempre todas las aspiraeio* nes, é indélebles sentimientos de vuestro couciuda* daño .fuAK Gregorio de las Heras. ANECDOTA. Después de los últimos aguaceros, Ha aparecido una plaga de bichos negros, que metiéndose por to- das partes, siri respetar ninguna especie de entradas, han molestado á todos los "habitantes de este pueblo. Haciendo estas reflexiones, esclamó una dama ¡ Ved ahí 5 lo» nacionales ! AVISO. Gón este número concluye la suscripción de este periódico. Los SS. que quieran subscribirse pue¿- den efectuarlo ocurriendo á la librería de Marcet ; á esta imprenta; ó á los repartidores. Por coleo- cienes completas se acudirá á la arriba mencionada librería. Imprenta de Hnllet y Ca. EL CIUDADANO. N.' 8-BUENOa AVKKS, MARZO 2.5. np> L'vmprudence el terrettr Be la chute des Rou funeste precurseur. La imprudencia y error I)e la caida del trono FuDesto precursor. PROVINCIA DE CORDOBA. Por la légica que sé ha usado para hacer pasar en el con greso el proyecto de poner la capital en Buenos Ayres, y sobré todo, suprimir eUuerpo legislativo de la provincia ¿onocida con este nombre, parece que debiera ser lisongeroel encontrar que en otras partes se tiene una opinión contraria á lo oue sí» lia hecho Ultimamente. Se ha dicho que el proyecto era eran de porque era resistido, y que siendo resistido, debia ñor ló inismb^ser adoptado, pues toda medida de importancia siempre Halla tuerte oposición. Por esta estravagante máxima sería nfecesario decir que el mas grande de todos los proyectos es ^quel que cbocase con la opinión universal de las provincias v todas las clases del pais: porqué si una opoícion como ciento arguye que una medida es importante coíno ciento una aversión umyersal debe probar que es conveniente en todo el mundo. Asi es que los preceptores austeros, á quienes ha ca- bido la suerte de dirigir alumnos viciosos, hacln sistema el contrariar su voluntad, y esplorar sus inclinaciones para hacer- las que se dobleguen á la autoridad y disciplina. Aunque no fuese este interés, nos movería á publicar al ^unos artículos^^que encontramos eh el nüm. 2del Consejero Ar- génteo de Córdoba, la necesidad de dar á los derechol públi- cos oda la estension qué requieren : y como la primera de to- dos y in^l'^'/^r P^'^ ^^'^ discutir sus negó, cios; y el derecho de ducusion corresponde no solamente á la 96 nutoridad legislativa, sino también al común de los ciudadanos; por eso es conveniente presentarlo que se discurra por las per- sonas ¡lustradas de otros distritos. No imitaremos á la curio- sidad tiránica que mostraban los españoles en América cuando llegaba alguna embarcación de España en tiempo del cautive- rio de Fernando, que solamente preguntaban al capitán : ¿que buenas noticias trae Vd, ? Apesar de que constando en Buenos Ayres la resolución dq la provincia de Córdoba contraria al modo de capitalizar que se ha adoptado, no se hizo mas caso de aquel serio |>ronun- ciamiento, que de la ley fundamental dada por la provincia de Buenos Ayres, antes de concurrir al congreso, para seguir en €l estado y forma en que se hallaba; y que en un palmo de ter- reno los deseos y autoridad de dos provincias principales han sido omnímodamente de^precifidos ; se ha querido en algún momento de apuro hacer alarde de un gran séquito por los ami- gos del proyecto ; y se ha dicho que solo el Ciudadano se habia pronunciado por escrito en contra de la gran medida. Esto sin embargo es muy falso. En Buenos Ayres se han presentada al público ademas de aquel periódico, los papeles juiciosos y sábios con el- nombre de voto de un porteño, y voto imparcial sobre el proyecto sancionado por el congreso ; ambos desapro- bando este paso. En el mismo tiempo se estaba escribiendo en Córdoba contra él, y aun mas también al otro lado de los Andes en la Decada de Chile^ Esta opinión no corrompida, y á todas luces imparcial, vale mas asi por el numero, como por el peso intrínseco de su convencimiento, que el triste ruido de Ires sectarios del poder, que muy bien pueden reducirse á uno solo{l) La misma clase de disgusto á la distancia, y los mismos argumentos en contra (sin que haya podido preceder combina- ción alguna al intento) es el índice mas seguro del lado á que se inclina la balanza de la razón ; ó al menos, que el modo de pensar de aquellos que en Buenos Ayres se oponian á algunas cosas que se han hecho desde el mes de Enero á esta partei. no merece ser tratado por temerario, antes bien es digno de res- peto. K\ Consejero Argentino dice entre otras cosas lo si- guiente, hablando de la resolución sobre el ejecutivo nacional permanente. ' ( l) El Nacional agradecerá acaso que en los papeles que le hornos cita lo, contrarios á su opinión, no háyámos incluido á Claras verda- des, y al Cordobés de 4 de Marzo, de que por ahora no haremos uso. 97 "Este acto es mas transcendental de lo que aparece. ^ al primer golpe de remache que se da á las cadenas no se hace oposición, la suerte de los pueblos será bien desgraciada, y una arbitrariedad que comienza débil y en su infancia debe atacarse y destruirse antes que se robustezca y llegue á su virilidad. La continuación de actos hace á los pueblos indolentes y á los que los cometen audaces y atrevidos, con el primer suceso. La ley fundamental de 23 de Enero es nuestra única carta ; por ella debimos regirnos y guiarnos : por ella quedaban los pueblos en Ja actitud de repeler las leyes constitucionales : esta ley la pu- blicó e! congreso costituyente : pero si este congreso inistitu- ye leyes y las anula,'las estiende, y las restriñe permite ó suspen- de el ejercicio á su antojo, que.nos digan ¿que es ley fundameo- taf, y si vivimos en un pais libre? Esta ley es nuestra; despojarnos de ella aun en nuestro beneficio, es una culpa indeleble. ¿ Aca- so es permitido á una autoridad cualesquiera que sea, tratar á sus comitentes como á una manada de bestias ? A un rebaño ño se esfuerza á dejar un mal pasto para conducirlo á otro mejdr; pero es una tiranía hacer lo mismo con una sociedad de hom- bres. A estos es necesario procurar ilustrarlos, desengaflarlog y conducirlos á ideas sanas persuadiéndoles, basta obtener avenimiento y no de otro modo. El mayor bien hecho contr* la voluntad general, es un crimen por la sola razón de haberle escedido mas allá de lo que previene la ley. La utilidad pú- bhca, que se dan á estos actos, diciendo que las circunstancias lo reclaman es un odioso principio. Recórranse los tiempos y las naciones, y este gigante y manígfica ¡dea de utilidad pública se presentará en todos los actos arbitrarios del depotismo. No hay pues otra utilidad pública que el obedecimiento á la ley y Ja marcha según las instituciones establecidas, y esto es preci- sámente lo que se estrana en los representantes de la nación en los órganos que debían ser el sustentáculo de las libertades de sus comitentes. Hemos dicho antecedentemente que era prematuro é impo- lítico, y creemos no equivocarnos si se observa que ni la mitad de los representantes de los pueblos estaban reunidos, que muy en breve debía verificarse, y que para atenderá las necesi- dades bastaba el ejecutivo delegado. Si no podia seguir en sü encargo, y se sohcitaba un otro individuo que contraído esclu- sivamenteá las vias generales apurase y avánzase los recursos, y negocios del país, pudo nombrase iia ejecutivo interino 5^* provisorio, y aun haber designado al mismo índividuo,^ue pro- bablemente á su tiempo hubiera negociado su nombramiento permanente. De este modo se hubiera atendido siquiera al rea- peto que merecen los pueblos. Por otra parte ette paso ha podi- do y puede conducir la guerra civil al seno mismo del congreso tan sr)o con la denegación de su reconocimiento que practique un solo pueblo. Todas las provincias deben estar en esta persua- cion y á los alcances de sus resultados. Si alguna no tiene ei bárbaro piacer de hacer uso de esta arma que han puesto en sus manos, no ser a falta de conocerlo, sino por el sacrificio que exija el estado de guerra en que está el pais ; pero es precisa economizar estos fenómenos, y que no todos los dias se exijan sacrificios tan peligrosos. Ultimamente cerramos nuestras re- flexiones sobre este odioso negocio, sin dejar de volver á re- considerarlo si lo exigiese el caso observando, que aunque vemos que \osingleses y algún otro pais se ha constituido parcialmen- te dando leyes constitucionales como la de 6 del corriente es- pedida por el congreso : pero que el congreso del Sud por la ley fundamenta!, se halla comprometido á dar la constitución por entero, y no por partes según lo podian exigir las necesidades y precisioi» jue se fuese sintiendo en el país, " {Consejero de Córdova.) La representación de la provincia después de haber arreglado los asuntos que creyó precisos, acordó vacacionarse por dos meses» dejando en el entretanto para que proveyese á una ü otra necesi- dad del pais una junta de cinco individuos de su seno^ con el nombre de Commo» Gmera/, en atención ádos consideraciones. 1." Q,ue habiíndo concluido por el ministerio de la ley una tercera parte, que debia sortearse de entre los que habían ya estado ocho meses, tan solo quedaba el nümero de diez que era el preciso para formar sala, y que en consecuencia seria dificultosa la reunión, cuando el déficit de uno bastaba para inutilizarla, debiendo esperar por otra pcrt". para la convocación de la provincia que reintegre los conclui- dos, hasta la inmediación de la vuelta á sus funciones para consultar la letr;- de la ley que quiere qu-- cwhi ocho meses desde el nombra- miento S3 ren«ev" una tercera parte ; y como el nombramiento de presente no haría mas que hacer correr el término legal sin estar en ejercicio -i ; .:r;;v i.c.io, no pouria consecukrse el número piviciso para s:da a • h. >iendo rspresentantes sobrantes. En p lugar al- gunos propieuirios tenían que salir á atender sus intereses, otros á 99 Knf"! '^"'"'^«'^'^^^ que el término que previene él re tre estos se registran los dos artículos siguientes. ^ ' Art. 5.— El presidente estará á saí^ estraardinarias cuan, do algún asunto b exija ; y su despacha i^o. ,sté én las atríbu Clor es de la comisión general. «í" las atriDu- chemos ahora una ojeada sobre los enormísimos incon- .•enientes que ofrece á todo el orden social la consagración de ese principio funesto, de buscar la honestidad de laf acciones pubncas en el sentimiento íntimo de una conciencia LríicX^^^ Pero que digo inconvenientes! todo el orden social viene á* tierra e despotismo se afirma, igualmente que propa4 á aTar quia todas las leyes pierden su vigor, las ^utondades u fue las garan las desaparecen, es el caos que viene á sostituír'e ":;í::r:::^^n:,^^'-^ —'^^-^ empe.arécr¡^ los^ruíadLrrTr''' '7^'"'^ ^'""''^^ constituyente, donde J08 sentirá cuanto es el desorden y la confusión que debe resultar, si na- die puede contar con que las personas encargadas de cooperar en los negocios, ó segundar las medidas para arribar á un resultado, tendrán una conciencia conforme á la suya ! ¿ Como habria orden en las familias ? ¿ Como confianza en la amistad ? ¿ Como se po- dría virir en sociedad, si el padre de fí milia encontrase cruzadas sus disposiciones, por la conciencia de sus domésticos, el hacendado por la de sus mayordomos, el comerciante por la de sus dependien- tes y cajeros, &ic. &c. ? Esto es mas fácil sentirse que detallarse. Yo no invoco el auxilio de los sofistas para sostener el presti- gio de este argumento ; yo lo abandono á la reflexión de cada uno, á las impresiones que él hará en su razón, y el horror que le oca- sionarán sus consecuencias. Ellas, sin embargo, todas son deduccio- nes naturales de ese principio que reconoce la conciencia privada por suprema ley de conducta en los funcionarios públicos. Debe pues proscribirse con esterminacion ese principio, y el proyecto en cuyo apoyo, se ha establecido porque no puede prometer bien, una disposición que se apoya en principios subversivos. Pero es preciso salvar la patria dijo otro señor (Velez) en su discurso ; la salud pública es la suprema ley. Todo debe ceder al imperio de ella. Seria honorable á an diputado, preguntaba, de- cir á sus comitentes, yo salvé vuestras instituciones, pero sumergí en el abismo al Estado ? No señores, respondía el mismo, si la sa- lud pública demanda el sacrificio de las instituciones particulares, no hay porque detenerse por respeto á ellas, de adoptar las medi- das convenientes, y pues la salud pública exige la adopción del pro- yecto, él debe ser admitido sin que obsten en contrario las institu- ciones de la provincia de Buenos Ayres. Ved ahí, Señores, como se discurre sobre una cuestión tan gra- ve. Vosotros habéis oído producir el precedente argumento con un aire de triunfo á que sería imposible contestar. Entretanto ¿ lo cree- ríais ? el 10 es sino un sofisma miserable, un juego de vocea vicioso que nada puede concluir, el vá á ser pulverizado, pero de un modo que no convalecerá jamas. Yo os lo prometo. La salud pública es la suprema ley, ¿ quien lo duda ? Por sal- var el todo se debe sacrificar una parte cuando es necesario. Yo tam- bién lo confieso. Pero desearía saber con que oportunidad, el Sr. Diputado que así discurría, ha invocado este lugar común, en apoyo del proyecto que protege. ¿ De donde nace ese peligro de la patria ? ¿ Qué nueva constelación, ó que meteoro fatal ss ha hecho sentir que amenaza engullirnos sí no adoptamos la ley ? ¿ Qué relación existe entre el pehgro y el remedio ? Todo esto incumbía al Sr. Diputado probar, esplanar y hacer conocer para dar fuerza á su argumento ; de lo contrario ni puede tener fuerza ni concluir, pero es puntual- 107 lucion mejor combinada, íle que las cámaras-, los consejos, y todo cuanto la sabiduría, y la esperiencia han podido inventar para garantir los derechos del hombre en sociedad ? Desdé que él declarase que el sentimiento de su conciencia no le permitia observar su mandato, todo enmudecia, venian á tierra todas las formas, y el despotismo mas absoluto las subrrogaba. Las autoridades judiciales ¿ que son ? Apoderados de los pue- blos para aplicar en los casos particulares en favor de los que tengiui justicia las leyes que favorecen los derechos privados 6 clasificar los delitos, y aplicar las penas. Esto es lo que se llama administrar justicia. Las leyes son el tenor del mandato de loa jueces que es- tos obren según el principio de que no el tenor de su mandato sino el dictámen de su conciencia privada es la regla de su conducta en el ejercicio de sus funciones, desde entonces emudecieron las leyes perdieron su vigor, falta la base de donde arrancan todos los dere- chos privados es la voluntad particular de los jueces la suprema ley de justicia. ¡ Que horrores, que trastornos no debieron nacer do ese principio ! ¿ Q,uien podia vivir tranquilo ? ¿ Q,uien podía con- tar con que mañana seria dueño de lo que posee hoy ? Por poco que se reflexione se sentirá, que los resultados que he indicado, son csnsecuencias naturales del principio establecido, de obrar en el desempeño de las funciones públicas, no según el tenor del mandato que se dio al funcionario, sino según su conciencia pri- vada. ¿ Puede existir en parte alguna despotismo mas absoluto, arbitrariedad mas horrorosa, que donde las leyes son nada, y el ca- pricho de los mandarines todo ? El mismo principio que sirviendo de regla de conducta á los funcionarios públicos, favorece el despotismo y la arbitrariedad, como acabamos de verlo, sirviendo como p natural también de re- gla á la masa de la población, produce la' anarquía, y la confusión mas completa. La esperiencia nos hace sentir no solo todos los dias, á cada momento, que ninguno se basta á sí mismo, que para todo necesita ser auxiUado, y socorrido, por la cooperación de muchos, y cada uno á su vez debe también cooperar en favor de otros. Asen- temos ahora el principio de que á cada uno le es lícito obrar en cosas tienen al interés de otros, no según las prevenciones, 6 mandato que se le ha dado, sino según el dictamen de su propia conciencia, y busquemos los resultados. Los magistrados no pue- den poner orden en las cosas ni los jueces administrar justicia sin Valerse de manos subalternas ¿ de que serviria el zelo, sabiduría y rectitud de ellos, si á los subalternos, en vez de segundarlos, contra- fiaban sus miras, obrando como ellos lo dirian infaliblemente ? Los magistrados, y los jueces serán autoridades nominales. Entrese en todos» los detalles del comercio de la sociedad, y se 106 ti pais ; nuestros comitentes hf n espresado de un modo ínequí* voco su voluntad de constituirse independientes de la corona de España. Si nosotros aquí en nuestras conferencias nos hubiése- mos apercibido de que lo mas conveniente era reconocer nuestra antigua obediencia al rey, y así lo ordenásemos por una ley no- sotros seriamos unos traidores, en vano apelaríamos al testimonio de nuestra conciencia, no evitaríamos la pública indignación, to- do lo hecho seria nulo como obrado sin poderes, obrado en nues- tro nombre y no en el de nuestros comitentes. Si tuviésemos la demencia de exigir una obediencia pasiva seriamos unos tiranos, habria desaparecido el sistema representativo, la voluntad de unos pocos se habria substituido á la voluntad general, en una palabra, todo e orden se habría trastornado, todos los esmeros y sacrificios hechos por la libertad perdidos, seriamos empeña- dos en una nueva lucha cuando creiamos haber terminado la precedente. Pasemos al podeerjecutivo sea cual fuese el nombre y caracte- res con que esté condecorada esta primera magistratura» en ella en- contraremos un apoderado del pueblo, encargado de la ejecución de Jas leyes; estas forman el tenor de su mandato, si este magistrado, partiendo del principio que el impulso de su conciencia y no su man- dato era quien debía reglar su conducta ¿ de que servirla la consti- mo se habia dicho unos apoderados de los pueblos, sino sus representantes inv ertidos de g' andes facultades en cuya esplanacion tubo un fastidiante dis* curso, pretendiendo inferir de ahí que podian traspasar los límites de sos poderes, pero en eso se íicredito de muy poca in-itruccion en la mate ria. Apoderado es voz genérica que espresa á todo el que maneja neg-ocio, y representa la persona que le confirió el poder, pero lo representa en aque- llas cosas, para que esta autorizado, y no otras, del modo que se le manda, y no de otro. La estension, variedad, g-ravedad, y elevación de los neg'ocios enco- mendados, puede variar el nombre, títuL» con que se llame al encarg'ado, no alterar la naturaleza de apoderado, es decir que obra con poder y man- dato, a nombre del que confirió! el poder y dió el mandato, mucho menos relevarlo dti la obligación de ceñirse al tenor de su mandato. Todo lo con- trario, cuanto son mas g-ravc- los asunto-: encárga los, cuanto son intei-e- fiantes, los neg-ocios tanto mas presumibles es que el mandante quiera, que su apoderado se ciña a las órdenes qu. le ha dado, que en los casos du- dosos le consulte, y siempre que se pueda to-lo lo que concluya lo deien sujeto a su ratificación Seria la suma de las imprudencia^, que por ser frrandísimos los negocios, que afectan los mas caros intereses del hombre los que se fian a los apoderados Ilrimado^, diputados, se hubiesen de abando- nar enteramente al arbitrio, y di cresion de! diputad >, t^l vez jóven sin esperiencia, ni sabiduría, sujeto a so lución, y t:i! vez , . . . Cuando poderes de esta naturaleza aparecieren debian por sola esta, calidad ser rechazados. 109 p2e%^''""|„"°Íot^™ lo ha hecho ninguno ,Ie los defcnsore, del eswDie y duradero, aunque despacioso v lentn n i "'"^f ' patna está en que un foro', de inLíacion"^ eche por /eS: oo bueno que hay, por introducir novedades, que sean m i re.¡h F - r-sto es lo que debe temerse en la adopción del provecto * n.ed,da mesperada, que estí e„ oposicfon con mícZ tréocTptcTo" «es, y pugna manifiestamente con la lev de 11 d» «j „ • T ? 1824 sancionada por la Junta de Buenos A^res como bTe'^. r r n'oS p-':i cl-!:,^^er~ eir €S f jrcr-,-:Kz;^r¿^^^^^^^ srir^re: ^-rss Ka 104 n^odennoslraciesllon.es la voz fnt.ma que sm cesar llama, " hombre í, sus deberes, y se arma eonlra él desde que se estra- . rellus. Buena conciencia es la satisfacción mtenor, de 1 abe conirariado, ó facultado al deber ó haberlos cumpl- I , todos. Mala conciencia el estímulo mtenor que s.n cesar nza y arguye de su falta al que la ha cometido. Desgraciado lid Tombre, en cuyo interior haya enmudecido esta voz salu- Los deberes nacen de las leyes, de los usos y buenas cos- tumbres que ha introducido la decencia, a la publica utilidad. Tentados estos principios que nadie osa, A poner en cues- tión paso á clasificar las acciones humanas, y pues vmdica- " de las iunumerables divisiones y subdivisiones que se pue- en hacer, JO me limito á acciones que el rndmduo hace por para sí, V bajo su propia responsabilidad, y las que hace po. ; r para 'olro^r mandato de otro, y bajo la ■esponsabihdad, iJl nue le dió el mandato. En esta sola división están coinpren- .iídas todas las obligaciones desde el pastor humilde h ,ta el rnnavra mas orgulloso, todas las comisiones desde el paje que i" e á la mano al mas triste ciudadano, hasta el supremo ma- , rado dé un estado. Como no hay hombre que no pueda í "r y á su voz no sea encargado de algún negocio ajeno, toda I ombre puede tener dos conciencias, una como persona para^ iTlar j com¿ mero individuo de la sociedad, otra como ájente '■^"tfr^gla^r^'berSirlas acciones propias y particula r-s son las leyes, los usos y costumbres vigentes en el lugar U ,',de L exisL. El tenor íel mandato, es '-egla que d b ,i,rigir al que obra por otro, y para otro y bajo la '^""- f l iKlad de otro. Seria no solo ridiculo y absurdo, s no nsul .nte si nn hombre hollando las P»' ,J„!: ''f ,e iactara de obrar según el impulso de su " c. absurdo, ridículo é insultante que un "° ' f '"¡^^^ . .lo su mandato dijera con arrogancia q"e obr ba l'^^" , :^nria ; Por nué ? Por que el mandato es la regla con que i raudataVfo d:'be rectiaca?su conciencia. P»,^-J-'- „bre según el tenor del mandato, obra según la vol^nt^jí d-^' J ;„ódo puede co.cluir cosa alguna definitivamente a una sola 103 tibie de equivocación ; el congreso no conoce ni los elementos con que se cuenta, para ejecutarlo, ni los medios que se han de emplear, ni los obstáculos que tiene que superar, &c. y sin embargo que de todo esto depende el buen suceso, se avanzan á decir que está demostrada su utilidad. O Señores esto es mucho abusar de los términos, y de la buena fe del público que nos escucha. Hablemos sin cónfudir ni abusar de los términos. Todo lo que se ha dicho de los beneficios que se han de derramar en el estado, por la ley de la capitalización es vano, insignifi- cante. Capital es el punto donde reciden las supremas mat^is- traturas de la nación. De la sabiduría, de las leyes, de la rec- titud de su aplicación, del buen tino para su ejecución, de- he resultar la felicidad del estado, y supuesto que todo aque- llo se haga como se debe los mismos resultados tendrá si las supremas magistraturas,, Ijan su residencia en Buenos Aires, ó en Jüjuí. Los gobiernos pu€s que residen en las capitales, pueden y deben hacer el bien d^ las naciones. ¡ Pero la Capi- tal misma ! Cuando, en que, parte del mundo la capital es ó ha sido la bienhechora de los pueblos. Las capitales, Señores, son un mal necesario, porque es n^ecesario en la sociedad, un gobierno, y este debe existir en alguna parte, en todo otro res- pecto. Mas son perniciosas, son la esencia del vicio, de la inmoralidad, de la intriga, de la mala fe, de la prostitución, de la frivolidad, estos son los beneficios que las capitales espar- cen, ere-todo el estado mientras que son las esponjas que ab- sorven toda la substancia de los pueblos. Mucho menos der- raman las luces. Las cortes son lugares de disipación; en ellas es carísimo el alojamiento y los viveres, razones por las qne las casas de estudio ó de pública educación no estarán bien sen- tadas en las capitales. Resulta que lejos de estar demostrada la utilidad y conveniencia púbHca del proyecto todo, cuanto se ha alegado, en sú favor es vicioso, absurdo, ó quimérico. Otro Sr. Diputado de los que sostenian el proyecto, (Vas- quez) dijo que no el tenor de su mandato sino el impulso de su conciencia, le servia de regla para dar su sufragio. No sé. Señores, si es posible presentar ideas mas embrolladas, ni prin- cipio mas ruinoso en la sociedad, séame permitido analizar es- te sofisma y sacar luego las terribles consecuencias que de él fluyen. ¿ Que es conciencia? En el sentido que puede hacer al Ciudadano J^um, 8, 2 110 n.ra que jamas se nombrase. Pero disimulando todo eso y mucho. SiTs c^'e iodria hacer observar, que han trazado muy mal su plan de ataque y ^^^ensa Ellos pre^^^^^^^^^^ una medida que según ellos mismos va a ser la base de 1« «^g^^»^^ cien nacional, y po? lo mismo debe tomarse de un modo estable. S.n ^mSargo el^; 'la demandan con urgencia como una «cedida que la. circunstancias exigen imperiosamente 1^')^^^'''^"^^^^^^^^ posible deiar de notar esta mconcdiable reumon de ideas Hmen .^nora que'una ley de circunstancias es una ley P-a el -omen^^^^^^ y que, pasadas esas circunstancias, ya será impertinente, ndu^ula y t^imbien perjudicial ? Una ley de circunstancias es cor^parable a uu vestido que se hace para salir en máscara, que, pasada la mogi- ganga queda abandon.ído, y sinuso. ¿ Como es, pues, que en las cir- cunlancias se pretende fundar la necesidad de una medida, que debe por su naturaleza tener efectos estables? Y que diriamos si las decantadas circunstancias, no son mas que un pret¿sto vano, un aparato de voces para alucinar? P^^» esta es la verdad. ¿ Qué es lo que nos ha sobrevenido que ha hecho variar las circunstancias ? La guerra con el emperador de Brasi . Muy bien, señores, la guerra. En trece de Noviembre de 1824 es- tábamos en guerra con los españoles. Los riesgos que nos amena- zaban si era desgraciada, eran mucho mayores ; lo eran ^g^a^mente nuestros compromisos. Todo nos obligaba á sostenerla con vigor hasta morir ó vencer. Es en estas circunstancias que se sanciono la ley de la provincia de Buenos Ayres, luego las circunstancias de la guerra fueron entonces las mismas que hoy. Ha-amos á nuestros opositores toda la gracia posible, para que el convencimiento sea mayor. Supongamos al Estado en paz octa- viana cuando se sanciocó la citada ley. Las pretensiones del bra- silero, no eran desconocidas; los derechos de la repubhca a integrar el territorio, ocupado por un estrangero estaban arraigados en los pechos de todos los ciudadanos, y el deseo de hacerlos valer ardía en nosotros. Todas estas disposiciones anunciaban un rompimiento; prescindiendo de todos estos motivos, la guerra entre estados limitro^ íes es un acontecimiento muy ordinario, que no puede dejar de ser previsto por el legislador menos previsor. Si, pues, los legislado- res que sancionaron la ley de 13 de Noviembre, conocían períecta- mente el estado amenazante de nuestras relaciones con el Br«sil, no pudo ocultárseles el riesgo de la guerra. Si no se les oculto la ley se hizo con previsión de él: si se hizo con previsión de la guerra, es falso que las circunstancias han cambiado, porque no se puede decir que sobrevenido un suceso, que existía ya en el espíritu y previsión del legislador. . . ¿jQué ? Se podría decir que no se previo este acontecimien- _ ^...í tí con toda la íüe- tra los Españoles, en la guerra que ya existía, ya cuuu a ex u ro en la que se presentía ? No Señores, yo no haré t7 LaVTo pa notismo é ilustración de la legislatura' L Buenos A res^r mct pálmente á los dos honorables representantes que siéndolo ¿nlá sa V L^r^r" ^««^^"buyeron tan eficazmenteá la sanción de esa lev L ElL r empeñosamente desean echarla por t^erl ir^^inr n! "7 conservación del régimen TT^r-'J^'"', " de doble ci^ZZcion"!^ de dar acoj.da al proyecto en cuestión. ' Facción antes cuitad dlir'„''„°^°'"''' <=r"'°".'''"= ■^"i^ P'índiente acerca de la fa- tiene un derecho incontP<5tphio «acerio asi. Cada uno contra, currencríS^SdlfVe'^S^^^^^^^ na fé. La voluntad de la il!, • T'á"" '""y" """'lo ¿e bue- da contanta claridti ylSro'J ra penetrar hasta el fS los'eSu, dTt P^" y sane bnaron la citada espmtus, de los que promorieron ¿poner. ' P""«'=° sentido que acabo d« Iey'^;aPrrqttf:írn:&^^ -nmas; p„blicó, circuló Wr al ConVes^ EUa fuJ h ' P^'f 'i"'' «^oncur, CiJada»., jÍC. 8 ""^ "'^ ''^ '"i- 1°» diputado, 112 délas provincias, ninguno de ellos puede alegar que le fué descono^ cida cuando hizo el cange de poderes si la ley perjudicaba á los in- tereses generales, si ella ponia obstáculos a la reorganización de la nación, debieron entonces resistirla, y rechazar los poderes de los Xesentantes de Buenos Aires. Esto n.n^no lo hizo Ninguno Lnresé duda ni dificultad sobre un asunto t^n grave. Su silencio íJZ consentimiento en la condición (a) Desde que consintieron la nroTincia de Buenos Aires adquirió un derecho incuestionable a a-conservacion del régimen interior de sü territorio, y todas las de-^ mas contrajeron un deber de respetárselo inviolab engente, por mane;^ Ta que nni inovacion que se quisiera introducir sin su consentimien- Z ó contra él seria un atentado contra lá fé prometida, lo cual pre- s^t^rin al congreso en muy mal punto de viéta, luego no está auto- ''"'^PeC htrmas todBVi^ El con^ésO nO solo ctín.inti6 en la condición con que la provincia de Buenos AyréS VihO al congrego ;. la hizo general á todas las provincias, quisO que todáS conservasen, meiorasen T perfeccionaren sus re^ectivos^régiméUfes hasta que Te Tromukale y sancionase la constitución. Eu esté sentido se san- cSTley de 23 de Enero, que vino & ser comO un^ constitución «rovlor^ Las provincias todas se proriunbiarOn ellas mismas K aXy *^««dicion la hicieron ^^ya, prof<ía, ¿ vino de e^te^modo á ser esa lá condición con que' réhOVafoh d pacto de asociación, (b), Tí'lSr Bedovaha negado este consentimiento, fundado en que d« ' eII* 'el S°:í:F;.ent,„te, que ese mtsm» .ne.», de aparen- ,e okWreslaT™eba intachable del eonseotimiento. i ^«l'<;.''l^E;¿ afirma, ser la ley de 23 de Eoero del año 24 el pacto de la asoc,ae,oü. Ha- 113 t)os éoftsécuehcias, primera que cualquiera ínovacíon Éohté este punto rompe y destruye el pacto de asociación, porque viola la condición con que se hizo. Segunda^ que habiendo tomado en este punto determinado, iroz deliberativa, las mismas partes contratantes, y concluido por espresa resolución suya propia entre sí este nego- cio, él es de todo punto acabado, á los apoderados no les es permi- tido ingerirse mas en él, porque en esta parte concluyó, feneció y ter- minó su comisión ,Jiiniti sunt oficio suo. Seria ademas un atentado muy vicioso que los representantes destruyesen contra el consentímien^ to de los representados, lo que estos mismos habían resuelto en un negocio de su propio interés : es preciso que los Srs. representan- tes se persuadan que por amplios que sean los poderes con que obran, si ellos no contienen un mandato especial que los autorize para corregir y reformar esa ley, ese pacto de las provincias, no es- tán autorizados para hacer cosa alguna en sentido contrario, y que todo lo que hicieren será vicioso, nulo, atentatorio y arbitrario. Por tanto soy de opinión que no se debe hacer lugar al proyecto, i lo menos por ahora, (c) bria sido muy agradable que el Sr. Diputado hubiese producido alg-unas ra- zones eñ contrario, pero no nos dió el gusto. Entre tanto á pesar de la ad- miración, y esclamaciones, es preciso que lo confiese, y todos lo reconoz- can La ley de 23 de Enero contiene el pacto de reunión, y sus articülos son las condiciones con que se hizo, de otro tnodo seria preciso decir que el pacto de asociación quedó concluido, con solo decir que se renovaba el pacto de Union, 6 la unión, sin que las partes contratantes, tuviesen ün co- cocimiento claro, ni de las obligaciones que contraian, ni de los derechos que adquirían. Lo que es evidentemente monstruoso. ¿ Por que fatalidad cuando se trata de los intereses mas caros del hombre, se pretende hacer nacer obligaciones de actos inperfectos que serian insuficientes, para dar por concluido un negocio del valor de dos reales. (c) Después del precedente discurso, varios diputados ministeriales, áe pretendieron esplicar para decir que si tenían poderes para hacer la inno- vación, pero ni ellos lo probaron, ni adujeron una sola rázoü jurídica que desvaneciese el argumento legal que se habia objetado. Así cuando su aü* torizacion se ponía en duda, y duda fundada en principios jurídicos, los qu« estaban decididos a sancionar el proyecto por sobre toda razón, 8e hicieron jueces de la controversia, resolvieron a su favor la duda, y procedieron a concluir el acto. Los hombres juiciosos, é ímparciales y la posteridad jUÍ-- garan de la legitimidad de este procedimiento. JVbta del Editor, Imprenta de Hallet y Cá. EL CIUDADANO N.'' 9.— BUI^NOS AYRES, ABRIL 2, DE 18¿6. L'iniprudence et Verreiir De la chute des Rois funeste prcpurseur. La imprudencia y error De la caída del trono Funesto píecursor. CONGRESO GENERAL CONSTITUYENTE. Una discusión pendiente en este cuerpo nos ofrece algu- nas observaciones importantes, que no qperemos omitir consi- derando la cuestión del día en sus efectos inmediatos, bajo un punto de vista que hará mas prácticas y perceptibles para to- dos, las objeciones que se han hecho contra el grande y es- traordinrrio pensamiento de capitalizar y- nacionalizar esta provincia. En una de las últimas sesiones se presentó una moción por el Dr. D. Pedro Somellera, para que á los habitantes del territorio de la antigua provincia de Buenos Aires, se les coace- da, tener parte en las deliberaciones comunes. (í) Esta moción sufrió al ser presentada la desgracia de no encontrar quien la apoyase, á términos que hubo de ser dese- chada por esta causa. El Sr. D. Francisco Acosta diputado por Corrientes, la apoyó después de un notable silencio, pero como era insuñciente uegun el reglamentóse indicó segunda vez por el Sr. Presidente, que no podia tomarse en considera- ción; y entonces el Sr. D. Gerónimo Eiguera diputado por Tucuman, se movió al fin á prestarle también su apoyo. En este estado pasó á una comisión, é ignoramos lojquese re- resuelva. Algunos han dicho que la moción no encontró mejor aco- gida por impertinente é innecesaria, pues que demaciado cier- to les parece que deben tener ese dorecho, sin quesea pre- eisa dec laratoria alguna, unos habitantes que están sosteniendo (1) Artículo úuico. — '^Los habitantes de la capital, y su lerritorio qu - dan en el pleno goce del derecho de tomar parte en laa deliberaciones cornu^ nos." (iMensag'ero Arg-entinonúríi. 34.) 107 «sclusivamenle con sus contribuciones todas las atenciones co- munes ; en cuyo concepto era que el mismo autor de la mo- ción, y otros diputados que se nombraron antes por la que fué provincia de Buenos Aires, continuaban en el congreso. Nosotros queremos no obstante esplicarnos sobre este in- cidente bien notable-, y suplicamos se nos lea sin hacernos un crimen por nuestro modo de pensar á este respecto. Demaciado cierto es en efecto que los ciudadanos de este territorio desgraciado, debian tener sin necesidad de mendi- garlo, ni de declaratorias humillantes, el derecho de tomar parte en las deliberaciones comunes, y algo mas ; como lo es también que en otras circunstancias seria impertinente la mo- ción antes referida. Pero en el dia no todo lo que debe ser corresponde por este solo débil título á lo que fué provincia de Buenos Aires, después de habérsela honrado con eí dictado sublime, productivo, comerciante, y discreto de territorio na- cional. A primera vista nada mas justo, que el que este territorio sin perder su carácter de nacional, porque lo es como el de to- das las demás provincias, conserve como ellas sus representan- tes, su gobierno, su administración interior, y fuese manteni- da de hecho en este estado, como todos, hasta que la constjtu- cion lo variase, y esta fuese aceptada según el derecho reser- vado por una ley fundamental. No obstante vemos que no le ha bastado que deba ser, ni que sea justo para obtenerlo, y mantener su posición : una parte de Diputados que no vota- rií^n seguramente en esta forma, al presente la supresión de los gobiernos, y formas representativas de sus provincias como lo han hecho algunos de los nuestros, sin mas esplicacion por su parte que el material trabajo de pararse, han privado á Buenos Aires de este derecho, y el haber hospedado tan gene- rosamente á estos mismos representates, franqueándoles su di- nero, su casa, sus muebles, y todo cuanto han necesitado, le ha costado nada menos que el dejar políticamente de existir. Asi pues, el que debiese ser, y estar asi entendido por to- das las reglas mas eminentes del derecho publico, que rigen es- ta especie de asociaciones políticas, ni debia ser un motivo para que el Dr. Somellera, creyese á estos habitantes con el goce de Jos derechos que ha solicitado á su favor, ni para que los de- mas señores de la Sala considerasen su moción por impertinen* ley absurda. Ni como es creíble que un letrado de carácter hubiera insidido en un error tan craso en la materia, 5 que deje de estar presuadido de la naturaleza incuestionable de los tales derechos ? La moción en fin, apoyada con la retención y n\ez- 108 qumdad que queda .nd.cada, pasó con esíos malos auspicios S correr os tramites de reglamento para someterse á uní d^cu- s.on tal cual pod,a haberla también para fallar sobre los méHtos c¡'uda7an""°""' ' conveniencia'de darle 6 no una c" ta de nn.n^' l^'^""^ que los diputados que nombró la provincia de Buenos Ayres contnman en el congreso, y que el autor mismo de la moc.on es uno de ellos. Mas no existe sino apenas la mitad de los que corresponden á su población, según k base «It-mamente establecida, dando por separados lo que han saUdo iido recibirse, y no han tomado parte en las resoluciones nrin- c.pale,para que ueron nombrados, al mismo tiempo quf Jo fZ .^""^A "r^'r^" asistiendo no pueden considerarse sino olerados de hecho por la sala de una representación que no tienen ; y un hecho tolerado ; sea que se considere por 2onye^ «.ente en el momento, no puede jamas probar derecho' u.i. A ^7^^^^ t« esto estriba en que los diputados evis- o de et t k '"^"' P^'"^"' nombram'en. to de ella; y habiendo esta dejado de existir, terminaron sus representaciones, porque no puede tenerlos en este órSen qu en sino ' ^ Ki'" ^^^^ «o como provincia sino como pueblo o habitantes de un territorio, y el modo como esto puede ser, esta es otra vez la cuestión. Sabemos bien que á esto se ha respondido con unos con- ceptos equívocos e inconsistentes con la idea que los publicistas nos dan de la naturaleza y objetos de estas represefrc onTs Es imposible dejar de conocer que las provincias nombrln re: p.esentantes en razón de su ser político de provincia ó estado o que el numero de estos representantes es lo que se acuerda en razón de a pob acón ó habitantes que tienen sobre una base que se establece. Mas se supone en ella ó en esos homVes que habitan en su territorio aquel ser previo, y organización políti! ca : porque los hombres en mera tribu desorganizada, sin7evés . derechos políticos, sm organización anterior bajo formas par. .tlT^ ^'^TP^'^^'-^' mas derechos queTs naturales y comunes á todo hombre, aunque no pertenezca á una asociación, carecen precisamente de los derechos y ?as ne- cesidades, que son el objeto de estas representaciones, y el prin- c.p.o que da poder, libertad y existencia á los actos de sus e presentantes en congreso. Aun en los gobiernos centralizados jamas se toman las naciones 6 su población en una maza ínfoT. me para ningún acto verdaderamente político : Siempre se ven previamente organizadas en provincias, condados, departamen" „ on fóo rf« la Plata ; y asi e. tamb.en « ! tados d»nde la facultad de ser represc.tado el c .ejo deii t. » Ha onedado algo á su territorio que se asemeje ai Sado fetal i ue dt hecho se mantieuen de.na. P™v,„. cL, ni á un gobierno regular centralizado según la» reglas co. """^Ademas y aun c«ando,-en este estado informe y anómalo para que el congreso s,ga reconociéndoles e» a re,^ese ao, Utivo es lo mas substancial y séno. ' lio ftqnelíos que hayan de sostener su estado : por ultimo, los que han vot;ido principalmente la destrucción de su comitente en un sentido legal, no son ya tampoco los mismos hombres. ¿Cua- les, pues, son los signos que ha dado este pueblo, ó estos ha- bitantes, de la ratificación de tales diputados ? ¿ Cuando ha es- tado en aptitud de delegar sus derechos ? ¿ Qné ahora mismo se duda si los tendrá ? ¿ Y no podfia querer nombrar Cn su nue- yo estado Unas personas de su mayor confianza ? ¿ Podrá su- poíierse que la tengan, los que siendo antes representantes de la provincia de Buenos ^yres, comprometidos por sus leyes, y •por las del congreso mismo á sostenerle sus formas, sus instruc- ciones, su administración hatta la sanción de la constitución, han votado después á sus propios ojos (y contra sus nuevos man- datos) que se destruyan : y sosteniendo este pensamiento con la mayor vehemencia y empeño? ¿ El que una vez viola una ley, y una ley de este carácter, podrá dar garantía alguna de que en adelante respetará las que le quedan ? ¿ Podrá confiáis 'se en él ? Concluyamos que los diputados continúan de pui-o hecho |>erÓ sin misión auténtica que autorice su representación : que lióse sabe aun sitos que ellos por sí mismos se han propuesto representar, tendrán ó no derecho en el estado actual de cosas para ser representados y tomar parte en las deliberaciones co- tnunes : que la moción del Dr. Somellera no es impertinente, ni ridicula; que de su discusión resultarán los derechos que nos concedan; y que entonces el pueblo, ó habitantes si quisieren hacer uso de la gracia que se les haga elegirán á quien gusten. Entre tanto lo práctico es, que por resultado del proyec- to de nacionalizar de un modo inaudito y elevado^ lo que de suyo es nacional en el sentido hasta ahora conocido de la pa!a- hra, el gran pueblo de Buenos Aires, los habitantes de está ciudad orguüosa, tjue se creia el asiento de la libertad, y la protectora de los derechos de los h'ómhres ; los que se áecian porteños con cierta especie de vanidad ; los que con su san- gre han regado los ángulos mas remotos del continente ameri- cano, peleando poriodas partes por ella, é infundiendo alien- to á muchos pueblos para que articulasen con brió la voz liberr tady derechos ^ los que ahora mismo están derramando su san- gre contra los portugueses, llenos de placer y entusiasmo, pa- ra libertar la Banda Oriental ; en una palabra 150.000 almas del territorio de la República Argentina que han agotado sus fortunas en la reoviucion, y que ahora mismo están producien- do y cotribuyendo esclusivaménte para sostener interior y esteriormente %\ crédito, y poder de las provincias reunidas Mí en el congreso, se ven hoy privados de sus derechos, de su go- bierno, de su representación ; y necesitados á que se les de- clare el derecho de poder tomar parte en las deliberaciones que tocan á sus mas altos intereses. ¿Será esto conforme al espíritu y voluntad de la nación ? ¿ Podrá obtener su aprova- cion? No, no : jamas lo creeremos. Pero no es esto lo que resulta del proyecto inconsiderado de que produce estas dificultades. Después de hallar que es precisa una declaración para reinstalar á Buenos Aires en el go- ce de ese derecho primordial que es la esencia de todo estado ]ibre, el derecho de representación ; vamos á ver que sea cual fuese el éxito que tenga la declaración solicitada, los habitan- tes de este respetable districto quedan inevitablemente de peor condición que los de las demás provincias ; y quedan en verdad humillados, aun cuando la declaración que haga el con- greso, sea como lo esperamos completamente á su favor. — Pues aun todavia en este caso los habitantes de las demás pro- vincias disfrutarán el derecho de tomar parte en las delibera- ciones comunes, porque así les era debido por la naturaleza y título solo de hombres libres ; mientras que los habitantes de la antigua provincia de Buenos Aires no tendráa este mismo de- recho, sino por la concesión del congreso : ó en otros términos, ese derecho en los pueblos de las provincias habrá dado nacimiento al conííreso que quiere decir, que el congreso ha sido constituido por ese derecho que las provincias tienen de tomar parte en sus negó- cios ; pero en Bnenos Aires ese derecho habrá emanado del con- greso, ya formado por otros pueblos. En suma en las demás pro- vincias será con propiedad un derecho ; en Buenos Aires será una concesión, un privilegio, en los otros es un derecho innato que no puede ser abolido, por el cuerpo legislativo sin destruir su propia autoridad : en Buenos Aires es una concesión que bien puede ser revocada, pues el que puede conceder también puede anular lo concedido. Tal es la cadena de invencibles dificultades, que pen- día de ese proyecto de establecer la capital de la nación en las rui- nas de una provincia. Se ha tenido muy buen cuidado de callar lo que se practico en los Estados Unidos al fundar la capital de Washington, y solo se ha tendido hacia allí una ojeada superficial, cuando suponiendo ya á Buenos Aires bajo de este nuevo carácter, se ha inferido que no podia continuar su legislatura mediante la residencia permanete del congreso en su distrito. Mas para fundar capitales sin violar los derechos de las provincias, y no para estinguir una de ellas^ es que (teb'iú haberse presentado aquel honrado ejemplo. En aquel pais se designó la capital precisamente en un desierto ; y el terreno en que debia fundarse fue obtenido por el congreso por concesiones y ofrecimientos voluniarios de los pueblos, i C^ué proporción guarda 112 €011 esto lo que se ha ejecutado entre nT)satros ? Asi no es estraño que siendo la marcha tan diversa, los resultados no pnedan compa- rarse ; y que en nuestra carrera de inventores encontremos siempre a nuestro país en estado de no parecerse á ninguno. CORREO NACIONAL.-Arl¡culo remitido. Ciudadano: En la imprenta del Estado que se cer- ro para vuestro periódico (¡ bella libertad de impren- ta !) en el momento en que este establecimiento se puso bajo la inmediata y esciusiva influencia del Pre- sidente de la República, se da cavida á un nuevo pe- riódico intitulado Correo JVaci'onal, y desde su primer número empieza á decir á quien pertenece (ciega- mente al ministerio) bien que en el mero hecho de tener libre aquella imprenta, ya se deja entender que el debía ser su trompeta ó Bajo un artículo que titula: Capital de la nación, se empeña en per- suadir que el proyecto de capitalización es la base necesaria para la organización del pais y que son in- calen ables las utilidades y ventajas que deben pro- ducirle y muy inmediatamente á los gefes y a los pueblos que gobiernan. Con este motivo se ocupa de los gobernadores de las provincias (que es el grande asunto del dia, porque se quiere que antes de darse la constitución, ya se establezca el sistema de unidad, y por todo, todo, todo, tanto dentro como íuera de la que se ha declarado capital del Estado penda, inmediata y esclusivameníe de la voluntad del 1 residente) se les alaga, sf^ les adula (porque se desea encontrarlos mansitos y dóciles) y para alcan- zar la deferencia de estos se carga á los pueblos, y 113 se les llama facciosos y anarquistas (gracias por tan ili^tino-uido favor). Hay repelidos eje ai píos deque siempre que al2;uno ó algunos de los mismos grober- nadores que hoy se alagan, no se han ma. ifestado en un todo deferente á las insinuaciones del mmisje- rio, ó positivamente han contrariado o resistido las jnedidas de este, que se dirio-ian á destruir las hber- tades de sus pueblos, ó á disponer de ellos como de ^nvil rebaño, sin consultar su voluntad, y abierta- monte despreciándola, lue-o lo partidarios del minis- terio aquellos que ciegamente l^ defieren que le creen como inoxorable, que no toleran la menor du- da ni contradicción á sus ideas, aquellos que en estas materias son los mas intolerantes del universo, por salvar y justificar al que sostienen, se han desploma- do contra los gobernadores, los han llamado el azote, V tos tiranos de los pueblos, suponiendo á estos de un contrario sentir. Yo os recuerdo entre otros el artículo: EscáMo notable del JVacwnaL Asi con una contradicción la mas horrorosa, ya han «'^o clas.h^ cadosde díscolos los pueblos, ya los gobernadores á quienes hoy se trata de esculpar en su conducta con mengua de aquellos. Táctica vieja bien cono- cida de todos y que jamas se abandona. ^ Ciudadano: pasaron esos tiempos en que se dis- ponía de los puebUs como de mansos corderos; se escapó ya la ominosa época en que con el boato de insignificantes y vacias palabras todo se con^ seo-uia, y es preciso que se tenga bien entendi- lo\.e Lí los'gobern^ídores de las P-vn|Cias co mo los pueblos por la esperiencia 4%^^ T'j' y por las luces que en tan ^rgo periodo^ se han adquirido, están perfectamente instruidos en los dog. mas políticos, sin que encuentre fácil acogida ciío^ía .. . .r. y la sedirri... por mas dorada que seies presente. Asi es que de continuo deben pre- 114 venir a1 Córréo J\7idónal que los pueblos se han crea- do sus instituciones, porque han podido hacerlo y que quieren regirse por ellas al menos hasta que se san- cione a constitución ; que los gobernadores saben que ellos han recibido su autoridad de sus propios pueblos, que están contentos con ella, v ccn el oraren de ella, que ni pueden legalmente ni^quieren esten- cJerse á mas que lo que quieren son pueblos y que /estando bien espresa la vobntad, ni puede ni quie- ren hachar mano de interpretaciones, resistidas por mruiihestos hechos y que les facilitaría una puerta bien ancha para constituirse en déspotas, y tiranizar a los mismos que los han nombrado para regirlos en paz j conservar sus instituciones, esas instituciones cuya conseTvac.on ellos mismos han jurado al tiem po de su recibimiento, decidle que ellos no se conv¿r. tiran en abomimaMes perjuros, ni abusarán de la luerza, ni de ios recursos que tienen en su poder . üec.dle que no porque los pueblos se rijan por sus* privjtn as instituciones eetán íbera de ¡a reJacion d- ios demás, así como no lo están los estados de Norte America; que ellos conservarán entre sí todo género de comunicaciones, y que sus establecimientos reci- biran mejoras, y adelantos por sus propias mano, y dirección, sin necesitar de nuevos tutores ni gulas luego que el estado de guerra, que todo lo tiene pa- rahzado desaparezca. Decidle que ellos conocen muy bien que tienen en sí la fuerza de las rique^.as, y que a ninguno mejor que á ellos les interesa poner' las en acción y hacerlas servir á su felicidad, sin que por esto dejen de comunicarlas al gobierno -eneral en la parte que á cada uno le corresponda paraoue con ellas sean atendidos los negocios comunes y ^e- 17" ^r-^^'. ^l'o^ viven por ahora er/una líederacion de necho, y también de derechos atendida Ciudad^ Jsí, 9 , 115 k ley íundamental de 23 de Enero de 1825, y lasque alo^unas provincias espresamente han sancionado; que no quieren abandonar este modo de existir hasta ¿sanción de la constitución y que él no se opone en manera alguna, por mas que se predique lo contra- rio á la existencia del -obierno general, como todos lo ven en la feliz República de Norte América. De- cidle por último estas y otras muchas cosas para que se aperciba de que los pueblos están despiertos en una continua alerfa, y que ya no es íácil la seducción y el engaño; que es preciso acostumbrarse á mirar á los hombres con el respecto que se merecen, y no como á niños destituidos de inteligencia. Por uUiíiio querer persuadir El Correo JYactonal que el proyecto de capitalización sea la base nece- saria para la organización del pais, es pretender asus- tar á los pueblos con fantasmas; es quererles decir que sin la adopción de este proyecto no puede haber pais constituido, y esto es absolutamente íalso, esto lo que se negó abiertamente por todos los dignos re- presentantes que hicieron oposición al proyecto du- rante las repetidas sesiones en que él se discutió, y lo que no ha podido ni sabido contestarse como es evidente á todo el que habla de buena fe. Sin haber destrozado á la provinciad e Buenes Ayres, sin ha- berse designado capital, el Estado pudo estár per-, fectamente constituido: esto se consigue con bue- nas leyes y con leyes que respeten los derechos de los hombres. , ' Perdonadme Ciudadano, si yo me he estendido mas de lo que me habia propuesto, y si dándome un lu-xar en vuestras páginas, yo os robo el que necesi- tabais para otros negocios de utilidad común. tA\ otra vez seré mas breve, y hasta entonces os saluda vueeiro— CONCIUDADANO. PROVINCIAS INTERIORES. Los siguientes documentos, servirán para con- vencer á los acusadores del Ciudadano, de la iníusti- ciacon que lo atacaban, justificando la previcioa con que anuncio resultados queja empiezan á desenvol- verse. If a no le gritarán á él solo anárquico, anar- quis a, este epíteto tendrán que hacerlo común quizá a todas las provincias. ^ TUCUMAN. r.rM-t del presidente electo de la Re- dTcn^/nP" ya incerto en el nümmero 2 í lnZT ' "^r""' ^'^^^'-t^'' el oficio del Sr.La Madrid á toC.í á ^•^"'^^'^P^^''"^'^^ y manifestar con él el sentimien- Íídn ^1 ^'f^.^'^f^, ^'t«da circular. Cuando el buen sen- tido es el moví de las operaciones, en todas parles parece que se copiasen los hombres. Es por esta razón que nos hacemos un placer en insertarlo en nuestras páuinas.lpor otra na te nada deja que decir este importante documento. ^ Tucuman Marzo 3 de i 826. í^.rá^' gobernador que subscribe tiene la honra de acompa = ñara ajunta de representantes, la nota oficial del secreTarfo de relaciones estenores, que interinamente despachó ef mi! nisteno de guerra y marina, en que anuncia haber S. E e Sr. presidente, delegado el mando en el gobernador que subs- cribe de las tropas que existen en la provincia, lo mismo que su defensa hasta que disponga lo conveniente. ^ i. .t ^uJr conocimiento de la honorable iun- ta, no puede menos el que subscribo que hacer cierta, ob^eí vaciones que vmen á los 0;os, al momento de su lectura Su." pone el ministerio de relaciones esteriores, que á mérito de la no S E el -^^"?^^^°,^^^«da el 2 de En'ero del cornente ano, h E. el Señor presidente reasumió e! mando de las tro- pas veteranas, y milicianos permanentes en los estado^ ó go- 117 biernos pnrticulares, desnudando al g.fe territorial de la pnn. cip.l atribución que le da la ley, y la misma naturaleza del orden v estado de cosas. £. • El oue subscribe cree que el soberano congreso confi a al ejecutivo nacional solo el mando en general de las tropas tal con o son, y co«io existen, de modo que puestas en campana al preciso objeto de la guerra con el Brasil, entotKes depenae. rán inmediatamente del poder e ecuUva nac.onal, « lo^ fes que nombre; pero no el naando P^^t.cular que e clus.v^ mente toca, y pertenece al gobierno ó comandante en geíe d« í ^pas á' sueldo, 6 milicianos que obran en el círculo de la provincia de su mando; y por lo mismo no puede delegar ua derecho que lo tiene por la naturaleza misma del empleo. Es atribución inseparable del gobierno mtendente local conocer de todo ramo que tenga conexión con la hacienda y ;o"íadel estado particular. Foreste V--^\P^^ ^'jf^:^^^^ Sebe ocuparsu zelo, y atención en promover ^^^^ P/^f ^ medidas, y providencias conducentes a la subsistencia de a Uona á su economía, policía, disciplina militar y a todo o dema que pueda tener tendencia al importante objeto en que selíere^a la felicidad, y quietud del estado particular que manda Estas son atribuciones inherentes al gobierno , de mo- r que si llegase el caso no espe.ado, de que e ejecutivo na. cioirdelegai á otro las mismas facultades q-;-P--X midas en su poder supremo, se encontrarían c^os au^^^^^^^^^^ dependientes de distintos poderes, sin reglas J"^^^ d-lmda.en las facultades de cada uno ; porque verdaderamen t as lers cH'ile., ni militares hasta ahora han temdo pre- senté e'irseplraci^n en los gobiernos particulares para de- V "áad es que la ordenanza general faculta al §--al en gefe de un ejército p.ra abrogarse el mando de las armas por si o por .u delegado del pueblo donde arriba 6 se cunstancias en que se establec.6 '^'^ ^^'^^''^'^ ^1^^^^^^^ 6 diré mejor, contrarias á las en que se hallan as provincias. a dicha ley militar no solo se supone la integridad la rcilo de una autoridad central revestida de ese poder que el circulo de su permanencia y fuera de él obraba con la misma ^^^^^^^^^ Ips nartes del todo. Hasta ahora las provincias están hometiüas 1 :ufp n^st^nciones, que es el grande obstáculo para la oportuna aplicación de esa ley. 118 Si á la luz rlfi PSfa micmn r1 ^S¡ á la luz de esta misma disposición militar y de otras espedi- da armf.T'P''*'; f delegación que se hace del mando ouP In tlf particular, ana es mas estensiva la facultad que en e ta parte se atnbuye, que las que se confiaren al general que manda un ejército beligerante. La razón es clara. El o-ene- ra que manda toma el mando por la ordenanza del territorio que pisa, peí o en el momento de evacuarlo retrovierto por solo el mi. d'mfTpn r \ su centro natur.d que es el gobierno ó coman- dante en gefe local. Esto no sucede asi cuando el mando se obti^^ ne por delegación ; cuyo derecho no es ordinario, sino que dependo de la voluf.tad del comitente. ■ on. f'f^-T^^ ^'^^ "l"^ delegación del mando, cree el tlcnl^ír/ P""", "P°^^^'«" instituciones par- t cularcs con que por la ley fundamental debe gobernarse la provin. ró vmlm^r f ^"l^^^f ^0 á su poder ejecutivo con el mando polítt, co y militar sobre las tropas veteranas, ó á sueldo, y sobre las mili- tfVor nho^ Supóngase el caso que el ejecutivo nacional delegan- te por ahora al mismo gobierno, tuviese á bien delegar mañana á m-Ln f F^''''"'V^"^ ^^"^'^ de la provincia obtase el Sino^^^^^^^ '''''' pues el contraste en que se viese el fllT If l^'^Sado, fluctuando vagamente entre una y otra dispo^ ^ XU;. ^7 "^'^ '■ ^' ^"^^^ti^^ P«d^^ ejecutivo coa e alto carácter de capitán general de la provincia, ; y será razona- V sf.' tr.l '"'"'l'^^ f " P""'^ ^ ''"^^^ ^ ™ ^^^'S¿\o que no re- Je^oTnf "'P'^'^" S""'^^^ • g^'«^íe« tro- piezos que deben tocarse cuando el poder ejecutivo nacional pueda poner en práctica las facultades de delegar á quien fuere de s^u su- perior agrado el mando de las armas de la provincia : pero créase farmemente que el poder ejecutivo nacionalobre en esUi parte con dpwírfn ^ f '^"^ caracteriza, y que de ñicto continúa su cia todTvia'nn ""T' f ^«^"^^or y capitán general de la provin- tlñrl T "^^^""^'^ y P^r la de V. E. ni á resolver. 1 f'^'" ministerio, V. E. en vista de lo espuesto resolverá lo que fuese mas conveniente. ^ to V rZy/^ "'''^'''A ^"'^ subscribe saluda con el mas alto respe- to y consideración á los seFiores representantes. Gregorio Jlraoz de la Madrid. Juan Bautista Paz, /r'nnc» ^ . . , Secrétalo interiuQ. (C^onsejero Argentino de Córdoba, Marzo 21. N. 5.) 119 CATAMARCA. Contestación del ííobierno de dicha provincia acusando recibo de la nota en que se instruia de la instalación del poder ejecutivo pernnancnte de la nación. Catamarca, Marzo 6 de 1826. Por la ley de 7 de Febrero, que en copia autorizada acompaña el Ministerio de Relaciones Interiores al Gobierno de Catamarca, se ha informado este, que el Congreso general se ha espedido en el nombramiento del P. E. Permanente, haciéndolo recaer en el ciu- T:^^:TZn:Lo Rivadavia. No hay duda, que los méritos y re- levantes calidades del individuo, habrán hjado la decisión de Con- IreSo. y también las urgencias déla República ; pero es sensible que fos pueblos vean este acto de tan grve ínteres, sm que halla sido presidido por la promulgación de la constitución, respecto a que uni- ^Lente Tsta es la que careteriza el Estado, y/^^^f'^on fluir todas las grandes representaciones que han de formar la nación, mas de todos modos, el gobierno de Catamarca le lisongea del nom- bramiento hecho, prometiéndose una completa felicidad, para lo que fSi^cita al Sr. Presidente de la República, ofreciéndole sumisión V distinguidas consideraciones de aprecio. Manuel A. Gutiérrez. Bruno del Oro, secretario. Sr, Ministro de Relaciones Interiores del ejecutivo per- manente de la nación. Otro rasgo hUtárico para hacer juego con la cita de RoUspierr^ por el autor del Diálogo, Ya los sucesos se iban desenvolviendo. Bonaparte á ca- ballo, seguido de un estado mayor numeroso, se había dirigi- do desde luego á los campos Eliséos, en que estaban formados en batalla muchos cuerpos. Después de haberse hecho reco- nocer por su general, se dirigió á las Tuillerias. El tiempo era magnífico, y pudo desplegarse todo el aparato militar tanto en los campos Eliséos, como en los muelles, y en el jardín na- cional, que en un instante fué transformado en parque de arti- llería, ocurriendo a!h un concurso inmenso. Bonaparte lúe saludado en las Tuillerias por los ciudadanos y soldados, m- hiendo presentádose con una comitiva militara la barra det consejo'delos Ancianos, eludió el prestar el juramento const.tu- 120 cional ; después bajando del palacio, vino á arengar las tropas dispuestas a obedecerle. Allí supo que el directorio se habia desorganizado ; que Siejes y Roger-Ducos habían venido á ha- cer su dinrusion ante la comisión de los inspectores de los An- cíanos y que Barras, aislado y rompiendo la mayoría, estaba á punto de entrar en condiciones para que se le diese el retiro rasando a las comisiones de los inspectores reunidos, el genel íttrT^'^^' ^^'Í^^'^A f^^^^-Ducos. y á mucho; otros di- putados de su partido. Después llegó Gohier, presidente del d. ectorio con su colega Moulins, ambos opuestos á lo que se estaba tratando Hubo una esplicacion entre Gohier y Bona- parte,^ y este le dijo : mis proyectos no son hostiles : la repúbli^ cu esta en pebgro .... es preciso salvarla , , . . lo quiero. . , . A la tarde hubo una reunión en la casa de la comisión de ins- pectores, sea para preparar los espíritus á los sucesos oue iban a aparecer sea para convenir en lo que debia hacerse en St. Cloud, A h me halle, y allí fué donde vi por la primera vez Jos dos partidos al descubierto, y en presencia uno de otro, uni- dos con un mi.mo objeto, pero uno de ellos alarmado ya del ascendiente del partido militar. Desde luego se discutió mu^ cho, pero sin entenderse, ni arribar á una resolución. Todo lo que proponía Bonaparte, y todo lo que hacia proponer por sus hermanos, olía á dictadura del sable. Los hombres de la legislatura que se habian alistado en su partido, me tomaban á parte y me lo hacían notar. Pero esto es hecho (les düe vo) • €¿ poder militar está entre las manos del general Bonaparte ■ ro' sotros SOIS los que se lo habéis dado ; y no podréis dar ya un solo paso sin su dictadura. Entonces vi que los mas habrían desea- do poder volver atrás ; mas ya era demasiado tarde. Empeza- ron a alejarse los mas tímidí)s : los irresolutos é inactivos fue- ron dejados a un lado ; y se convino en establecer tres cónsu- les provisorios, a saber ; Bonaparte, Sieyes, y Roger-Ducos. Sieyes (eclesiástico) hizo en seguida la proposición de hacer arrestar como unos cuarenta cabezas de los del partido opuesto, 6 que se suponían tales. Yo hice decir á Bonaparte por medio de Real que no consintiese en tal cosa, y que en los primeros pasos de su carrera hácia el poder supremo, no se hiciese ius- írumento de los furores de un eclesiástico rencoroso. Me com- prendió, y espuso que la medida era muy prematura, y Que no habría ni oposición ni resistencia. iVknana lo veréis en St. t^loud, replico Sieyes muy picado* 121 Yo confieso que no me hallaba muy seguro del resnltadó de la jornada del dia siguiente. Todo lo que acababa de oif y todos los informes que me llegaban, estaban acordes sobre el punto, que los gefes del movimiento no podían contar cori mayoría entre los miembros de los dos consejos, pues todos es- taban alarmados con la idea de que se queria destruir la cons- titución para establecer el poder militar. Aun una parte de los comprometidos aborrecían la dictadura, y se halagaban con la idea de conjurarla . . . Muy temprano al dia siguiente el ca- mino de Paris'á SL Cloud estuvo cubierto de tropas, de oficia- les á caballo, de curiosos, de coches llenos de Diputados, de funcionarios, y de periodistas. Las salas para los dos consejos se habian recien compuesto á toda prisa. Desde luego se hi- zo visible que el partido militar en los dos consejos estaba re- ducido á un corto número de diputados, mas ó menos ardien- tes por el nuevo orden de cosas. Yo me habia quedado en Paris sentado en mi gabinete, con mi policía en permanencia, teniendo el ojo sobre todo, y recibiendo y examinando yo mismo la> relaciones. Habia des- tacado á St, Cloud un cierto número de emisarios diestros é inte- ligentes para ponerle en contacto con los personages que se les habia indicado, que relevándose cada media hora, venían á informarme del estado de las cosas. La sesión se habrió en los Quinientos que presidía Lucia- no Bonaparte, por un discurso insidioso de Emilio Gaudin, dirigido á hacer nombrar una comisión que se encargase de presentar en seguida una relación sobre la situación de la Re- pública. En esta moción concertada, se pedia ademas que no se tomase resolución alguna antes de haber oido el dictamen de la espresada comisión. Boulay de la Meurthe tenia ya el dic- támen escrito. t-. -i /-i j- " Pero apenas habia hecho su proposición EmiloGaudm, cuando una tempestad horrible empezó á agitar la sala. Los gritos de viva la constitución . . . nada de dictadura , . . aba- jo el dictador ! Se hicieron oir de todas partes. Por moción de Deibrel, apoyada y defendida por Grandmaison, la asam- biéa levantándose toda entera á los gritos de viva la República, resolvió renovar en el acto el juramento de fidelidad á la cons- titución. Aquellos mismos que haDian ido con el proyecto formado de destruirla, prestaron el juramento. 122 r« «1 f / a- '^'^"'«'^^^ estaba casi en íg„a] agitación • pe- ro elpart.do de S.eyes y Bonaparte, que estaba apurado íor er,g,r un gobierno provisorio, asentó como un hecho, valiéndo rll A Ta- ^''f del Sr. Lagarde. secretario gene- S Líon A ""V^r ^''''''^'^ habían hecfo su dimisión. Al punto los opositores reclaman que se trate de reemplazarlos en las formas prescripta. Bonaparte, advertido de esta doble borrasca, juz-a que Márr^entr^T'" ''""'f "r"" ^^--esa'e] s^Jon'de Marte, y entra al consejo de los Ancmnos. Allí en una arení^a verbosa y entre cortada, declara que no hay gobierno y nue la constitución no puede salvar á'la RepúbL' ?^^^^^^^^^ al consejo a que se apresure á adoptar un nuevo orden de co- sas, protesta que no quiere ser respecto de la magistratura que va a nombrarse ; sino el brazo encargado de sos f^rTha: cer ejecutar las órdenes del consejo- ^^^^en-er y na- '•Esta arenga, de que solo he referido la substancia f,,^ que agitaba al general, j ^nn ^'^'"''^"'f''^^ ("gaí- que goza de estas ventajas es el que Gon ellas, unidas a la de ser el asiento permanente del gobierno adquiere a juicio de los pueblos una prepotencia que amenaza su bbertad. Acaso esta consideración hizo que el congreso de los Estados Unidos para calmar estas inquietudes, se fijase en Washington; pero sea de esto lo que fuere, yo nido que el congreso fije su atención en este lugar débil y averigüe si pudo servir de obstáculo para que el congreso llenase con gloria y dignidad su puesto. No Señores : él ha sido y lo será siem- pre un centro que dió actividad y vida á todos los estados : su acción vivificante estuvo reconcentrada en la capacidad, en las virtudes, y en el patriotismo sublime de los que lo coripo- nian, y esto fue lo que hizo que todas las riquezas del estado, estuviesen siempre subordinadas al imperio de su ley. Y auni que sea verdad que la acción del poder está mas espedita cuan- do esta mas en contacto de los recursos, iro lo es menos que a esta ventaja se sobrepone la de tener al estado en perfecta tranquilidad sin esas murmuraciones que exita una fortuna des- medida, y esas preeminencias siempre inductivas de acedías ias mas amargas. Esto recuerda la gran prudencia del congre- so pasado, sancionando que Buenos Aires fuese porentonccá la J27 capital y dejando á las legislaturas venideras, el cuidado de trasladarla cuando y en el lugar que conviniese. Los ejemplares que he producido tonnados de la historia de Norte América, son tanto mas oportunos y eficaces, cuan o que el sistema de gobierno en que de hecho e «nteriaamente Lamos hasta la constitución que de el congreso, es puntual- mente el federal. Esta proposición es incontrovertible, bs cierto que ano de los señores diputados que habló en la ses.oa anterior, sostuvo que las provincias no teman bases que las la voreciesen, para mantener sus instituciones, y que a tud de la ley fundamental que nos rige, el congreso podía q «^^r^^ cuando creyese que el interés general de la nacen asi lo exigida. Era de desdar que hubiese satisfecho las razones ^on que .os- tuvo lo contrario uno de los señores diputados de la Banda Oriental : pero fuese porque no lo hizo, ó porque tuviese yo la desgracia de no haberlo comprendido, lo cierto es que a m. jui- cio nada oí que las atacase de frente. Señores yo no la. re- produciré po'rque en su lugar ten.o una autoridad de mucho neso la que creo no dejará de respetar el señor diputado de la Cont endí, quiero decir la del señor ministro de gobierno que está prese'nte. Hizo mucho honor á S. E uno de los dictáme- nes que dió siendo miembro de la junta de la Provincia. T a- tándise allí de si á los diputados para el ^^^^^g^-^^^^^^^'^^f^^ les instrucciones, di¡o con este motivo que no P^^^'^ ^abe^^^^^^^ der bastante en todos los diputados juntos para desüuir la instituciones de la provincia, y arrebatarle la espera^^^^^^ prosperidad ; que la representación provincial endr a derecho para^sosteneitido cuanto habia llevado hasta el P^^to que \le- gó entonces, y que poco le costaria obtenerlo, siendo causa in- dividual de todas las provincias, pues que se e-pe-ba destru- yendo las bases de su prosperidad. Yo prescindo ahora de a ¿uestion de si elevar esas instituciones a nacionales es destruí las: lo que saco porconsecuencia de esta autoridad es, que has ta la constitución del congreso las instituciones de las Pjovinc^as son indestructibles y que ellas reposan sobre la garantía de ba- ses firmes. Aunque esto me basta para que sea Cierto que de hecho nos regimos bajo la forma del sistema federal, obra tam- Sien a mi fav°or otras dos reflexiones. La una es q^e discu- tiéndose en el congreso el arU'culo tres de la ley f^^f^^^^ ^^ que dice asi : "Por ahora y hasta la promulgación de la cousti 128 tucion que debe organizar el estado, las provincias se regirán Hitennamcnte por sus propias instituciones" fui yo de parecer de que se añadiese "menos aquellas que están en oposición del bien genera!" el señor ministro tomó la palabra j fundó que no debía admitirse esta adición, y asi se hizo. Mírese, señores eon que cuidado escrupuloso se aspiraba á conservar intacto el derecho de las provincias á sus instituciones, pues aun se recha- zo la clausula "las que fuesen contrarias al bien público. La otra es que el primer proyecto de ley, que hemos llamado co- munmente fundamenta!, y al que la comisión (de quien yo tam- bren fui uno de sus miembros) le quitó este renombre, no por- que dejase de serle propio, como dijo el señor diputado, sino por no confundirlo con la constitución, es sacado de la acta de confederación de lo* E, U. de Norte América. Es de suma importancia traer aquí á consideración un re- sumen sucinto de los elementos de este sistema. Por él cada provmcia mantiene su independencia respectiva, goza de sus propias instituciones, se forma las leyes que mas le convienea, y para componer una nación, todas se reúnen en. el centro co- mún de un congreso, el que combinado con un poder ejecutivo pone en ejecución sus leyes. Pero este pod^rno tiene ninguna influencia en el órden civil ni en la administración interior de cada estado. El reina, por decirlo asi, en la circunsferencia de todos, pues que su impeno está restringida esencialmente á los negocios csteriores, á los generales, y al mantenimiento de la harmonía entre los estados, confederados. El disminuye las fun- ciones de cada gobierno en- particular, sin introducir ningún choque entre su voluntad, y sus determinaciones domésticas; ei. fin, él distribuye las cargas á proporción de las fuerzas de de los que deben soportarlas. Pero señores ¿ es compatible nada de esto con el poder de trastornar las provincias, y meter la mano en lo mas interior de su régimen ? ¿ Podrá decirse con justicia sin violar el testo del artículo cuarto de la ley fundamental, que intervinien- do el ínteres de la nación puede desmembrar una provincia, quitarle sus instituciones, y despojar á sus magistrados de aquel mismo poder que se reservaron por el pacto social ? No seño- res : la ley se ha de interpretar, como han dicho muy bien^ al- gunos de los señores de la oposición, dejando siem^pre intacto el sistema que abrazaron al reunirse : lo contrario seria lo mis- mo que borrar con la izquierda, lo quo se ha sancionado con 129 la derecha. — El mejor intérprete de estos sentimientos es la conducta de los Estados Norte Americanos ; y es una verdad indeficiente, que en toda su historia legal no se encontrará ni un solo ejemplar de esta especie .... ¿que digo ejemplar? Aun el proferisfeo se^iyavirana como un atentado contra la consti- tución, z"^-^^*. Pero se 'dice que, sin el poder que exige el proyecto, el congreso seria un fantasma y sin autoridad para salvar la patria. Pero señores ; esto es ya anticipar un fallo muy prematuro contra el sistema federal, por el que algunas provincias se han declarado y entre ellas la de Córdoba. Yo que tengo el honor de ser uno de sus representantes faltaría á mis deberes, á la ra- zón, y á las luces de la esperiencia sino sostuviese con firmeza, que él es capaz de elevar á una nación á la mayor prosperidad. ¿ Pues que, bajo de ese mismo sistema el congreso de los Es- lados Unidos y su poder ejecutivo no sacaron triunfante á su nación, y afirmaron su libertad ? ¿ Les fué preciso capitalizar alguna de las ciudades opulentas en que residieron, ni ejercer el poder de las armas en lo interior de los estados sino por me- dio de sus propios magistrados ? Se ha ponderado mucho los embarazos en que se implican dos autoridades que residen en un mismo lugar ; pero ¿ como no se sintieron esos embarazos cuando el congreso estuvo en Filadelfia, y Nueva York ? La razón de esto yo la diré : Fué porque asi el congreso como el poder ejecutivo obrando ceñi- dos á sus facultades, obraban como si estuviesen retirados en el último ángulo de los estados, j Que bello modelo señores para que lo tenga presente el con^^reso ! Esto es lo que reclamo.— He dicho. Imprenta de Hallet y Ca. EL CIUDADANO. N.* 10.— BUENOS AYRES, ABRIL 8, DK 1826. L'imprudence et Verreur De la chute des Rois funeste precurseur. La imprudencia y error "De la caída del trouo Funesto precursor. CUESTION DEL DIA. Sigue el asunto que quedó pendiente en el Jsüm. 6. Si las leyes no fuesen mas sino preceptos promulgados para los subditos, la sociedad no se mantendría mucho tienapo, y se hallaria por consiguiente espu-esta á vicisitudes espantosas. Ningún pueblo en una situación semejante merece el nombre de nación, pues poi tal, ya sea pequeña ó grande, fuerte ó dé- bil, mediocre ú opulenta, ignorante ó sabia, solamente es reco- nocida la que existe bajo de ciertas formas, que alónenos prue- ban su capacidad de segu'r en clase de cuerpo político, y la probabilidad de que este estado ha de durar. Mas las leyes, y cabalmente aquellas que disciernen y de- terminan la forma del estado, y la clase de instituciones sobre que se debe apoyar, que son sin duda las mas altas y mas im- portantes de todas, esas no solo dicen relación a los pueblos, sobre los cuales están dadas, sino mas inmediatamente á las au- toridades que rigen sobre los pueblos mismos ; pues la parte en que aquel ó aquellos á quienes esiubiese confiado el ejercicio del poder, tienen descriptos sus deberes y sus derechos. Estos son verdaderamente los vínculos que ligan el gobier- no á los pueblos ; la cadena que tiene unidas las varias partes que componen una nación ; la base de la autoridad, y el gran instrumento que comprende lo que se exige y espera de los po- deres públicos. Allí es á donde debe recurrirse para medir la xesponsabijidad de les gobier.f^os, no menos que del legislativo. 131 Allí se ven las garantíias que estas autoridades prestan al bien y la felicidad común. En una palabra : allí se enrueatra la clase de sociedad que se ha pensado y se ha ofrecido constituir Estas pues son las leyes fundamentales ; y de esta especie es la de 23 de Enero, por la cual se ligó, y comprometió del modo mas solemne el congreso, á conservar las formas bajo que se hallaban las provincias al tiempo de su promulgación, y por una consecuencia precisa se obligó también á respetar la existen- cia de las provincias mismas. A estas leyes se llaman con pro- piedad pactos^ ó contratos^ entre la autoridad y los pueblos, que no se pueden atacar, ó violar, ya sea por algún miembro del estado, ó sea jt7or los legisladoresy^ue son las partes contratan- tes, sin que la nación se desuna* Mas si la ley de 23 de Enero, por el crédito del congreso debió sin duda establecerse con sabiduría, de una manera conve- niente á la inclinación de nuestros pueblos, y á todas las circuns- tancias en que ellos se pueden encontrar hasta la sanción de la constitución (como lo ensena el sabio publicista citado); si de- bió determinarse y anunciarse con precisión y claridad, á Jindt que hasta aquel término espresado perman<;aese estable y no st pudiese eludir ; como, no bien pasado un año después de su pu» blicacion, y sin que se hubiesen llenado las condiciones que ella impone ya se le quiere considerar como nociva, ó al me» nos como inoportuna ; y se trata de hacer ilusorios sus efectos poT otra ley muy subalterna, y de una menor importancia ? Los abogados del proyecto se han puesto en esta dura alternativa de herir la reputación del congreso en uno u otro de sus actos : la sabiduria y el buen juicio que debió presidir al primero, que estableció la ley fundamental, no puede estenderse al segundo que se dirije á derogarla ; ó si se halla en este, no puede volver hasta el primero. Nosotros seguimos adelante. Por la definición del publicista antes citado las leyes fun- damentales corresponden á las leyes políticas, que son leyes he- chas directamente con el objeto del bien público. Pero las leyes políticas se dividen también en leyes políti- cas y leyes municipales ó civiles ; siendo las primeras las -que dan forma y re^jla á los gobiernos; y las segundas á los indivi- duos. Los pueblos libres jamas delegan sin reserva otro poder legislativo que el referente á las leyes municipales ; y el relati- vo á las políticas siempre es retenido en las manos de la nación. "Querer confundir ambas cosas ; proponer una ley puramente 132 municipal, como es la de establecer una capital ; y querer con ella destruir una ley política, y aun mas, una fundamental que precribia la existencia de las provincias ; en una palabra, re- glar la forma de gobierno, y prevenirla, mientras ?e pretende mandar solo á los individuos ; ó es un acto que choca con lo que dicta el buen sentido, ó un fraude que no se puede discul- par. No sabemos si los parciales del proyecto son capaces de sostener la consecuencia que saca un escritor muy célebre, á saber, que todo gobierno en que se innova en una ley política por medio de una ley civil, es despótico. Por lo tanto mientras ellos ponderan con exaltación la medida, diciendo que es base de organización, no hacen mas que levantarse un cargo á que no pueden responder. El curso de la discusión no ha hecho mas sino patenti- zar el conflicto en que se hallaban los admiradores del pro- yecto. Rechazados por los principios, ellos tomaron su aco- gida en los puestos en otro tiempo frecuentados por la ignoran- cia y la arbitrariedad, y que ya parecían destruidos por las lu- ces y la esperiencia. Las circunstancias piden la adopción del proyecto, ¡ Hq aquí erigido en máxima de Estado el imperio de circunstancias! Permitamos que á esta atmósfera elevada deban llegar siquiera alguna vez los vapores que se forman por los sucesos. La ley or- gánica que estipulaba conservar las legislaturas provinciales, es- taba calculada para todas las circunstancias en que estos puc hlos se pueden encontrar hasta el caso de la constitución ; el ra- ciocinio por lo tanto, que se emplea en quererlas destruir por virtud de un motivo que ha sido previsto en aquella, es falaz y enteramente frivolo. Sobre este punto nada nos deja que desear lo que dijeron los señores diputados que combatieron el proyecto. Solo recordaremos que una constitución, ó una ley funda- mental, que es lo mismo, debe estar hecha á prueba de las cir- cunstancias que puedan ocurrir en las naciones ; y entre las muy comunes, que deben por necesidad presentarse al juicio de un legislador, son sin dúdalas de una guerra. ¿Y quién no vé que es un absurdo el pretender que por que ahora esta- mos en guerra se haya de alterar la ley fundamental del Es- tado ? ¿Mañana podrá hacerse la paz ; y en ese caso, pregun- tamos, la organización nacional que se habia acomodado á la guerra, volverá otra vez á conformarse con la paz en que en- J33 tonces nos hallaremos ? ¿Se deshará la capital, como una batería levantada durante las hostilidades ; y la provincia revi vira de sus cenizas ? Y si las cosas, según pensarán los defen^ sores del proyecto; han de ser entonces estables, aunque he- chas conforme ñ circunstancias, y á pesar que no tendrán una ley fundamental en su favor; ¿ por qué no lo han sido en el dia por virtud de la ley citada del Congreso, cuya naturaleza es permanente ? Mas aquí se presenta una consideración la mas grave, y en realidad de tanto peso que ella sola sería bastante á de- mostrar que el proyecto era ilegal y en todo sentido inadmisi- ble, aun cuando no hubiese existido la espresada ley del Conr greso. La provincia de Buenos Aires estaba, mas que nití- guna de la Union, al abrigo de una resolución que suprimiese el carácter político con que habia concurrido al Congreso, hasta que el Estado sea constituido definitavamente ; y se ha- bia garantido con especialidad de toda innovación que acaso se procurase hacer por la autoridad general en sus institucio- nes, y su régimen interior. A este intento se premunió con una ley fundamental, que espidió en 13 de Noviembre de 1824, y que hizo promulgar como base de su incorporación al Con^ greso. Esta ley, que á todas luces es el pacto especial cele- brado por la provincia de Buenos Aires, y el único título en que ella quiso y pudo fundar su obediencia, está concebida en estos términos : LEY FUNDAMENTAL (*). Base de incorporación al Congrtco. Art, 1. La provincia de Buenos Aires se regirá del mismo modo, y ba jO las mismas formas que actualmente se rige hasta la promulgación que dé el Congreso Nacional. 2. La provincia de Buenos Aires se reserva el derecho de ace{ tar ó desechar por su parte la constitución que presente el Congreso Nacional. 3. La aceptación se hará por la junta de representantes de la provincia renovada íntegramente, siendo elegidos sus representantes con este objeto especial, fuera del de sus atri- buciones ordinarias. (*) Registro Oficial, Noviembre 1824. Í3i No es menos notable que esta ley fué confirmada de im modo señalado, precisamente cuando se discutia en el Congreso, la supresión de la provincia, y algunos de sus represientaiites ee atrevían á sostener que habían ido sin instrucción alguna al Congreso, y se creian espedítos para votar la estincion de su comitente. " Se declara (dija ha sala de provincia q_«e la ley de 2 de Enero del corriente año, en que se autorizó aj gobierno de la provincia para poner en ejecución las que habia dictado y dictare ej Congreso General Constituyente, con el objeto, de proveer á la defensa y seguridad del territorio d.e la nación, es escluüivamente relativa á la guerra contra el emperador del Brasil ; cuya ejecución fué, y es la voluntad de la provincia se haga con sujeción á la* leyes generales que han regido al ejér- cito ; sin derogar, ni inferir la. menor innovación á la ley fun- damental de \3 de Noviembre de 1824, BAJO CUYA UNICA BASE ENTRO, Y QUIERE PERMANECER LA PRO. yiNCIA EN LA ASOCIACION; y coa cuya única instruc cion remitió sus diputados al Congreso*" Después de estos datos paíaremos á analizar el modo con que se han espedido los defeíisoxes del proyecto. Lo que ha alarmado, y debido alarmar mas que todo, es ver que han re- currido sin rebozo á las doctrinas, reprobadas del absolutií-mo en el Congreso, y de. las facultades omnímodas^ esforzándose á sostener que la autoridad de este cuerpo no tiene límites ningunos. A la verdad, entre todos los estravios de que es susceptible la razón, cuando se agitan cuestiones espinosas, ninguno podia esperarse menos que el que vamos á refutar. Mas aunque sea á costa del rubor que causa el desengaño, se hace piecisa la tarea de combatirlo; oponiéndonos como de- bemos á que ganen entre nosotros algún crédito, en la situa- ción á que felizmente hemos llegado, doctrinas tan odiosas y erróneas. Conxinuará. (1) Febrero 22 de 182^. 135 OBSERVACION Traducida de Plutarco* El carácter del ambicioso es contar siempre en nada lo pa-= sado, y anhelar á elevarse por sobre todo lo que hay de mas grande-, y cuando no tiene ya rival, hacerse uno de sí misnrio, y trabajar en sobreponerse, aunque sea con estravagancias ridiculas. ¿Pero son estos hombres dignos ni capaces de hacer la felicidad de sus semejantes ? No ciertamente ; ellos no combaten por la virtud, sino por una vanagloria. Les sucede lo que á Ixion, que creyendo abrazar á Juno, no abrazaba sino ó una nube : asi ellos, siguiendo la gloria, no abrazan sino una vana imágen de la virtud. Al mismo tiempo esta vanagloria^ y el anhelo desordenado por adquirirla, sofoca e» ♦vi los todas las virtudes^ morales : no conocen límites en sa pasión : llevan siempre al esceso sus máximas políticas^ y producen de este modo mas males que bienes en la sociedad. En una palabra, h ambición precipita á los hombres en los mayores desórdenes y vicios, tanto como la corrupción del corazón ; y las mas horribles sediciones, las guerras civiles, la íangre de los ciudadanos, la tiranía, la confusión general de todas las cosas, el trastorno de los imperios^ son los ánicos frutos que nos presenta de la ambición, la historia de todos los tiempos. Jamas se mostró Euripides mas sábio ni nías, políti- co, que cuando aconsejó evitar sobre todo la ambición, Gomo> el demonio mas temible y mas pernicioso para los mismos que están poseídos de ella. ¿Porqué te entregas, hijo ndo,álar ambición, que es la mas perniciosa de todas las diosas ? (Dice Jocaste á su hijo Ereocles en los Phen. v. 534.) JVo lo hagasy no : te conjuro sobre ello, porque es un demonio muy injusto. Ella ha entrado en muchas ciudades felices y florecientes, y 7io> ha salido de ellas hasta después de arruinar todo^ juntamente con las que se le habian entregado* 136 PAPEL. Artículo comunicado- Yo. los pesos son en Buenos Aires moneda imaginaria lo mismo que los maravedís. Se cuenta por pesos, se habla con- tmuamente de pesos, y no hay tales pesos. El Rio de la Plata ya debe variar de nombre, debe solo llamársele en adelante Rio de papel. Se me figuran los habitantes de la que fué Pro- vincia de Buenos Aires hablando de pesos, á un individuo que habiendo sido opulento, y caido de pronto en suma pobreza, por un movimiento puramente mecánico, y á las horas que acostumbraba, llama criados que están en otro poder, y pide el coche que hace dias pasó á otras manos. ¡ Admirable sa- oer!¡! ¡ Portentoso tino político !!! Se dice que todo ha recibido un incremento rápido, que todo se ha etetads sobre su posición : es decir, que las cosas han salido de su quicio, ó que se ha puesto lo de arriba abajo, y lo de ahajo:arnba. Que las fincas y demás efectos han subido á un precio enorme. Que el crédito público se \m elevado á tina altura eminentemente eminente. Pase. Pero una pequeña observación : las fincas que antes se vendian por pesos y onzaos que r seis meses, ó hasta el rnes de No- viembre próximo ; y quiere decir, que el primer término por el cual queda inhibido ei Banco de hacer sus pagos en metáli- co, es el de denlo ochenta- y cuatro diasl Por consiguiente, nuestra prohibición prisnera viene á esceder á la de Pitt en ciento treinta y dos dias mas ; lo cual no es poca diferencia. Y si á esto se ag'rega ei privilegio de algunos dias, para no pagar en especie, que parece habérsele ya concedido provisoriamente á nuestro Banco, mientras el Congreso puede ocuparse de esta ley, para libertarlo entretanto de las consecuencias de un liti- gio; la desproporción es mas grande. En segundo lugar : después de los cincuenta y dos días de Pitt, el Banco de Inglaterra quedaba terminantemente obli- gado á pagar en moneda sus notas, cuando así se le demanda- sen : mas nuestro Banco Nacional, á los ciento ochenta y cua- tro dias, no pagará sino en lingotes, y tampoco no todo el va- lor de los billetes emitidos, y que puedan serie presentados, sino solo una tercera parte de los valores de su giro. Aquí pues vuelve á haber otra diferencia. • j m En tercer lugar: siendo muy corto el término de Mr. Fitt, tenia sin duda la doble ventaja de reconciliar los espíritus á una [\) Es muy singular el tenor ríe los billetes de hoy oia. He aquí uno de cien pesos.— /ÍZ Banco de Buenos Aires, (que fué suprimido porque no podía pagar en met^Uco) promete paarir al portador y á ta vista la cantidad de cien pesos en moneda metálica. Buenos Aires 1 ^¿ de Febrero de 1826.— Por los Directores y Accionistas ( ¿ sernn los del Banco finado de üuenos Aires, ó los del Banco Nacional r^Juan Ptdro Aguirre, presidente del Banco Naciunai— ..']/¿í/rí>s ^r-¿6c/, contador del mibmo Brinco rsacionaí, que tampoco ¡ ag-a en metálico — F.^to inueba qise al menos en \2 de Fe- brero, éot>cacnquc el Banco de Bugdos Aires ya no existía, no tema papel el Banco Nacional ; y nos.tn.s podemos agregar que aun no hemos visto ninguno con su e..tami)a. Cosa fuerte sería si hubiese dcesperaiee de Inglaterra, ahora que estamos en biocjueo. 191 medida peligrosa, y dar motivo al Parlamento de un ensayo en 'esta materia por un tiempo muy limitado. Al contrario, esa inhibición absoluta en nuestro Banco Nacional es dilatada, y después del mes de Noviembre pasa todavía á confundirse con bs formas que la léy prescribe á los pagos, por el término de dos anos, que nanea son conforme al tenor de la promesa. En cuarto lugar : en Inglaterra se tenia un sumo y esquí- sito cuidado en persuadir que el Banco se hallaba en un estado de solvencia ; aun se pretendía que estaba deseoso de pagar; y se usaba del aparato de obligarle á que suspendiese este empe- ño. Ninguna alteración se trataba de hacer en apariencia en el instituto del Banco, En el nuestro se omite este cuidado, ó no se emprende sino con visos de bastante debilidad. Y á la verdad ¿se puede esperar otra cosa cuando el Banco de Bue- ?ws Aires acababa de ser suprimido por incapacidad con- fesada de cumplir con sus compromisos ? Y aun cuando se tratase de persuadir al publico que no era falta de metálico la que obligaba al Banco Nacional á no redimir sus billetes, ¡quién no se alarmarla con el artículo 8 del mismo proyecto, que tan al caso nos advierte, que los billeles del Banco jYacio- nal son en todo el territorio de la República, moneda corriente por su valor escrito Ultimamente, la operación del ministro Pltt nos ensena que aunque se prometa volver al pago de metálico dentro de un término preciso y sumamente reducido, este plazo puede prolongarse nada menos que veinte y un años, ya en tiempo de guerra, ó en la paz, y ya sea que haya temores de invasión, 6 el curso natural de las cosas. La idea sola de que esto puede ser así debe perjudicar á, la confianza que se necesita en el Ban- co •, y por todo ello se hate forzoso deducir que el ejemplo de Mr' Pitten este caso no ha sido citado con fortuna; y que antes, según él es en realidad, el dicho eyémplo parece mas bien una censura del arbitrio que se quiere adoptar entre nosotros. Pasemos adelante. Después de los ciento ochenta y cua- tro días, ó desde el 25 de Noviembre de este año, hasta el 25 de Mayo de 1827, el Banco pagará en lingotes : voz francesa, que quiere decir en castellano ni mas ni menos que barra de oro ó plata ó riel de algún metal no trabajado. Pero de aquí resulta que el Banco no da si no valores cuando debía ofrecer moneda por pago de ios billetes emitidos; y resulta también que no da al comercio y al público la comodidad que se trató 192 de consultar con la circulación del papel, pues eaíe para llenar su objeto debe ser un signo y representante verdadero de la moneda fácilmente cambiable á la vista, ó la primera deman- da. Ademas de esto, el acreedor que no puede cambiar sus no as sino por una barra, sufre en realidad un perjuicio, pues el lo que esperaba recibir, y lo que necesitaba obtener era moneda, y no el pedazo de metal que se le exhibe, y que no puede convertir en especie, aunque lo exijan sus negocios. En tin, el Banco no ha cumplido con su promesa que espresamen^ te íue pagar sus billetes en moneda metálica ; y si á esto se agrega el c^ue no pagará en aquel término, y en los referidos lingotes, sino hasta la tercera parte de los valores de su mro se ▼e que hay una gran distancia hasta llenar sus obli.^acione« verdaderas, de que es preciso hallar una razón. ° Acaso se preguntará por algunos : ¿si el Banco tiene en efecto barras de oro que dar en pago de sus notas, porque no Jas convierte en moneda, y cumple como debe con sus pro- mesas ? Pero entonces no se cargaria al acreedor la diferen- cia que existe entre el metal en bruto hasta el metal amoneda- do; no quedaría en favor del Banco la ganancia que hace en fajar cincuenta y tres onzas por la cantidad de mil pesos ; y sobre todo, no se le obligaria al primero con la misma facilidad á volver á entregar las barras, recibiendo nuevo papel para poder hacer sus cambios. Sabemos que se afectará dar una esphcacion mas profunda de esta sencilla operación, hacién- dola subir á la región de la política ; mas no obstante, pensa- mos demostrar que la nuestra es la verdadera. También puede ofrecer alguna duda el modo de calcular Ja tercera parte, por ejemplo, que se ha de pagar en lingotes. La Igualdad parece exigir que la dicha tercera parte alcanzase n todos los billetes, y siendo asi podrían ofrecerse al Banco cantidades tan cortas que no hubiese lingote alguno que pu- diese darse en su pago : ó bien se satisfarán por entero á algu- nas personas favoritas todas las cantidades que traigan al Ban- co en pape!, hasta el monío de la tercera parte; y entonces r^iempre será verdad que algunos han sido pagados por entero, que otros habrán quedado sin nada, y que el Banco no habrá pagaao en barras sino la tercera paite de los valores de su giro; lo que producirá un monopolio criminal, y un camino de in- morahdad y corrupción. En el iercero y cuarto plazo que corren desde 25 de Mayc^ 139 de 1827 hasta el 25 de Noviembre, y desde allí hasta el 25 de Mayo de 1828 no hay otra alteración sino pagar en lingotes Ja mitad, y las dos terceras partes de los valores del giro del Banco: de modo que en substancia las objeciones é inconve- nientes son los mismos. Parece que no pudo dejar de sentirse ansiedad por el éxito de la medida, pues en el artículo 8 se quiere que los billetes del Banco Nacional sean en todo el ter- ritorio de la República moneda corriente por su valor escrito, ¿ Pero alcanza el poder de las leyes hasta producir este fenó- meno ? ¿ Qué es lo que en realidad se pretende ? ¿ Evitar la depreciación ó baja del papel, cuando este no se halla soste- nido por el único medio, que es su cambio en valor metálico ? i Luego que el papel no es ya lo que se trató que fuese en origen, dejarán de establecerse dos precios ? ¿ Y el precio escrito del papel no ha de sufrir alteración, cuando su precio res- pectivo al oro y á la plata, y al oro y plata amonedada, no puede ser el mismo? No hay duda que se puede mandar que sea recibido el papel por su valor escrito ó nominal : que el propietario lo reciba del mismo modo en pago de sus rentas, aunque con violación del contrato ^ que el que pres- to en oro, sea satisfecho en papel ; y últimamente que sea un crimen el vender ó comprar moneda con papel sino precisa- mente al par. Pero á pesar de algún ejemplo que pudiera ci- tarse de esto, ¿habrá fuerza en ninguna ley para hacer cumplir disposiciones tan violentas, y tan altamente repugnantes á las ideas de justicia ; antes bien no se ha visto siempre que ellas han sido siempre ilusorias, y completamente ridiculas ? Continuará, ARTICULO REMITIDO. La guerra — Protesto ostencible. CiüDADAífo: el periódico titulado El Nacional, bien cono^ cido por defensor acérrimo de las ideas y máximas del mini^^ terK) ha concluido su carrera, y al tiempo de morir nos ha • legado una confesión que por ser de su pluma es dit^na de con- servarse, y de que todos se fijen sobre ella. Hablando en articulo '. Representación Nacional, de la constitución que debe - darse a! Estado, y de su organización consiguiente, nos dlcé • que el Cobierno Nacional debe ponerse al frente de esta oi)ra J40 y que debe apro'úecharse á. todo trance de una circunstancM fd^ vorahle que hoy existe — esta es la guerra en que está empeñada la nación, porque es indudable que un gobierno hábil, patriota i/ enérgico sabrá aprovecharse de estos morn,entos de entusiasmo para sacar un partido ventajoso de los pueblos y de los hombres Mcia un objeto que antes no conseguiría. Al fin parece que ya todos nos vamos entendiendo, y que nos ponemos de acuerdo en l'd inteligencia de las cosas. Según esto la circunstancia favorable de la guerra vendrá á ser las mas veces un mero pretesto para lograr muchas cosas que se quieran establecer, aunque estas nada tengan que ver con aquella, y aunque entre la guerra y las cosas no haya la menor conexión. Por ejem- plo : si se quisiera lograr que todas las provincias se prestasen por el Gobierno de Ünidad ; que los Gobiernos provinciales recibiesen su autoridad del Presidente de la República, des- conociendo á las juntas que los han creado, é investido de las facultades que tienen ; que estas juntas dejasen de existir, é hiciesen su testamento instituyendo de heredero á una sola persona 5 que las propiedades y todo cuanto les pertenece lo pasasen á otras manos, si se quisieran estas y otras muchas cosas, aunque nada tengan que ver con el estado actual de guerra, sería oportuno hacer valer este especioso título para aprovecharse del entusiasmo de los pueblos, y conseguir lo que sin él no se conseguiría. Ni mas, ni menos que asi no- sotros le entendíamos, sin embargo que por esta nuestra per- suasión hablamos sido reputados por temerarios, mal intencio- nados, con otros mil favores. Estando ya todos de acuerdo en este punto no tendremos que reprocharnos, y tendrá menos motivo de disgusto vúQüro—COjWIUDADAXO, ARTICULO REMITIDO. Sobre un rasgo del Correo JSÍacionaí. Conciudadano : en el numero 22 del Correo Nacional he- mos leído un discurso, contestación al Cóndor de Bolivia, en que se le dá una ligera idea de los méritos contraidos por las Provincias del Rio de la Plata en la carrera de su libertad é independencia j de sus sacriücios, y últimamente de su ilustra- MI cion, y en él estas notables palabras : ahora se presentan^ ásu vista luchando vicíoriosámente brazo a brazo con el Imperio del Brasil, y dirigidas por el primer hombre de América, y el mejor amigo de su patria, y os confieso de bu'ena fé hemos quedado estáticos, sin sab«r lo que nós p^sa, ni Comprender lo que lee- mos. Pues que ¿ los innriortales Bolivar y Sucre, el iní^Vtigable é intrépido San Martin, y otros dignos gefes que combinando planes y sacrificando su vida en el campó de batalla hán sabido conquistar, y asegurar la libertad de la América nrreridional, han Venido á quedar muchos grados atrás del g^fe, aunque dig- nó, hoy preside las Provincias del Rio de la Plata ? ¿ Bo- lívar, que ha mei-ecido los elogios de todo el mundo civilizado, aun en los lugares doñdé reina la tiranía, Bolivar á quien el célebre y digno de eterna mémo-ria el gran general La Fayette, el amigo de la libertad ha clasificada de un nuevo Washington, y á quieñ la benemérilá familia de este héroe, haciéndole toda la distinción á que es acreedor, ha regalado y cedido la medalla de honor que fué dedicada á su autor el inmortal George Wash- ington, como al padre de la independencia de la América Sep- tentrional, después dé la rendición de York-Town, que puso térrriino á la gueira de h revolución, y un retrato que contiene "parte del cabello que adornó la frinte del héroe del Norte; Bolivar, digo, ha quedado mucho mas atrás, que el actual Pre- sidente de nuestra República. Si hubiera dicho que nuestro Presidente era uno de los primeros hombres de la América, ó si se hubiese querido llevar el elogió á tal estremo, que era el primero de esta sección americana que comprende las Provin- cias del Rio de la Plata, acaso sería injusto, pero un poco mas lolerable, pero avanzarse á decir que és el primer hombre de Amériqa, esto importa una baja adulación injuriosa, é imper^ donable, de que no puede agradarse el mismo Presidente, por lo mismo que se le dá ilustración y sabiduría. El sabe que semejantes inciensos se disipan con el viento, y vive muy sa- tisfecha de que para que su mérito sea reconocido no necesita que se lleven los elogios mas allá de lo justo, y que por eso mismo se le venga á poner en ridículo, y á hacerlo el blanco ^e la befa y de la censura universal. El deseo que me asiste que se conserve incólume la reputación de nuestros gefes, rae han hecho mirar coa horror un avance tan desmedido, y ba determinado á comunicar estos sentimintos á quien es — EL AMIGO DEL CIUDADANO^ Cntd.Mm.íS. 2 142 TRATADO ENTRE COLOMBIA Y MEGICO. Tratado de %inion, alianza y confederación, perpetua entre la República de Colombia y la de Mégico, publicado en la ciudad n de Mégico, el 20 de Septiembre de 1825. El Gobierno de Colombia por una parte, y el de Mégico por la otra, deseando sinceramente la conclusión de los males de la actual guerra, á que han sido forzados por el rey de España, y habiendo determinado emplear todas sus fuerzas uavales y terrestres en defensa de su libertad, y deseando que ésta alianza sea general entre todos los Estados de la América Española para que contribuyan sus fuerzas y recursos unidos á mantener la causa común de su independencia ; han nombrado plenipotenciaros, que han concluido el siguiente tratado de unión, liga y confederación. Art. 1. Las Repúblicas de Colombia y Mégico se unen, ligan y confederan para siempre, en paz y en guerra, para man- tener con sus fuerzas navales y terrestres, en cuanto permitan las circunstancias, su independencia de la España, y de cual- quier otro dominio estrangero ; y, reconocida su independencia, para afianzar su prosperidad mutua, harmonia y buena inteli- gencia, tanto entre sus pueblos y ciudadanos como entre los Estados con quienes puedan entaljlar relaciones. ; • ' Art. 2. Las Repúblicas de Colombia y Mégico, por con- siguiente, entran en, y forman mutuamente un pacto perpetuo de; alianza, y de firme y constante amistad, para su defensa fcomun, obligándose á ayudar la una á la otra, y repeler mutua- mente cualquier ataque ó invasión que pueda, de cualquier modo amenazar la seguridad de su independencia y libertad, afectar sus intereses ó alterar &u -tranquilidad, con tal que, en el último caso, se haga una demanda por uno ú otro, de los dos gobiernos legalmente establecidos. Art. 3. Para llenar los objetos del articulo precedente las «partes contratantes, se comprometen á ayudarse la una á la íotra, con la cantidad de fuerzas terrestres que se establezca .por convenciones especiales, según demanden las circunstancias, y diírante la continuación de la necesidad. Art. 4. Las fuerzas marítimas de ambas partes contra- táhtes se incluirán también en el caso de exigirse para la ejecución completa de los convenios precedentes. 143 Art. 5. En caso de que se requieran instantáneamente auxilios, cada parte obrará contra el enemigo, con todas sus fuerzas disponibles dentro del territorio de la otra, si el tiempo Jio permite á los dos gobiernos el concertarse. Pero la parte que obre de este modo, observará las leyes y ordenanzas del Estado, en cuanto permitan las circunstancias, y respetará y obedecerá á su gobierno. Los gastos así contraidos, se fijarán por convenios separados, y se pagaran un año después de la terminación de la presente guerra. Art 6. Las partes contratantes se obligan á proporcionar todo el auxilio que puedan á las embarcaciones de guerra y mercantes que lleguen á sus respectivos puertos, con motivo del mal tiempo ú otra causa : y serán facultadas á reparar, componer, proveer de viveres, y aumentar sus armamentos y tripulaciones, para que puedan seguir sus viages ó corsos, á espensa del Estado, ó de los particulares á quienes pertenezcan. Art. 7. Para evitar los abusos de los corsarios armados, en el comercio del Estado y en el de las naciones neutrales, las partes contratantes convienen en estender la jurisdicción de sus respectivos tribunales maritimos á los corsarios y las presas indiferentemente, cuando no se pueda averiguar bien el puerto de donde partieron y pueda haber sospechas de abusos contra iil comercio de las naciones neutrales. Art. 8. Las partes contratantes garanticen la una á la otra la integridad de sus respectivos territorios, conformé existian antes de la presente guerra ; reconociendo también, como parte de este territorio, lo que no estaba incluido en los virrey- natos de Mégico y Nueva Granada, pero que en la actualidad forma una parte de él. Art. 9. Todas las partes que componen el territorio de ambas naciones serán definidas y reconocidas. Art. 10. Si por desgracia la tranquilidad interior se alte- rase, en el territorio de cualquiera de las partes, por hombres turbulentos y enemigos del gobierno legal, las partes contra- tantes se comprometen á hacer causa común contra ellos, hasta que se restablezcan el orden y el imperio de la ley. — Esas fuerzas se facilitaran del modo espresado en los articulos 2 y 3. Art. 1 1 . Todos los que tomen las armas contra cualesquiera de los gobiernos legalmente establecidos, y huyan de la justicia si se les encuentra en el territorio de cualquiera de las partes contratantes, serán entregados para que sean juzgados por el iij .-u-j.',.,. ,'-.1 - • 144 «gobierno contra el cual, se haya cometido el delito. Lc»^ desertores del ejército y de la marina quedan incluidos en este articulo. . ^ • r ^ Art. 12. Para estrecíiar los- lazos de la unión íutura entre los dos Estados, y para evitar toda interrupción en su amistad y buena inteligencia, se formará un Congreso á que enviará dos plenipotenciarios cada una de las partes, comisionados del mismo modo que los ministrps de igual grado, cerca de las naciones esn^angcras. j i j Art. i . 3. Ambas partes se obligan á solicitar de los demás antiguos Estados españoles, que entren en este pacto de unión, liga y confederación perpetua. Art 14. Lue<^o que se haya obtenido este importante objeto, se reunirá un Congreso General de los Estados Americanos, compuesto de sus plenipotenciaros. Su objeto será conürmar. y establecer las relaciones íntimas entre todos y cada uno de los Estados ; servirá de un Consejo en las grandes ocurren- cias ; de un punto de unión en los peligros comunes ; de un intérprete fiel de los tratados, públicos, en caso de mala inteli- gencia y de árbitro y conciliador de disputas y diferencias. Art. 15. Siendo el Istmo de Panamá una parte integrante de Colombia, y el punto mas á pi oposito para la reunión del Con- greso esta RepúbUca se compromete á proporcionar a los plenipotenciarios del Congreso todas las comodidades que de- manden la hospitalidad en un pueblo hermano, y el carácter sagrado de embajadores. , . Art. IG. La RepúbHca de Mégico conviene en la misma obhaacion, si en algún tiempo, por los incidentes de la guerra, ó ef consentimiento de la mayoría de los Estados, el Congreso se reuniese dentro de su jurisdicción. Art 17. Este pacto de unión, liga, y confederación per- petua, no afectará de modo alguno el ejercicio de la soberanía nacional de ninguna de las partes contratantes, respecto a sus leyes y forma de gobierno, ó sus relaciones estrangeras. Pero las partes se comprometen positivamente á no acceder á nin- guna demanda de indemnización, tributo ó impuesto de la España, por la pérdida de su antigua supremacía sobre estos países, 6 de cualquier otra nación en su nombre, lambieu convienen en no entrar en ningún tratado con la España ó con cualquiera otra nación, con perjuicio de su independencia; sino bien al contrario, sostener en todos tiempo sus lntcre^?e^ 145 mAtuos con la dignidad y enc-rgia que corresponden á Estado* libres, independientes, amigos y confederados. Art. 18. Este articulo señala el tiempo para la ratiticacion de este tratado. j n j] El tratada anterior ha sido debidamente ratificado.— Crwadr.- Ivpc Victoria. Por el Presidente. — laucas Alamaiu El precedente tratado fué traducido del español é inser- tado en el National Journal de Washington de 26 de Diciem- bre De aquel periódico lo hemos traducido á su idioma ñnal. No deberá, pues, ser estmño, si tiene algunos defectos.. La siguiente carta fué escrita par el Sr. D. José María Zalazar, ministro de Colombia cerca del gobierno de los E. U. para acompañar el retrato del Gen. Washington, qUe la fami- lia de aquel ilustre héroe envió al Libertador por conducto del Mar(^ues La Fayette, y de c^ue, hace algún tiempo, se ta- zo mención ?n este periódico. A S: E. el Libertador Presidente de Calombia, General Simón Bolívar. Nueva-York SEñoR ;— La familia del iluste Washington ofrece á V. E. un presenté digno de V.E. y de ella misma, y se ha valido para su dirección del respetable medio del General La Fayette, que lo ha puesto en mis manos con las adjuntas cartas que tengo la honra de remitir. No sé lo que deba preferirse en esta manifestación de apre- cio hacia la persona de V. E. si el obsequio mismo ó el-dehcado modo de hacerlo : una medalla de oro dedicada al padre de la independenia de la América Septentrional, después de la rendí- cion de York-Town, que puso término á la guerra revoluciona- ria, y presentada á V. E. después de la jornada de Ayacucho que ha de finalizar nuestra contienda : y un retrato que contie- ne parte del cabello que adornó la frente del héroe del Norte,, son objetos de un precio inestimable : y cuando los doiia á V. E. la famiha misma de Washington por mano de un amigo ^nvo y compañero de arma?, objeto hoy de la vcn<^racÍ0n y del 146 amor de esta nación feliz que ayudó á crear con su virtud j con su espada, se duplica el mérito del homenage. El General La Fayette escribe á V. E. "Que de loa hombres que ahora viven, y aun de la historia, su paternal amigo habria escogido á V. E. para darle igual testimonio de su estimación," y valen mas estas palabras, que un largo pane- girice por su propio sentido y por quien las dice ; ni es menos grata la espresion del Sr. Gcorge Washington P. Custis cuando .- en el nombre de la ilustre familia que representa, insinúa á V. E. " que ella ha conservado estas prendas hasta que ha venido un segundo Washington que debe ser su dueño," concepto que en cierta manera identifica la copia cqn el modelo, sentimiento lleno de fuerza y belleza moral. Las dos cartas dirigidas á V. E. que contienen estas ideas, han sido publicadas en los Estados Unidos, y este pueblo que no por ser grande deja de ser justo, que en toda ocasión oportuna manifiesta á V. É. su aprecio, y le llama el Washington del Sud, titulo comprensivo del mayor elogio con que pueda honrarle, las ha recibido con aplauso. Acepte pues^ V. E. estas prendas, y sean conservadas en la famiha de V. E. como un depósito precioso, que solo deberá enagenarse por un motivo como el presente en favor de otro héroe Libertador de su pais, que haga servir al órden civil la gloria militar: y cuando la paz corone la obra de la justicia, y V. E. consiga el premio que ha pedido á su patria por recom- pensa de sus sacrificios, el descanso de un honroso retiro, igua- lando los Valles de Aragua al Monte Vernon coloque V. E. estas alhajas en el menor lugar de su casa de campo, grabando al pie de ellas la siguiente inscripción. " Pertenecieron al mas virtuoso de los héroes, fueron, dádivas de su familia y las dirigió La Fayette." Soy con distinguida consideración de V. E. humilde ser- vidor — JOSE MARIA ZALAZAR. CORDOBA. En ios últimos tiempos, ciertos periódicos han tenido un particular empeño en probarnos la decisión de las provincias, por la nueva marcha &¿c. &c. á este efecto han ofrecido aí U1 jpüblico cuanto han podido pescar en su sentido ; nosotros le ofrecemos pues cuanto sepamos auténtico, y que sea condu- cente á conocer la verdadera opinión de las provincias, pre- sentando los dos aspectos de la cuestión. Al efecto insertamos el siguiente artículo absteniéndonos de observar sobre él, para que pueda ser mejor distinguido. Consejero de Córdoba^ Kum. 6. — Artículo Buenoi Aires, El nombramiento de Presidente no se habia reconocidt» en aquella provincia, porque su junta no muerta natural sino repentinamente, murió, ab intestato, sin acordar nada : sin em- bargo, los periódicos vendidos á aquel ministerio están anun- ciando reconocimiento de todas partes, sin acordarse que en su misma provincia ha faltado. — A pesar de todo esto el Pre- sidente electo, en cada correo se nos asegura viene con una d'iarrea de decretos circulares. En el penúltimo ha venido con uno bien abultado ; al menos es un escelente engañabobos; en él se ofrece pagar la deuda cóntraida aun en las provincias particulares, con tres plazos : el primero para cuando se sepa el monto de la deuda, j si basta el fondo nacional á cubrirlo: el segundo para el caso que las provincias reconozcan el noni- bramiéiito de su presidencia ^ y el tercero con tal que se le so - metan enteramente con la confianza de fé Pedro, fé Pedro en las garantías de libertad que ofrece su persona, y no otra cosa. Pero exige por condición que la deuda de cinco millones de Buenos Aires la paguen todos los pueblos. Si hubiese algún pueblo tan sencillo y crédulo que creyese en esta franqueza €on uñas, debia antes exigirles el pago, y después reconocer la deuda. Por lo demás la provincia de Córdoba que creemos será la mas interesada en esta red tendida, debe^marchar bajo el supuesto que no es de buena fé, y que aun siendo tal, ma^ de una vez ha sacrificado á su libertad los intereses de menos valer. Es una impudencia efectivamente creer que íodos los hombres son comprables, y que con un decreto quejamas se realizará se quiere halagar las provincias. — Para esto se han empeñado los desiertos de la Arabia, y todas las tierras de las provincias ordenando en consecuencia que no se pueda snage- jiar nada post factim el citado decreto. CIENCIAS. Estamos informados que nuestro compatriota el Sr. D. Manuel Moreno acaba dé recibir el honor de ser nombrado miembro corresponsal de la sociedad histórica de Massachusetts en los Estados Unidos. Esta sociedad fue fundada en 1791 con el objeto de reunir y conservar todo lo relativo á la historia natural, literaria, civil, y eclesiástica del pais. Ella ha rendido trabajos importantan- tes, y ademas de una estensa colección de libros y antigüeda- des, tiene un gabinete interesante de producciones naturales para el estudio de la química y mineralogía. EL SOL DEL CUZCO— (25 de Febrero de 1826.) Ya hemos visto aniquiladas las esperanzas de los enemi- gos de nuestra independencia y libertad : la ocupación del Ca^ ílao por algunos soldados españoles inducidos por la temeridad de Rodil, á la distancia ofrecía en los ignorantes un punto^ de reunión á las fuerzas peninsulares y afectos impotentes á. la antigua dominación : ni el desprecio que se ha manifestado,^.m un ejército de bravos patriotas que obraba el sitio, desengaña- >)an. -El temor á la ferocidad española, los estragos c^uc ha causado por quince anos, paralizaba la opinión. Parece que se necesita hacer gemir la humanidad para preocuparla ! Mas todo ha desaparecido ; el prestigio de alucinar no existe : ia mísera España no estampará su huella en la tierra que protege el Gran Genio, mas grande y mas glorioso al concluir sus obras oue al comenzarlas. El Héri^ules antiguo fijó dos columnas a los estremos del Mediterráneo, que á pesar del nom plus ultra se han pásado ; mas el nuevo ha hecho de sus victonas un iNU MAS DOMINACION ESTRANGERA que durará mas siglo?. Inprmtn de, Hallci Cai 15Ó (Y coniinuó.)— Por lo tanto, la idea del establecimiento de capital en Buenos Aires, es á todas luces perjudicial, y al mismo tiempo sin provecho ni utilidad alguna. Es infinito lo que hay que hablar sobre esto, y yo espero la condescendencia, y perdón también del Congreso por lo que entretenga su atención, ya sea en este instante, ya en otros pos- teriores, porque realmente el caso merece una consideración muy detenida, y las ideas se agolpan juntas. Por este proyecto perece lo mas importante que encier- ran las instituciones de la provincia de Buenos Aires, y esto no puede suceder sin faltar el Congreso al respeto que se debe á las leyes, empezando por este lugar; y á la consideración que es debida también á la voluntad de las provincias. Ayer há, sido. fundada muy bien esta aserción por un señor diputado de Buenos Aires, (*) que ha reconocido sus deberes, y ba mostra- do que la medida es ilegal. Ella en efecto infringe, y quebran- ta cruelmente el pacto, bajo el cual la provincia de Buenos Ai- res está incorporada al Congreso ; y esto hace que la medida misma sea ilusoria, porque una vez lomada, no se puede llevar á efecto en la provincia de Buenos Aires, pues que esia deja de ser representada en el Congreso, y la autoridad del Congre- so no se estiende sino á los pueblos que están representados eii él. Aquí se vé que lo que podria presentarse como una espe- cie de enigma ó problema, es una cosa muy sencilla, emanada de los derechos primordiales : que no chocan, ni pueden jamas chocar las dos jurisdiccioneír : que las dos (la general y provin-, cial) pueden existir á un mismo tiempo : pero ademas, que si. una muere, la otra debe por precisión dejar de existir. La provincia de Buenos Aires era absolutamente libre é independiente de los demás pueblos, de hecho, cuaiido se pensó recurrir .1 los demás, y establecer una autoridad general que cuidase de los intereses comunes. Con este motivo diré ahora lo que antes no hé hecho mas que indicar, y para lo que venia, preyeni^do, y es que la provincia de Buenos Aires con solo sus instituciones mereció tal respeto, que alcanzó ser reconocida, á pesar de tantos peligros como amenazaban al pais : tributo rendido á ella sola, cuando estaba separada de las demás. Para que se vea que su constitución y liberalidad de sus leyes, es !a que engendró la confianza, j atraía la benevolencia de las na- {*) El scoor Castro. Ciudad, Mlm. 1 1 » 151 clones estrangeras. Ahora bien : la provincia de Buenos ATres. independiente, sola, sin que existiese ningún pacto que la li- gase á las demás, determina y solicita á sus hermanas á unirse itiútuamente. y formar todas un cuerpo de nación, establecien- do una autoridad general. Esto se redujo luego á un contrato: ¿ y se verificó este contrato sin condición alguhá ? ¿ Corno sé puede decir esto en el recinto del Congreso ? ¿ Como se pue- de decir que ella ha entrado en el pacto ilimitadamente? ¿ No sabemos, y no hemos visto todos, que la provincia de Buenos Aires se dió una ley, que fué publicada en el Registro Oficial» cuyo epígrafe es, base de la incorporación de la Provincia de de Bnenos Aires al Congreso, y aun mas dice. Ley funda- mental? ¿Y qué quiere decir esta ley fundamental? Ley que el mismo soberano del pais no puede quebrantar: es ün pacto solemne sobre el cual estriba la misma soberanía ; y por esto se ha dicho muy bien por los señores que se han opues» to á este proyecto, que el Congreso sin faltar a las leyes, y sin perder su autoridad, no puede aprobar el proyecto. Hay una ley fundamental en la provincia de Buenos Aires, que no se ^iiede quebrantar, y que se debe respetar. E-^te es el pacto que liga á Buenos Aires á las demás provincias hermanas; y el contrato que ia su eta á !a juri>*diccion del Congreso. Si sus condiciones se quebrantan, la parte á quien se falte queda libreí la autoridad que ha he( ho este quebrantamiento ya no alcanza á la provincia de Buenos Aires. Véanse todas las consecuen- cias que de he( ho resultan de este paso. Pefo, señor, hay una ley también de este cuerpo, ley orgánica, ley fundamental^ por la cual ei Congreso mismo reronoce la existencia de las insti- tuciones ) cuerpos legislativos de las provincias, pues por la ley de 23 de Enero de I825art. 3 se dice que se ri an interiormen- te por sus pr< pias institucione* ha-^ta que se reorganice el Es- tado. Esta ley no puede deiogarse sino por la constitución: este es un hecho que no se pnede ob^curec-r por bellos discur- sos, á no ser que se ten^a el poder de trastornar el espíritu de los hombres ; y no se puede producir este fenómeno, porque todas las ideas recibidas, la naturaleza de las cosas, el derecho en todo su rinor riásu-amente en-« n>i. que una iey fundamental obliíía al soberano mismo, y .'e produce obii,j:aciones ; y por eso se llama fundamental; y que una ley fundamental no se destruye sino por un nuevo coiitraío entre ios miembros de un Estado, por los mismos elementos que constituyen la soberacía \ cu una 1.'52 palabra, no se puede destruir sino por una constitución ; y esa constitución ha de ser sujeta á la sanción de las provincias, se- gún la promesa que les ha hecho el mi^mo Con:;reso. Y enton- ces, ¿áque queda reducido todo esto? Declarando por ca- pital á Buenos Aires, á nada, señores. ¿Y á que quedará re- ducido con respecto a las demás provincias ? También á nada: porque dado este paso con la provincia de Buenos Aires, pro- vincia la mas fuerte, se encontrarán firmones, ya en la guerra, y ya en otras cosas, que justitiquen la supresión de los cuerpos legislativos en las demás provincias 5 y cuando llegue el caso de presentar la constitución, conforme se va haciendo asi ley dé circunstancias; ¿que quedará que hacer? Solo la fecha es lo pinico que ha de restar; porque de este modo se puede hacer todo, y se hará efectivamente todo; y no quedará mas que de- cir : Buenos Aires ó tantos de tal mes, ^c. No señores : toda ley que toca á la constitución, si se há de hacer asi la constitución diariamente, debe sujetarse preci- samente á la aprobación de los pueblos. Señor, podrá decirse que esto embaraza, y hace perder el tiempo. No hay ningún embarazo mas grande que aquel que hace faltar á la fe pública, sobre que debe estrivar toda autoridad : este es el obstáculo mas formal que siempre se debe evitar. Y una vez que aái está convenido y sancionado, debe escrupulosamente llevarse á efecto. Señor, se ha dicho que el artículo 3, que manda que se rijan por sus propias instituciones, puede ser derogado por otro ( el 4 ) en que se reserva el congreso la facultad de cuidar de la defensa, seguridad, y prosperidad del estado. ¿ Pero no se vé que si ese fuera el sentido de la ley, hubiera sido una gran perfidia haber ofrecido semejante ley á los pueblos ? Si el art. 4 puede derogar, por facultad general que tiene el congreso en ciertos objetos comunes, una promesa especial^ directa, y terminante, contenida en el art. 3, ¿qué diferencia, puede hacerse del caso en que nada se hubiese estipulado ? Yo me abismo que esto pueda ponerse en duda. Mas bien creo que la cuestión se ha empeñado sin tener presente esta ley, y que se trata de justificar ó cubrir la contradicción que con ella dice el proyecto, que no el que, supuesta su existencia, se ha meditado derogarla sin consulta de las provincias, mientras la constitución no se ha dado. Supongamos que un individuo haya firmado una obligación ó uo*.aota á pagar tanta cantidad en tanto tiempo que allí e&~. 1,53 tienen de adilar^^l ¡ trett f'""'" ^^^^^ que tr.bunal, en que par e deiaHa^^ H ""^""'^^ ' condición e?pre^"^'^ dar; él p, ¡ ñero ? Ambo J a,,": TU""^'" ''"^ "¡"S" "--"Wen nulo' sin ledas aquellas t ircunsl», ^ ' deroguen, nion de los récZos 1 1 1 " «-nP^I'cular, de In reu- dirección del P e'del dria^n' o-k" «"'T^'^'^ "'"J" también que hay de hl er e 1 '^'^P"''"'=^' 'l'í I» necesidad sola r,zo'n que p'ruebe i la n ctirda'dd" '] ^° "° ^'^ ""^ que sea oonveuieni, 'V, hacer eslo, ni tampoco ?ar de la pri'i'ct de b' e "o "^A^ "1° 1':™"" ^«^^'p- siempre ha dado á las medid»; t fer ?es ella ha" 7'""=" "^T todos sus recursos aumliam»,,,».^ , 'ramiu^ido 154 y solamente veamos si pueden practicarse. Si por razori de las circunstancias de la guerra puede constituirse el Con£íre<^o en una cas. onimpotencia de facultades, como se d,cho y pue- ciJ! lose&tablecimie..tos .^ue existen en /as Pmvin- cias de la Un.on ; ¿ que resultará de aquí ? Que se formaria el Congreso en una asamblea como ia de Francií; adquiriría nada menos que ese pn vicio que hizo de la asamblea constituyen^ pe ec o con el Esa cas. omnipotencia, u omnipotencia, como e! na l'í^. P"'^ ''^^ '^"'^^^^^ ' omnipotencia e.pa.aD.os ; porque esta acompañada de otras calidades que no hacen peljgroso ese poder sino benéfico; porque esa W po enea d^ p.os está acompañada con la suma hondad, y coa la .mpo.,h,l,dad de errar. Aquí está bien la omnipo encia^ pero no en un poder de la tierra. ' ei.rlj'u'''^'''%'''^'' que todos los poderes deben reconocer c ertas bases. Seiiores, no se ha dado al Presidente de la Re- publica, al t.empo de canstituirlo, base alguna : y yo pienso que convenían haberse dado y que cualquier mal ei Íl Estado de^ bio habeise sufrido mas bien que no dejar sin bíises al poder ejecutivo, y después querérselas dar inmediatamente de insta- lado. Ahora no hay mas remedio que esperar á la constitución para prescnhir esas reglas. Esa constitución se puede dar en mas o menos tiempo ; yo convengo en que se apresure ; pero no estando dada no puede con legalidad ni justicia quererse acomodar al poder ejecutivo la forma del Estado ; sino que por el contrario, el poder e)ecutivo debe acomoda.se á la forma que ha encontrado en el Estado, y que juró ai entrar al ejercí- CIO de su puesto. • rr^.A-A^ ^T'^. "^"Z el poder ejecutivo puede proponer una medida que tienda á reformar ó mejorar la constitución, ó el régimen en que se halle el pais ; yo diría, que siempre que esta medida no tienda a derrumbar las bases bajo que estriba ct cni!y^ T y ^^^^ ser sagrado ¿ara el poder eje- cutivo, puede muy bien hacerse : pero no se puede pasar ó pro- poner una medida que eche por tierra la ley fundamental. Esta lej fundamental es la pauta que tiene el gobierno para regirse; bajo la cual los pueblos existen, y el Congreso mismo ha erigi' do su poder y s . autoridad. Los inconvenientes todos, seño- d^tft^"' ^' g'-^" respeto que áebe haber a lo que exista fundamentalmente establecido ; á las 155 promesas solemnes de este cuerpo ; y á la ley del pacto, con- forme á !a cual han entrado los pueblos en Congreso. Ayer se decia que el poder ejecutivo general no podría existir en la situación en que se encuentra, porque estaba de- sairado al lado del otro poder ejecutivo de esta provincia, quien tenia mucho mas brillo y mas recursos ; igualmente que por el respeto que se debia á este úílimo por la posición en que se había hallado, y que se d¡;o en ñn que dignamente, ó que de un modo honorífico habia ejercido. Que todas estas circunstancias ha- ciar) que el poder ejecutivo nacional se enconirase en una falsa posición, absolutamente embarazosa, de menos esplendor y po- der que el gobierno local de la provincia. Hoy ha dicho por otro señor diputado lo contrario ; precisamente ha coniradtcho aquella idea, y ha dicho que el gobierno de la provincia es in- significante, que está reba;ado, y debe hallarse descontento. Y para elevar y hacer favor á la provincia de Buenos Aires, se le toman todos sus bienes, y se le agrega á la nación. Entre es- tas dos opiniones yo eligiria, para combatir, la mas fuerte, y la mas verdadera, que está en oposición de esa especie de desai- re, que se quiere llamar así, en que se hallaria el gobierno ge- neral al lado de! gobierno fóc la provincia, si pudiese ser cier- ta una cosa, y es, que el gobierno de la provincia deja de per- tenecer á la nación, y todo lo que tiene la provincia aunque manejado por sus instituciones y por su gobierno especial. Señores, el primer gefc del Estado, el Presidente de la República, puede resultar desairado por estar al lado de un gobierno provincial, no obstante ser él un gobierno superior? ¿No es bastante lo que tiene por su carácter, para no andar ambicionando mas jurisdicciones ? Yo no sé en que puede esto consistir. . . Se dice que el Congreso puede en virtud de su mmisleno para cuidar de la defensa y prosperidad de la nación, tomar todas aquellas medidas que conduzcan a estos objetos. Es cierto ; pero las medidas constitucionales deben dejarse para la constitución, y esta constitución, al pie de la letra, según la ley fundamental, debe presentarse á los pueblos; pero hay cier- tas facultades que corresponden al Congreso, que nadie le dispu- ta, y ellas solas son suficientes para mantener su dignidad. ¿No es cierto que el Congreso puede hacer tratados ? De esta atri- bución nadie duda. ¿No es cierto que puede declarar la guerra? ¿Y qué mañana puede hacer la paz si conviniese al país? ¿No 156 ha establecido el banco nacional ? Yo respeto la intervención que se ha tornado sobre el banco de la provincia ; en esto no espreso mi opinión : ses¡un algunos, el Congreso ha podido destruir sus privilegios, con otros objetos necesarios perlas cir- cuHstancias. Pero esta necesidad no se debe establecer ilimi- tadam€nte como razón para todo lo que se quiera ; porque siendo asi nos hallaríamos con una autoridad absoluta ; y el Congreso nunca puede ser una autoridad absoluta, aunque va- riando la voz se le quiera llamar omnipotente, porque nunca puede ni debe ser omnipotente. Él Congreso puede loque corresponde, y há querido hacer la nación, al tratarse de cons» tituir; y se ha dicho, si un particular cuando media la vida de la pa^tria, puede tomar c lalquiera resolución para salvarla, ¿ por qué no podrá el Congreso ? Señor, lo que se disputa aquí es esa misma necesidad; esa no está probada; pero aun cuando lo estubiese, hay ciertos lí- mites en la sociedad cuando se ocurre á la salud pública, que nadie puede traspasar. No estamos aquí en la Asamblea Cons- t¡tuyente(*), donde se clamaba que la patria estaba en peligro, y se atropellaban las leyes. Aqui hay leyes mutuas, permanen- tes, é -irrevocables, cuales son las de la propiedad, de la segu- ridad individual, de la libertad de imprenta, y algunas otras mas, que el Congreso, sin excederse de sus facultades, y de la voluntad de sus comitentes, no puede traspasar ni abolir. Pero se dice : un particular, si se atraviesa la salud de la patria, puede salvarla. Si señor ; pero en primer lugar un f>articular no decide si la patria se halla en peligro: este pro- nunciamiento debe emanar de otros resortes. En ciertos casos «ucederá que pueda y deba, para salvar el pais, ó conservar su |)ropia vida, (porque un hombre tiene muchos privilegios tam- í)ien para salvar su vida, hasta quitarla á otro) hacer una ac- 'cion que en circunstancias oidinarias sería criminal ; aquí hay triertas cosas que le son permitidas, como análogas y absoluta- mente precisas á un objeto también preciso. Por ejémplo. sí yo viese que para salvar el pais fue^e necesario hacer una ac- ción arrojada, esponer aun temerariamente mi vida ó la de otro, esto me sería lícito ; pero no me sería lícito poner una senten- cia de muerte contra alguno, aunque él fuese el que ocasionase el peligro, porque no soyjuez, y el sentenciar es acto Jurisdic- (*) El señor diputado habla de la de Francia. — el editor. 157 Cional. Esto último sería usurpar una autoridad : rtias lo pri- mero es un poder común. Entre ambas cosas hay una grande diferencia, y hasta sería ridículo abrogarse autoridad agena, sin mas que decir que en ello se obedecia á la patria, aunque pu- diera ser la verdad. En efecto, en esta materia la certeza de los motivos no basta á legalizar unos actos que competen á atri- buciones peculiares. Así, por usar de otro ejemplo : una de- claracion de guerra puede ser sumamente justa y conveniente: yo puedo tener una evidencia deque la declaración de la guerra salvaría la patria; ¿ pero sería lícito que yo ciudadano ó magis- trado espidiese una declaración semejante? No lo sería, por- que eso no me corresponde ; eso es una jurisdicción ; se' halla terminantemente marcada por convenciones positivas ; y solo está á disposición de la representación nacional. Ademas la dicha declaración será ilusoria. Asi es que, hemos de venir á buscar h jurisdicción, la autoridad, bajo la cual el Congreso pueda y deba proceder Y si encuentro esta auto- ridad manca ; si encuentro que la provincia de Buenos Ayres no la ha delegado, antes al contrario, la ha reservado en sí ; y mucho menos ha puesto á disposición del Congreso la desmem- bración de la provincia • yo no puedo en modo alguno conce- der la admisibilidad del proyecto, por mas ruido que se pre- tenda hacer con la salvación de la patria. ¿ A que viene á quedar reducida la Provincia de Buenos Ayres ? De hecho no existe si liega á aprobarse el proyecto. Acaso en un principio, hablando de la conveniencia, se ha querido aplicar la ley del mundo físico á lo que sucede y debe suceder en el mundo moral ; pero esta dplicacion es errónea. En el mundo físico hay una ley sobre el destino de los seres que és , la destrucción del uno es la vida del olro. Desíructio unius cst generalio alterius, Pero en el mundo moral no es asi. En el mundo físico todos los seres se tocan ; no hay un vacio ; y no pude uno tener un movimiento, sin que otro tenga parle en la acción. Ese e& el gran poder de la naturaleza, y el arte admirable de su autor: haber colocado todos los seres, inmediatos unos á los otros; haber hecho un todo tan inmenso ; no dejar un solo vacio ; sin dejar de haber un gran espacio en que se moviesen los seres; y haber dispuesto las cosas de manera que ei mundo se provea á si mismo ; que tenga la «nisnia canti lad de materia ahora que al principio, y que tendrá hasta ei fin. Allí no puede existir un sér sin que sea á 158 costa de alíjun otro: unos perecen para que nazcan otros nuevos. ¿ IVl-.ís en lo moral puede decirle que eá uecesar.^ que perezca un ser para que otro exista, y que deje de ex síir la Provincia de Buenos Ayres para que viva la Nación / Na svnov ; las instituciones de Buenos Ayres son el me:or garante de la libertad, tanto de la Provincia, como de las demás. ^ Al frente del Congreso me atrevo á decirlo, y c.eo que el Con- greso debe sentirlo : al empezar la organización de la Nación, el Congreso mismo debe alegrarse de poderse apoyar sobre un modelo que merece el mayor respeto, que tiene la opinión de un pueblo numeroso como el de Buenos Ayres, y una historia honorífica en su favor. La opinión pública está decidida por sostener esas instituciones; y á excepción de algunos parási- tas, los demás todos fijan su vista en ese cuerpo legislativo, qué los ha salvado por tanto tiempo de temibles borrascas, y donde ha residido siempre el mayor celo, y e! empeño mas distinguido por la libertad y la felicidad del pais. ¿ Por que privarnos de esta piedra angular sobre que debe estrivar este edificio, hasta que puestas las demás, llegue á tomar el grado superior que está destinado á alcanzar ? Son estos los mo- mentos, será la época de una guerra, en que precisamente deba ser oprimida la opinión, con otros sacrificios que requiere el Estado ? Y todavía sé quiere hacer una herida tan profunda en el corazón de los hombres, y destruir un monumento el mas precioso que tenemos? ¡Que será de nosotros! Si mis fuerzas tísicas me alcanzasen, y también las intelectuales, para mani- festar y analizar ante el Congreso el cumulo de ideas que se agolpan sobro el particular, sena inmenso lo que podria decir; más eso seria acaso usurpar la consideración que es debida al juicio y patriotismo de los Señores Representantes. Yo dejo por ahora el asunto: probablemente tendré mas adelante que pedir la palabra en éi, y entonces me estendere en esta mate- ria. Concluyo pidiéndole al Congreso que deseche un pro- yecto que és perjudicial al orden y á la tranquilidad pública ; que es ilegal ; y que abre una profunda herida á las libertades de estos Pueblos. Ciudad, 11. 3 149 Í3IP0RTANTE. Aunque el siguiente documento ha circulado por Separador creemos, que debe honrar nuestras páginas, asi por su naturaleza en general, como por la parte que abraza respecto del gran Con^ greso Americano de Panamá. AMERICA. • ÉSTADOS UNIDOS» Extractos del Mensage que transmitió el honorable Presidente de dl^Q^T " cá'naras del Congreso, en 6 de Diciembre Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Representantes.— Al hacer un exámen general de los negocios de nuestra alnada patria, respecto a objetos interesantes al bien común, el primer sentimiento que se imprime en el ánimo, es el de gratitud al Todo^ poderoso dispensador de todo bien, por la continuación de los grandes beneficios de su providencia, y especialmente, por el mavor grado de salud que se ha disfrutado dentro de nuestros confines • v por aquélla abundancia que, en las vicisitudes de h;s estaciones ha prodigado sobre nuestra tierra. Igualmente debemos atribuirle la gloria de que nos es permitido disfrutar de las munificiencias de su mano en p:,z y tranquiHdad-^en p.z con las demás naciones de la tierra, y tn tranqudidad con nosotros mismos. Apenas ha habido, á la verdao, un periodo en la historia del hombre civilizado, en qu¿ la condición general de las naciones cristianas, haya sido señalada tan esíensivamente con la paz y la prosperidad." " La Europa, con unas cuantas parciales é infelices escepciones, ha gozaao de ,iiez á nos de pa2, durante los cuales, todos sus gobie- rnos, sea cualíuese la teoria de sus constituciones, han aprendido sm esivamente á sentir que el fin de sus instituciones es la felicidad ü^i pueblo, y que el ejercicio del poder entre los hombres solo pueae ser justificado por los beneficios que produce á aquellos sobre quienes se esti 'nde." ^ ° " Durante el mismo periodo, nuestro comercio coñ aquellas nacionts, ha sido pacifico y amigable, y asi continúa aun. Desde la concusión de nuestra última sesión, no ha habido variación impor- l M.t*^ en nuestras relaciones con ninguna de -días. En el sistema d ; comercio y na^-gacioa d . la Gnm Bretaña, grandes variaciones Ue reglamentos municipales se han sancionado por actas del Parla- 160 mentó, cuyo efecto, sobre los intereses de las demás naciones, -y particularmente sobre los nuestros toduvia no se ha hecho sentir. En la última renovación de misiones diplomáticas de Ambas partes entre los dos gobiernos, se han dado y recibido seguridades de la continuación y el aumento de aquella confianza y cordialidad mutila con que ya se ha efectvrado el ajuste de muchos puntos de diíeren- cia, y que da la mas segura garantía de qne aquellos que aun están por ajustarse, y los que puedan suscitarse en adelante serán arre- glados al fin con satistaocion." " La política de los Estados Unidos en su relaciones comerciales con las flemas naciones, siempre ha sido la mas liberal. En el cambio mútuo dé sus producciones respectivas, se han abstenido enteramente de prohibiciones, se han quitado á sí mismos el poder de imponer derechos sobre efectos de estraccion, y cuando hgn favorecido á sus propias embarcaciones con algunas preferencias especiales, 5 privilegios esclusivos en sus propios puertos, solo ha sido con la mira de contrapesar iguales favores y esclusiones conce- didas por las naciones con quienes estamos en tráfico, ^ su propio pueblo ó embarcaciones, en perjuicio de los nuestros. Inm,ediatát mente después de la conclusión de la última guerra, se hizo una justa proposición por el acta del Congreso del 3 de M3r2io de 1815, á todas los naciones marítimas, para que renunciasen el sistema de talienar las restricciones y esclusiones, y para qua pusiesen las embarcaciones de ambas partes en el comercio común, sobre un pie de igualdad respecto á los derechos de tonelada é impuestos. Est^i proposición fué parcial y sucesivamente aceptada por la Gra'ii Bretaña, la Suecia, los Paises Bajos, las ciudades Hanseáticas, la Prusia, la Cerdeña, el Duque de Oldemburgo, y la Rusia. Fué también adoptada con ciertas modificaciones en nuestra úitiriía convención marítima con la Francia. Y por el acta del Congré^fo del 8 de Enero de 1824, ha recibido nueva confirmación con todas las naciones que han accedido á ella, y se ha ofrecido de nuevo -á todas las que quieran, ó eh adelante quisieren mantenerse en reci- procidad con ella." Entre los documentos que se transmiten ahora al Congreso, se verá un tratado de comercio y navegación con la República de Colombia, cuya ratificación se ha efectuado por ambas partes desde la última reunión de la Legislatura. Con los demás Estados indé- pendientes de la América del Sud está para entablarse la negociación de iguales tratados, y tal vez llegará á efectuarse. La base de todos ellos, según es propuesta por los Estados Unidos, está fundada sobre dos principios: el uno, reciprocidad completa y sin límites ; él otro, obligación mútua en una y otra parte de ponerse permanen- temente en el pie deja nación mas favorecida. Estos priíítapH^s 161 son ciertamente indispensables para Hbertar al hemisferio Ameri- cano de los monopolios y prohibiciones de colonización : suceso que : . l'zHn.iose rápidamente en el progreso de los acontecimientos humanos, y que la resistencia que todavía se demuestra en algunas partes de Europa contra el reconocimiento de las Repúblicas y Estados Independientes de Sud America, contriburiá quizá á rea- lizarlo de una vez. Ha habido época, y aun no muy distante, en que algunos de aquellos Estados anhelando entonces un reconoci- miento nonnnal, pudieron haber aceptado una independencia nomi- -nal, embarazada de condiciones gravosas, y privilegios esclusivos de comercio concedidos á la nación de la cual se habían separado, y en nada ventajosos á las dem;ís. Mas hoy día conocen que el conceder tales privilegios á cualquiera nación Europea, seria incom- patible con la independencia que han declarado y sostenido. Entre las medidas que se les han sugerido á esos Estados en sus nuevas relaciones, por resultas de l;is recientes mudanzas en su condición, aparece la de reunirse un congreso en el Istmo de Panf niá, en el cual cada uno de ellos ha de ser representado para deliberar sobre objetos importantes al bien estar de todos. Las repúblicas de Colombia, de Méjico, y de central Aniérica han enviado ya plenipotenciarios á aquella junta, y han igualmente invitc.Jo ios Esl;;dos Unidos á que luesen representados por sus ministros. Esta invitación ha sido aceptada, y se van á nombrar ministros por parte de los Estados Unidos para que asistan á aquel- las deliberaciones y tomen parte en ellas, en todo lo que sea com- patible con la neutraUdad, de la que no es nuestra intención, ni el deseo de los otros Estados Americanos, el separarnos. " Una de las pruebas inequívocas de nuestra prosperidad nacio- nal, es el estado floreciente de nuestro Er;\rio. Las rentas del presente año en todas sus fuentes principales escederán á las anti- cipadas en el pasado. Las existencias en tesorería el primero de Enero último, se aproxnnaban mucho á dos millones de pesos, ademas de 2 y medio miüoties, mitad del empréstísto autorizado por el acta del 26 de Mayo de 1824. Los ingresos en la tesorería desde el l? de Enero iiasta el 30 de Septiembre, fuera de la otra mitad del mismo empréstito, se calculan en 16,500,000 pesos ; y se espera que los del trimestre corriente pásarán de 5 millones ; for- mando un total de ingresos de casi 22 millones fuera del empréijrtito. Los gastos del aúo no escederán á aquella suma en mas de dos millones. Con estos gastos, casi 8 millones del principal de la deuda pública se han pagado. Mas de un millón y medio se hu dedicado á la deuda de gratitud para con les guerreros de la revo- lución ; y una cantidad casi igual so ba ínveitido un la coustruccioo de fortificaciones, en la adquísiciou de artillería, y otros prepara^ 162 tivos permanentes para la defensa nacional : medio millón se ha gastado para el aumento progresivo de la armada : igual cantidad para líi compra de terreno de los indios, y para el pago de las ren- tas vitalicias de aquellos ; y mas de un millón para objetos de mejoras interiores, autorizadas por actas especiales del último Congreso. Si agregamos á estas, cuatro millones de pesos para el piigo de los intereses sobre la deuda ptíblica, resta una cantidad como de siete millones que ha costeado todos los gastos de la ad- ministración en sus departamentos legislativo, ejecutivo y juílicial, incluyendo el sosten de los establecimientos militares y navales, y todas las atenciones eventuales que demanda un gobierno tan estenso como la Union." " El espíritu de mejora reina en todas las. partes de la tierra. Estimula el corazón, y aguza las facultades, no solamente de nues- tros conciudadanos ; sino también de las naciones de Europa y de los que las gobiernan. Al paso qu3 fijemos nuestra atención cou satisfacción y júbilo sobre la escelencia superior de nuestras insti- tuciones políticas, no olvidemos que la libertad es poder ; que la nación favorecida con la mtiyor porción de libertad, ha de ser en proporción á su población , la mas poderosa de la tierra ; y que las-intenciones morales del Criíidor al dar el poder al hombre, han sido el que lo ejerciese con fines de beneficiencia 3'^ para que mejorase su propia condición y la de sus semejantes. Mientras naciones estrangeras menos favorecidas que nosotros con aquella libertad que es poder, se avanz;m con pasos gigantescos en la car- rera de la mejora pública ; si nosotros nos adormeciésemos en la indolencia, ó cruzásemos los brazos y manifestásemos ni mundo que nos hallamos paralizados por la voluntad de nuestros constituyentes l no seria rehusar las munificiencias de la Providencia y destinar- nos á inferioridad perpetua ? Durante el año que va á concluir hemos visto bajo los auspicios, y á espensae de un solo estado de esta Union una nueva universidad, abrir sus puertas á los hijos de la ciencia, y alzar la antorcha del adelantamiento humano á los que buscr-n la luz. Hemos visto á fiivor de la empresa perseverante é ilustrada de otro estado, unirse las aguas de nuestros lagos occidenta- les con las de Océano. Si semejantes empresas se han ejecutado en el espacio de unos pocos años por la autoridad de miembros particulares de nuestra confederación ¿podemos nosotros, las au- toridades representativas de la Union entera, ser menos fieles que nuestros compañeros en el servicio público, en el desempeño del encargo que se nos ha confiado, para el beneficio de nuestro sobe- rano común, por la ejecución de trabajos importantes á todos, y para los -cuales ni la autoridad ni los recursos de ningún otro estado podrán bastar ? 1G3 Por fin conciudadanos, yo aguardaré con esperanza placentera y- 6el cooperación el resultado de vuestras deliberaciones ; asegurada que, sin usurpar los poderes reservados á los estados respectivos^ ó al pueblo, pero con un debido conocimiento de vuestras obliga- ciones á la patria, y de los altos compromisos que pesan sobre vosotros mismos, haréis eficaces los medios que se os han confiado para el bien común. Y el que examina los corazones de los hijos del hombre, haga prosperar vuestros esfuersos para afianzar loa beneficios de la paz, y promover la mayor felicidad de nuestra patria. JUv^N QUINCY ADAMS, MOCION DEL Sr. SOMELLERA. Dictamen de la Comisión, SEÑOR.^ La comisión de negocios constitucionales ha examinado el pro- yecto, presentado por el señor Somellera, de un artículo adicional á la ley de 4 de Marzo, en la que después de erigida en la capital de la ilación la ciudad de Buenos Ayrcs bajo las demarcaciones allí espresadas, se garanten todos sus derechos y obligaciones. El artículo dice asi : los habitantes de la capital y su territorio quedan en el pleno goce del derecho de tomar parte en las deliberacio- nes comunes. El está concebido sobre un principio de perfección social, por el que se hace uaa diferencia entre los goces y derechos generales del hombre en sociedad, y los especiales que corresponden á los ciudadanos bajo este carácter. La solidez de esta doctrina no puede ser desconocida, pero la comisión cree que su aplicación por un articulo especial en este caso es incecesaria, porque el espíritu y la letra toda de aquella ley se versa sobre los derechos que cor- responden á los ciudadanos bajo este sentido estricto. Solo á los ciudadanos corresponde el formar parte de un esta- do, y constituir por su población y posición local su capital. Desde que se habla de nación, de provincias, de capital, de leye? y de obligaciones, y de derechos adquiridos bajo estos respec- tos, es claro que al mencionarse los derechos de los individuos en sociedad, se habla de ellos bnjo el carácter de ciudadanos y en todos ^os respectos que le son consiguientes. Como ademas han pasado ya tantos dias desde que se dio aque- lla ley trtn grave en su objeto y tan completa en su aplicación, apa- recería quizá de mala vista lo esplicacion de un artículo tan princi- Í64 pal, sobre íin concepto que la comisión cree ^oder llamar elemental, y que por un solo momento no pudo estar distante de la consideración de los señores representantes. Por esto es que aunque la comisión está de acuerdo con la doctrina que envuelve el mencionado artí- culo, hablando teóricamente, cree que puede prescindirse de él en este caso práctico, y omitirse su sanción como innecesaria. Los señores repi-esentantes con mejores luces podrán resolver lo que estimen mas conveniente. La comisión concluye saludándoles cOn su mas distnguida consi- eraci on. — Buonos Aires abril 1." de. 1826.--^ Falentin Gomes.-^ Mamiel Antonio Castro. — Francisco Remigio Casíellanos-^Santiago Vasquez, OBSERVACION. Artículo remitido, CiuDADAifo : en el Registro Oíitial, níiníi. 4d€l lib. 2 que acaba de publicarse, hemos leído el decreto que con fecha 21 de Marzo ha espedido el Presidente de la República para que todos los empleados en las oficinas de recaudación se pongan á la orden del ministerio de hacienda, y pidiendo varias ra- zones, en el art. 5 que dice : los gobiernos de las provincias ú quienes comprende esta resolución, cuidarán de establecer los impuestos, que sin -ofender la agricultura, el comercio, y la in- dustria de los pueblos, alcancen á cubrir los gastos indispensa- bles de su administración interior. En el artículo 6 se pre- viene que toda contribución que se imponga á este objeto debe ser precisamente directa, y en el 7 que se dé cuenta de estas imposiciones al Presidente de la República para pasarlo al <:onocimiento del Congreso General. Es preciso advertir que estas disposiciones vienen después ^e haber cargado el Presidente de la República con cuanto productivo tenian las provincias, á saber, las tierras públicas, las rentas de corr aos y las aduanas ; y entonces se verá que es casi una burla semejante libertad y concesión ( libertad que ea «í mismas tienen las provincias según su actual modo de estar, sin necesidad del permiso del gobierno general. ) Porque á la verdad si con todas esas rentas de que ahora se les priva y tíespoja tedian los pueblos escasannente con que ocurrir á sus 105 necesidades interiores, y si el estado de pobreza en que se haüan los nrjas de ehos ha impo^lbjiitado á ios gobiernos para impoaerles nuevos impuestos, y han tenido que manejarse eco^ nomicamente con aquellos ¿como es que de presente podrán cargarles con nuevas gavelas ? Esto, y decirles que hallándose insuficientes para llevar por sí su administración, se entreguen en los brazos del Presidente de la República, renunciando á sus privativas instituciones, es todo uno. Porque hablemos claros, y sin los embudos y rodeos de las fraseologías, tanto vale prohibirle á uno una cosa, como prohibirle los medios de obte- nerla ; toda la diferencia está en que á aquella se le llamaria prohibición directa, y á esta indirecta. Por resultado de estas consecuencias se verá si hubo so- brada razón para oponerse á la sancioi. de aqfiiellas leyes, como eversivas del actual orden, y estado en que se hallan las cosas; y porque á nuestro ver ellas deben esperinientar una resisten- cia, que como amantes de la felicidad y gloria del pais no quisiéramos que existiese. Por ahora no quiero avanzarme á mae, dejando á que el tiempo manifieste loque me resta que decir. Entretanto os saluda vuestro — COMCÍUDáDJim, Sobre el discurso del Señor Paso. Habiéndosenos hecho entender que ha salido con algunas faltas substanciales ^1 discurso del Sr. Paso, que publicamos ea el número 5, y habiendo notado nosotros mismos con mu- cho sentimiento las incorrecciones, hemos esperado hasta hoy por sí el dicho señor quería rectificarlas, ya por alguna nota que las manifestase, ó por la remisión de una copia correcta del discurso que pronunció* Como esto no se ha ve- rificado, creemos de nuestro deber, satisfacer al mismo repre- sentante, insertando este aviso, siempre prontos á dar lugar á todo aquello que guste remitirnos, ceñido á este objeto. En nuestro numero inmediato hablaremos del dictamen de la comisión sobre la mí>cion del Sr. Somellera. Seguirá también en él la contra marcha de principios, que con sentimiento posponemos. Imprenta de Hnllet y Ca. EL CIUDADANO. N. 17.— BUEiNOb AYRES, JVNIO 3, DE i 826. L'hnprudence etl'erreur De la chute des Rois funeste precursew. ' La imprudencia y error De la caida del trono Funesto precursor. CUESTION DEL DU. Sigue el asunto que quedó pendiente en el número anterior. La copia que acabamos de presentar es una declaración en forma que el gobierno nacional hizo desde su primera ins- talación sobre las máximas y principios políticos que debían re- glar su conducta : es un escrito producido á la faz de todas las provincias, en que de intento se comenta la ley fundamental, y se esplican las pretensiones y sentimientos del Congreso : es un instrumento solemne, en que para reunir los ánimos, y ga- nar la confianza pública se desplega un sistema de circunspec- ción y equidad, que funda la estabilidad del Estado en el res- peto íie las instituciones provinciales : es en fin Ja suma de toda la política de la administración. nacional, la clave de sus opera- ciones, la ancla de su esperanza, el registro de sus deberes, y la gran carta de los pueblos. En él se asienta que cuando el gobierno de la provincia de Buenos Ayres invitó á las otras para reunir un Congreso general, que es el presente, estable- ció como primera base el RESPETO A LAS AUTORIDA- DES E INSTITUCIONES EXISTENTES. Se recuerda que la legislatura resolvió después, que LA PítOVINCIA SE' RIA REGIDA POR SUS PROPIAS INSTITUCIONES HASTA LAPR03IULGACJ0N DE LA CONSTITUCION; y^se asegura del modo mas solemne que puede hacerse entre los hombres, y especialmente hablando un gobierno, que EL COA^GIIESO GENERAL SANCIONABA EL MISMO 198 PRINCIPIO EN EL ARTICULO TERCERO DE LA LEY FUNDAMENTAL: CUYA RESOLUCION A JUICIO DEL GOBIERNO DE BUENOS AYRES, encargado ya de la administración nacional, HA ASEGURADO LA AUTO^ RIWID DEL CONGRESO, Y LA REORGANIZACION DE LA NACION Si: la reorganizocian de la nación, á que se acogen ciertos hombres que enlodas épocas y por me- dios contradictorios, no han cesado de usar de este pretesto para disponer del Estado á su capricho, y dirigir los negocios públi- cos de manera que cuadren con sus miras individuales, con su ambición desarreglada, con su pasión por el poder, con su sór- dida avaricia, y con sus intereses del momento. La reorgani- zación de la nación, que unas veces servia para negociaciones vergonzosas con España ; que otras predicaba el realismo ; y después de haber arrastrado el írage de la ignominia y la per- fidia ante las Cortes de la Europa, se envilecia hasta escuchar proposiciones del triste príncipe de Luca. Mas, pronto hemos de pasar á este artículo. Ciñámonos pues á observar que sa- biamente, el gobierno de la nación proclamaba la subsistencia de las soberanías provinciales como el único medio en que epa preciso fundar la del Estado. El añade que por la resolución de mantener el régimen que las provincias se habían dado por su<< Dropias instituciones basta el caso de la constitución, EL CONGRESO HABIA ESCAPADO DE COMPROMETER- SE EN EL INESTRICABLE LABERINTO DE LAS PRE- TENSIONES DE LOS RECELOS, DE LAS PREOCU- PACIONES LOCALES, QUE NUNCA PODRIA ARRE- GLAR POR SI Y DE CUYO EMPEÑO NUNCA SACA- RIA SINO UN INFALIBLE DESCREDITO, QUE HA- BRIA MERECIDO CIERTAMENTE DESDE QUE LLE- GASE A DESCONOCER EL RIESGO, Y LA IMPRU- DKKCM DE SEMEJANTE COMPROMISO. Pero aun d,c; m¡« : LOS ^^G0CIOS DOMESTICOS. LA ADMI- mSTRACION INTERIOR, TODO CUANTO PUEDE SERLES DE UN INMEDIATO INTERES A LAS PRO- VINCIAS QUEDA EN SUS PROPIAS MANOS. ¿ Puede hablarse en términos mas claros ? ¿ Puede anunciarse el gran sistema federal en términos mas positivos ? ¿ Había otra doc- trina que ofrecer ñ los pueblos, cuando de hecho y de derecho se encontraban en posesión de ese mismo plan de gobierno . • Ni acaso el sistema que dejaba en sus manos su administra- 199 rion interior es fnénos eficaz que otro alguno para formal* y sos- tener una nación, enyas relaciones no son hasta ahora sino me- ramente nominales ?" Si el llega á examinarse con la impar- cialidad debida, se encontrará que suministra el único arbi- trio de reunir pueblos desunidos, y que él presenta el íánico es- pediente de organizar una ilación con justicia y con libertad. Jamas se ha esplicado un gobierno con mas acierto.. D^cia el gobierno nacional á los pueblos que su adminis- tracion interior qucdabá en sus manos, y lo decia apoyando una resolución espresa del Congreso Constituyente á este in- tento. El gobierno español en otro tiempo hablando con los pueblos de América hábia dicho uña cOsa muy semejante : vues- 'iros destinos están en vuesiras ma7ios, y á fé que esta promesa se ha cumplido. Mas en nuestro caso no solo se le ha arreba- tado á la provincia d-Q Bíienos Ayres su administración interior, no solo se han quitado de su conocimiento sus negocios domes- ticos, no solo no pu«de entender en ninguna cosa de aquellas que podian serle de un interés cercano ; y sus destinos han pa- gado á agena dirección 'j sino que su existencia misma ha ter- minado. °u vida política ha concluido ; y sus manos hoy des- carnadas, ya no retienen shio el triste poder de recordar su an- tiguo vigor. Una infracción tan manifiesta de princrpiOs provoca nece- sariamente á sferias reflexiones. Vero á nosotros nos basta pre- guntar-, ¿si el credo político de la administración nacional ha ?ido ultrajado tan sin piedad, quien dará fé en lo succesivo á las promesas de esta especie ? ¿ Qué peso podrán tener entre íiosotros las ^declaraciones oficiales, y las máximas de gobierno, si antes de un año han de ser no solo mandadas al olvido,, sino espresamente contradichas ? ¿ La decencia no reclamaba al menos que la administración succesiva se hubiese hecho un punto de honor de respetar los compromisos que aquel docu- mento contiene ? ¿ No era esta su verdadera obligación, y tam- bién su mismo interés ? Pero aun crece mas la estrañeza que debe justamente caú- «ar la estincion de una provincia del estado, cuando resulta co- mo un hecho el mas innegable, que no solo el primer poder na- cional, se hizo un deber de proclamar la permanencia de ¡as instituciones provinciales, sino que también el actual, que ha sido. el autor del proyecto, ha pensado alguna vez del mismo SBodo, pues que sobre las mismas bases promovi6 la convoca- 200 cion de este congreso ; y este documento notable es el se^nd<> que habíamos ofrecido El está contenido en las proposicioneg siguientes, que fueron acompañadas de un hábil y muy prolijo manifiesto de fecha de 1° de Septiembre de 1821, con motivo de las conferencias de Córdoba. PROPOSICIONES. 1 . Los Diputados de la provincia de Buenos Ayres para el Congreso de las del Rio de la Plata, se contraerán á invitar á los que se han reunido en Córdoba á formar los pactos que se espresan en los siguientes artículos, y celebrados que sean se restituirán á esta capital. 2. Un pacto de alianza ofensiva y defensiva con todas y cada una de las provincias contra todo enemigo común. Un pacto de alianza para preservar la integridad del territorio de las provincias contra toda potencia estrangera. Un compromiso de no resolver negocio que interese á la comunidad de las pro- Tincias, sin el acuerdo y consentimiento de ellas. Un tratado de comercio libre y franco entre todas las provincias. 3. El nombrar de común acuerdo dos agentes, destinado el uno á promover en Europa, y el otro en América, el reconoci- miento solemne de la independencia de las provincias, señalan- do las cantidades que deben designarse á este objeto, y dando ¡as instrucciones con que hayan de proceder. 4. Comprometerse las provincias á formar el censo de sus: respectivas poblaciones, y declarar la proporción que deba re- glar el nombramiento de cada representante en el Congreso General. 5. Comprometerse á prepararse para ello ; estableciendo^ desde luego su gobierno representativo, y arreglando su sistema de rentas ; de manera que organizada cada una de las provin- cias, pueda dentro de un año de la fecha precederse á la aper- tura del Congreso General, para cu o caso se fije desde ahora por los diputados juntos en la ciudad de Córdoba, el lu^'ar don- de haya de reunirse. RIVADAVÍA. Aquí vuelve á reconocerse que los pueblos, al erigir un Con- greso, estaban con un derecho pleno de formarlo del modo, con la estension y condiciones que ellos creyesen convenientes ; que el Congreso mismo así formado por estipulaciones libres, no era mas que un preparativo para unirse en una manera per- fecta por medio de la constitución, luego que esta fuese acep- tada ; y en una palabra, que hasta el caso de poner el sello á 201 sus pactos, las provincias debian retener en sus manos la sobe- ranía necesaria para sus negocios interinos ; y que todo acto que se dirigiese entre tanto á disponer de otra manera el réc^i* men actual de cosas, y alterase substancialmente la condición de las provincias, derogaba sus compromisos, y las restituía á su independencia anterior, haciendo por lo tanto ilusoria la unión misma que era el objeto del con'rato. Se sigue también de la manera mas exacta que los avances que se han hecho para defender el proyecto, sobre la plenitud de facultades del Congreso, sobre la falta de instrucciones en los diputados, y en fin, sobre la incompetencia de las legislaturas de provincia para dar bases que sirviesen á la representación na- cional, son insostenibles, contradictorios con la evidencia de las cosas, y atentativos contra la fé de los convenios y las sanas ideas del orden ; para cuyo mantenimiento es preciso no sola- mente que los pueblos y los individuos sientan el peso de la ley, sino que las autoridades públicas jamas quebranten sus deberes y llenen escrupulosamente sus sagradas obligaciones. La lec- tura de las piezas antecedentes, si ellas estaban olvidadas por los amigos de las facultades omnímodas, es bastante para des- concertar la confianza con que gritaban que ¿ donde estaban los convenios ó compromisos que se citaban de contrario ? Mas entre los efugios á que ha querido recurrirse, hay uno sobre que se ha insistido principalmente, haciendo una distin- ción importuna entre organizar y constituir ; ella bien puede parecer ingeniosa ; pero es una tabla muy débil para salvar á los amigos del proyecto, del naufragio que han corrido todos sus argumentos. Para constituir el estado (nos dicen) es preciso antes organizarlo ; y de aquí infieren que siendo de la atribu- ción del Congreso el publicar una constitución, también lo es el dar previamente á las provincias, y con ellas á todo el pais, las formas y organización que le parezcan convenientes. Este raciocinio es falso, y está en contradicción con los de- rechos de los pueblos, y los deberes del Congreso. No hay au- toridad en el estado que no tenga objetos precisos. La misión del Congreso actual no ha sido para organizar el estado á dií?- crecion de los diputados que componen esta corporación, sino para discutir, formar, y proponer una constitución, que no ha de tener fuerza alguna sino en virtud de la acepta- ción que de ella hicieren las provincias. En otros tér^ mióos : los trabajos y el ministerio del Congreso, tal cual él ha ±t)2 felílo constituido, están evidentemente ceñidos á organizar esta nación, ó mas bien delinear un plan dirigido á este objeto, poi' medio de una constitución. La organización pues del estado en esta parte no puede dividirse de las leyes fundamentales sin cometer un fraude enorme contra el designio, nada equívoco que las provincias concibieron en la reunión de un Congreso ? contra los compromisos públicos contraidos y confesados por el Congreso mismo en su primera ley fundamental ; y contra la naturaleza de las cosas. Si el Congreso á título de organización tuviese poder para dar leyes que tocasen al régimen que encontró en los pueblos al tiempo de su instalación, podriaporlo tanto dar leyes que al- terasen ó destruyesen el mismo régimen ; pero como hemos visto, y nadie puede disputar, quebrantaría con esto las prime- ras oijligaciones qüe él niismo ha reconocido francamente, y el gobierno nacional ha notificado á su nombre. Si él puede así dar formas á los pueblos por el órgano de unas resoluciones qué se introducen bajo la investidura de medidas de economía, él podria sin género alguno de traba, preparar el pais á admitir necesariamente la forma de gobierno que mas estuviese eti su antojo, aunque esta fuese espresamente contra la voluntad ge- neral. Supongamos que una mayoría de Diputados del Congreso desease por sus intereses é ideas de ambición la abolición del régimen repubUcano, y establecimiento del realismo ; con ir poniendo en las provincias los cimientos en que debe fundarse esta obra, por medio de leyes pardiales que destruyesen la igual- dad, que estableciesen clases privilegiadas, y creasen un podetf militar que oprimiese á los ciudadanos, no necesitaba inquie- tarse sobre el último resultado de esta trama, ni sobre la cons^ titucion, pues esta debiendo conformarse á las formas y organi^ zacion de las provincias, no podia ser otra que la que la dicha mayoría apetecía, y por la cual habia minado sordamente. ■ Si por otro lado la dicha mayoría, encaminándose al realismo, pero no atreviéndose á marchar de frente hácia él, quisiese elegir la forma de unidad como un escalón muy seguro para arribar á él, no hay duda que su empresa seria mas fácil todavía ; pues con destruir muy desde luego las legislaturas provinciales á tí^ tulb de ors;anizacion, como se ha hecho con la de Buenos Ayres, y reuniendo parte en el Congreso y parte én la administracioft foda la autoridad que se hallaba diseminada en varios cuerpos 203 ■del estado, el negocio estaba completo ; y cuando al fin llegas^, á hablarse de la constitución, no encontrando ninguna forma fe- deral en las provincias sobre que pudiera apoyarse, y habiéndo- se desarraigado la costumbre de velar sobre sus negocios do- mésticos, no era de ponerse en cuestión que la forma ya indis- pensable, era la de unidad. Y en este caso tampoco se omiti- ria alegar la disolución de los cuerpos legislativos de provincia, aunque de este modo ilegal, como una prueba de que no esta- ban calculados para estos pueblos. Esto se llama crear razo- nes en la legislación, como se ha dicho crear circunstancias ei^ política. Ahora bien que se nos responda: ¿es esta ó alguna cosa semejante, la marcha decente é ingenua que debe seguir un Congreso? Se quiere organizar los pueblos, y se olvida que están organizados de un modo que debe respetarse hasta el caso de la constitución ? ¿ Se olvida que se ha prometido á las pro- vincias el ser regidas por sus propias instituciones ? Pero en fin, organizar y constituir ó es una misma cosa, ó son dos cosas diferentes. Si lo primero, esto es, si organizar y constituir son una misma idéntica cosa, el Congreso que está obligado á su- jetar á las provincias la constitución que tubiese á bien pro- mulgar, debe también poner á su sanción todo acto que se di- rige á organizar, y en este caso inevitable ha debido consultará la^provincia de Buenos Ayres, y también á las otras, la nueva forma que iba á darle. En el otro esíremo, si son dos cosas diferentes, se deduce en todo rigor que el Congreso no tiene jurisdicción alguna para organizar las provincias, pues ademas que él deba respetar la organización existente, en virtud de la cual disfrutan de un poder legislativo económico, su misión ha sido ceñida para constituir el Estado. A esta razón máxima de los abogados del proyecto, han acompañado otras menores, que no merecen ninguna respuesta especia!, y que nada tienen de nuevo, pues en substancia no son mas que una repetición de las falsas proposiciones con que antes de ahora se ha tratado de disculpar el fraude y la infideli- dad política practicadas sobre los pueblos ; y son, que la sobe- ranía se transfiere de los electores á los electos ; que todo ac- to de un gobierno representativo es un acto de la nación ; y que las provincias, aunque su voluntad y voto haya sido el ori- gen del Congreso, no poseen sino aquella especie imperfecta v efímera de'soberanía, que consiste en el derecho de sufragio. 20i Para esto debería suponerse que los pueblos no pueden ejercer otro acto de su voluntad que uno solo, que consiste en nombrar iin representante, después de lo cual quedan eternamente con- denados, por haber hecho este uso de sí mismos, á la clase d& unos autómatas. Los amigos de estas doctrinas se empeñan también en levantar en sus injustas fantasías una nación ideal, separada enteramente de sus miembros. Mas así como el cuer- po humano no esotra cosa que el conjunto de las partes que lo componen, del mismo modo la nación consiste en los pueblos, cuya harmonía y vigorosa acción son precisas para formar un todo. Reasumiendo aquí todas las pruebas que hemos dado contra la admisibilidad del proyecto de capitalización, y estincion de la provincia de Buenos Ayres, debemos concluir que él era opuesto á los mandatos de los pueblos, á las obligaciones y á las promesas del Congreso, á los compromisos del gobierno, á los intereses y derechos de todas las provincias, y al orden consti- tucional del Estado. Cerramos este largo artículo anegados en la amargura de que la voz de la razón y de la ley no haya sido bastante poderosa que hubiese podido sofocar tan ominoso pen- samiento Pero nu podemos concluirlo sin hacer una mención honrosa del último Sr. Gobernador de la provincia el Sr. D. Juan Gregorio de las Heras, que en esta escena triste ha sabido, dar el espectáculo de firmeza y rectitud de un digno magistra- do. Puedan los pueblos contar con hombres de esta especie en sus desgracias. COMUNICADO. El Mensagero No. 39, nos comunica un largo proyecto de decreto en 16 artículos ; en ellos se hablan de fuentes de bron- ce, inscripciones, medallones, dos juris, y otras muchas cosas, en honor á los beneméritos ciudadanos que en el memorable 25 de Mayo de 1810, nos abrieron el camino de la hbertad, &c. De todo contemplo digno á los ciudadanos patriotas que prepa- ren la goloriosísima jornada que hoy celebramos, lo mismo que á los que inmediatamente les siguieron con el ardor y entu- siasmo que continuó por el espacio de diez años. Mas con- templo el tal proyecto demasiado largo, complicado, y dispen- diosa. Yo lo reduciría á menor bulto y mayor solidez en los artículos siguientes ; 205 1. Todos los empleos de 1.°, 2.°, y 3." orden no podrán ob- tenerse sin una previa •ustiñcacion de haberse decidido por la causa de la libertad en los primeros seis meses, contados desde el 25 de Mayo de 1810, bajo el concepto de reunir las calida- des indispensables para llenar el puesto á que se quiera desti- narlos. 2. Los demás empleos de menor consideración hasta el de teniente de barrio inclusive, podrán ser ocupados por los ciu- dadanos, queá fines del primer año ya eran patriotas conocidos, y sin tacha alguna bajo este respecto ; teniendo ademas las ca-^ lidades que se espresan en el artículo anterior. Buenos Aires, Mayo 21 de 1826. JACULATORIA. Dios nos conserve al Sr. D. Antonio Doma ! este español debe ser un patriota muy decidido, y tan inteligente en el arte de clasificar que la pasada y presente administración no le han dejado un rato de descanso. Sus muchos años hacen temer que pronto le perdamos ; y entonces quien le sucederá en su vitali- cio empléo de Padre Clasificador ? Las lenguas maldicientes dicen que en el crédito público de cinco millones adjudico una buena parte al pago de las deudas de Felipe V. y demás sus ilustres progenitores, con preferencia á muchas de patriotas que todo lo han sacrificado, sin obtener el pase de nuestro Reveren- do Clasificador; pero estas deben ser hablillas y nada mas, lo que importa es que cuanto antes clasifique no solo lo clasificable en el dia, sino también todo lo que deba clasificarse en la presente generación, pues á ningún individuo de ella le es dado el ta- lento y maestría necesaria á desempeñar tal encargo. Con motivo de anunciarse, muy de cierto, una espedicion es- pañola mandada por el Infante de España D. F. de P. con des- tino á la Isla de Cuba, hay algunos tímidos que opinan poderse dirigir á otro punto de América, donde hubo cierto proyectito, en el que se contaba con dicho Sr. Infante, y que aun se le con- vidaba con un empléo. Dicen que el tal proyecto anda impreso y que corre de tapado, parece que con este motivo, podia ya desembozarse, logrando de este modo su autor ó autores el re- conocimiento pííblico. FRUTOS DEL VEINTE Y CINCO. Se asegura que en una de las noches de esta fiesta ha ha- bido algunos desatentos, que por estar á la inclemeneia, y no 206 haber ley que se los mande, no se quitaron los sombreros al pasar para ver ios fuegos en los balcones de Cabildo el Sr, Pre- sidente de la República^ y que fueron por esta falta amonesta- dos á cañazos. En otros tiempos era un apéndice preciso al cortejo de toda concurrencia pública los palos que los ayudan- tes de plaza repartian á los espectadores, y si hoy se restablece este gracioso ministerio, será preciso que los edecanes se pro- vean de bastones bastante fuertes, como lo eran los de aquellos bravos oficiales, ó de macanas. Lo que parece que está fuera de toda duda es, que ha- biendo asistido al teatro la viuda del general D. Juan Florencio Terrada, la noche del 28, con la hija única que tiene, de edad de cuatro años, se ordeno por conducto de un edecán que se personó al efecto en su palco, que la tierna niña se quitase un sombrerete de crespón celeste, que es el color de los patriotas, con flores y cintas ; y que habiéndose hecho resistencia por la Señora, se repitió la misma órden, y se llevó á ejecución. Se dió por motivo que la niña no debia estar con ía cabeza cubierta en presencia de S. E. el Sr. Presidente, á pesar de su edad y sexo ; de manera que en consecuencia de este nuevo ritual las damas han perdido el privilegio de conservar sus adornos de cabeza en todos sitios, y en presencia de cualquier hombre. Asi se van puliendo las costumbres que en otras par- tes permiten que las Señoras estén con gorras, sombreros &:c. en la iglesia. Estamos informados que el Dr. D. Manuel Moreno no ha aceptado el nombramiento de Ministro Plenipotenciario para ios Estados Unidos que el Sr. Presidente tuvo á bien hacer en su persona ; y que por lo tanto el dicho Señor continuará en su puesto de miembro del Congreso. FUENTE.— ^íí^orcí de la Revolución» Las últimas sesiones del Congreso se han ocupado con la discusión del proyecto echado á luz por el gobierno, de cons- truir una fuente de cobre en la plaza de la Victoria en honor de los ciudadanos ilustres que empezaron nuestra revolución ; y en otro sentido del que ha usado un escritor de nuestros dias, nos ha de ser permitido asegurar que no hay ojos para fnirar, ni boca de bobo que abrir en admiración de un pensamiento tan Gstraño, y seanos lícito decir, tan ridículo. ¡Que en esto se ocupe el tiempo del Congreso constituyente! En i^imer lugar, esto supone aguas corrientes, que aun ^07 no se han podido producir íí pesar de otro proyectito anterior, y las sertas escavaciones de Mr. Bevans, y á pesar de las leyes de la provincia. En segundo lugar, supone autores de un movimiento tan complicado y tan estenso ; que es lo mismo que suponer que hubo ó pudo haber alguno ó algunos de ruya sola y única voz partió aquella grande operación, lo que no se ha visto jamas en la historia de las revoluciones. La de los suizos se refiere ha- ber empezado por tres hombres ; mas tué un movimiento de otra especie. Hay cabezas de una consoiracion, pero no las puede haber de una revolución verdadera, para la cual son tantos y diversos los elementos que concurren ; y así seria de- gradar el carácter de aquella empresa heroica empeñarse en buscarle autores. El modo de clasificar sin parcialidad y sin envidia á los que tuvieron el honor de presentarse en aquel dia memorable en sosten de los derechos de su patria oprimida, es el de dis- tinguirlos por la época, como se hace en los Estados Unidos. Un monumento de otra clase, y de otra magestad que una fuen- te, elevado para el filósofo, para el viagero, y la posteridad, debería en todo caso ser lo que se consagrase á la memoria de los distinguidos patriotas del Veinte y cinco de Mayo de 1810, principio de nuestra libertad; pero nada con las personas — ni medallones, ni títulos, ni premios. Pero cuando se ha hecho un sistema de escluir de todo puesto honroso á los patriotas conocidos por infinitos hechos del principio de nuestra gloriosa contienda; cuando los pocos que han escapado de las persecuciones, los destierros, y las fa- tigas, á penas se atreven á mostrarse por no sonrojarse en su miseria, una inscripción en una fuente, y un premio de cien pesos ( ¿ pues que mas se les habría de dar ? ) podria satisfa- cerlos ? DESPEDIDA DEL CIUDADANO. La cuestión promovida ai ingreso del presente gobierno sobre dar una capital á las provincias, y desmembrar la de Buenos Ayres, suprimiendo su legislatura, movió al Ciudadano á manifestar &u opinión por medio de la prensa, venciendo la importancia de la materia sobre las consideraciones de su in- terés y su sosiego individual. Por grande que íiay i ?)do su empeño en seguir de cerca este asunto, cuyas relaciones inmensas con la política y la cons- titución del pais son tan obvias, él fué concluido en el Congreso. 208 antes que hubiese podido avanzar delante de los ojos del públi- co todo lo (jue era necesario Las incidencia» relativas á este negocio, llamaban ronstatemente su atención ; y ios resulta- dos indispensables de aquel paso, mientras, que alhagaban sus juicios, lo iban empefiando en su exámen. Cada dia se ensan- chaba mas á su vista eí campo de sus observaciones ; y aun- que hoy viene ya á terminarlas, obiij^ado á omitir mas pro- lijos razonamientos sobre cuestiones accesoria?, y de gran tras- cendencia pública, el Ciudadano ha cumplido con el ob hío principal que se propuso en su carrera, y fué formar una co- lección de todo lo mas importante cí.n relación á documentos y discursos, que le fuese dabie obtener, en dicha cuestión del día, en favor de lo que en su sentir fué ei partido de \q razón. Nuestro público hallará así en una forma unida lo que pudiera apetecer para fundar sus opiniones sobre esta controversia cé- lebre ; al menos gustará encontrar reunidos los datos notables que le indican el espíritu de los tiempos ; y tal vez esto será ocasión de introducir entre nosotros la costumbre de reducir á un cuerpo los materiales de una cuestión de Estado, ó de al- gún incidente público. Los Editores del Ciudadano siguieron con el exámen de su asunto, después que la resolución del Congreso habia sanciona- do e! proyecto; y no porque este fué adoptado, han cesado de reputarlo pernicioso. La capi alizacion y supresión de la provincia, en el dia ya es una ley ; pero estos puntos no dejan de ser opinables, y en todo país libre los mandatos legislativos sin los que mas empeñan la censura y la discusión que de dere- cho le corresponde al ciudadano — es una ley que escita á repe- tir el dicho de un escritor de fama : que los evangelios y las le- yes son dos cosas bien diferentes. Los Editores han seguido en tranquilidad la mayor parte de su carrera pública, aunque al principio negros nublados pare- cían querer descargar en su horizonte. Bajo esta calma hoy cierran sus trabajos, ofreciendo su reconocimiento al público por el favor con que ha acogido sus tareas. Si alguna vez su patria hubiese de necesitar su corla ayuda contra los abusos de estado, ellos se harán siempre un deber de colocarse con firmeza por el lado de la verdad ; y entretanto dejan de escri- bir, perfectamente convencidos que su intención ha sido recta, y su^- deseos los mas vivos por el acierto de las autoridades v ^3 prosperidad de los puebíos. Imprenta de Hallet y Ca. 4